Acuerdo 8.4/CG 20-12-22, por el que se aprueba el Plan de medidas antifraude de la Universidad de Sevilla.

Acuerdo 8.4/CG 20-12-22, por el que se conviene, por asentimiento, aprobar el Plan de medidas antifraude de la Universidad de Sevilla, en los t茅rminos del documento que se anexa.

ANEXO

PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE

UNIVERSIDAD DE SEVILLA

脥狈顿滨颁贰

1. Glosario

2. Objetivo y alcance del Plan de Medidas Antifraude

3. 脕mbito de aplicaci贸n

4. Conceptos generales

4.1. Fraude

4.2. Corrupci贸n

4.3. Malversaci贸n

4.4. Conflicto de Intereses

4.5. Doble financiaci贸n

5. Estructura Organizativa

5.1. Composici贸n

5.2. Funciones

6. Plan de Medidas Antifraudes

6.1. Evaluaci贸n del riesgo de fraude

6.2. Definici贸n de Medidas en los elementos clave del ciclo antifraude: prevenci贸n, detecci贸n, correcci贸n y persecuci贸n

7. Consecuencias del incumplimiento

Anexos

Anexo I. Declaraci贸n de compromiso en relaci贸n con la ejecuci贸n de actuaciones del Plan de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia

Anexo II. Detalle de los riesgos de fraude, as铆 como de mecanismos de control mitigantes

Anexo III. Identificaci贸n de situaciones de conflicto de inter茅s

Anexo IV. Detalle de las personas que pudieran estar sujetas a las pautas de actuaci贸n de conflicto de inter茅s y declaraci贸n de ausencia de conflicto de intereses (DACI)

Anexo V. Declaraci贸n de cesi贸n y tratamiento de datos en relaci贸n con la ejecuci贸n del Plan de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia

Documentos

Documento 1. Matriz de riesgos ex ante de la Universidad de Sevilla

Documento 2. Matriz de riesgos ex post de la Universidad de Sevilla

Documento 3. Declaraci贸n institucional contra el fraude de la Universidad de Sevilla aprobada en el Consejo de Gobierno y en Consejo Social celebrados los d铆as 20 y 21 de diciembre de 2021

1. GLOSARIO.

A continuaci贸n, se muestra una breve descripci贸n de los conceptos que se utilizar谩n de manera frecuente en el presente Plan de Medidas Antifraude:

罢茅谤尘颈苍辞

顿别蝉肠谤辫肠颈贸苍

Banderas Rojas

Signos o indicadores, entendidos como hechos perceptibles, cuya ocurrencia sugiere un potencial problema o amenaza para una entidad y que suponen un aviso de que podr铆an estar llev谩ndose a cabo acciones relacionadas a este hecho y o an谩logas al mismo, que suponen la comisi贸n de una actividad il铆cita

BOUS

Bolet铆n Oficial de la Universidad de Sevilla

DACI

Declaraci贸n de Ausencia de Conflicto de Inter茅s

Universidad de Sevilla/Universidad

Universidad de Sevilla

EU/UE

Uni贸n Europea

Evaluaci贸n de riesgos de fraude

Documento que identifica y valora, atendiendo a la probabilidad e impacto de comisi贸n, los riesgos relacionados con el fraude, as铆 como de posibles medidas mitigadoras de los mismos

IVA

Impuesto sobre el valor a帽adido

MRR

Mecanismo de Recuperaci贸n y Resiliencia

OLAF

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

Orden del PRTR

Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gesti贸n del Plan de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia

脫rgano Responsable

脫rgano que en el 谩mbito de la Universidad de Sevilla es responsable de la elaboraci贸n, firma, implementaci贸n e implantaci贸n del Plan de Medidas Antifraude

Plan de Medidas Antifraude / Plan

Conjunto de disposiciones contenidas en el presente documento

Personal de la Universidad de Sevilla

Personal docente e investigador; Personal de administraci贸n y servicios; Estudiantes. Todos ellos con competencias de organizaci贸n, decisi贸n, gesti贸n, actuaciones, ejecuci贸n, control y pagos respecto de actos administrativos de car谩cter econ贸mico-financiero

PRTR

Programa de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia

SNCA

Servicio Nacional de Coordinaci贸n Antifraude

2. OBJETIVO Y ALCANCE DEL PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE.

El Programa de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia (PRTR) es un instrumento promovido por la Uni贸n Europea orientado a mitigar los impactos de la pandemia COVID-19, as铆 como a transformar la sociedad, con los objetivos de modernizar el tejido productivo, impulsar la 芦descarbonizaci贸n禄 y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalizaci贸n, y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigaci贸n y formaci贸n.

Con la finalidad de cumplir con las obligaciones que el art. 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 impone a Espa帽a en relaci贸n con la protecci贸n de los intereses financieros de la Uni贸n Europea como beneficiario de los fondos del Mecanismo de Recuperaci贸n y Resiliencia (MRR), el art铆culo 6 de la Orden del PRTR recoge que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecuci贸n de las medidas del PRTR deber谩 disponer de un 鈥淧lan de Medidas Antifraude鈥 que permita garantizar que, en su respectivo 谩mbito de actuaci贸n, los fondos se han utilizado seg煤n las normas aplicables, en particular, en lo referido a la prevenci贸n, detecci贸n, correcci贸n y persecuci贸n del fraude, la corrupci贸n y los conflictos de inter茅s1.

El objeto y alcance del presente Plan de Medidas Antifraude consiste en dar cumplimiento al art铆culo 6 de la Orden del PRTR y, por ende, garantizar que, en los respectivos 谩mbitos de actuaci贸n, los fondos europeos (entre los que se encuentran los del MRR), as铆 como a cualesquiera otros fondos a los que la Universidad de Sevilla pueda tener acceso, se utilizan de conformidad con la normativa aplicable y, en concreto, que existe un adecuado entorno de prevenci贸n, detecci贸n y correcci贸n del fraude, de la corrupci贸n y de los conflictos de intereses, as铆 como promover una cultura que ejerza un efecto disuasorio para la realizaci贸n de actividades fraudulentas.

De la normativa aplicable a este Plan de Medidas Antifraude, cabe indicar:

Normativa Europea

- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el MRR y el resto de normativa que lo desarrolle.

- Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Uni贸n (Reglamento Financiero de la UE).

- Directiva (UE) 2017/1371, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Uni贸n a trav茅s del derecho penal.

Normativa Nacional

- Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, por el que se regula la concesi贸n directa de subvenciones a universidades p煤blicas espa帽olas para la modernizaci贸n y digitalizaci贸n del sistema universitario espa帽ol.

- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernizaci贸n de la Administraci贸n P煤blica para la ejecuci贸n del citado PRTR.

- Orden del PRTR.

- Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la informaci贸n a proporcionar por las Entidades del Sector P煤blico Estatal, Auton贸mico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecuci贸n presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del PRTR.

- La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P煤blico (LCSP).

Normativa auton贸mica

- Decreto Legislativo 1/2013 de 8 de enero por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

- Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda P煤blica de la Junta de Andaluc铆a.

Normativa propia

- Decreto 55/2017, de 11 de abril, por el que se aprueba la modificaci贸n de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por Decreto/2003, de 25 de noviembre.

- Reglamento General de R茅gimen Econ贸mico y Presupuestario.

El adecuado entorno de prevenci贸n, detecci贸n y correcci贸n del fraude, de la corrupci贸n y de los conflictos de intereses, tiene como objeto dar respuesta al menos, entre otras, a los siguientes aspectos:

- Realizaci贸n por parte de la Universidad de una evaluaci贸n del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo de fraude en los procesos clave de ejecuci贸n del PRTR o de cualquier otro programa futuro, as铆 como su revisi贸n peri贸dica (anual) y, en todo caso, cuando sea detectado alg煤n caso de sospecha o indicio de fraude.

- Definir medidas preventivas adecuadas a la Universidad de Sevilla al objeto de reducir el riesgo de fraude a un nivel aceptable.

- Identificar medidas de detecci贸n de conformidad con las Banderas Rojas, as铆 como el dise帽o del procedimiento para su aplicaci贸n efectiva.

- Establecer medidas correctivas ante casos o sospecha de indicios de fraude.

- Fijar procedimientos adecuados para el seguimiento de los casos sospechosos de fraude, as铆 como para la recuperaci贸n de la totalidad de los fondos europeos asociados a dichos casos.

- Establecer procedimientos para la gesti贸n de las situaciones de conflictos de inter茅s (entre otros, establecimiento de una DACI).

En este contexto, la Universidad de Sevilla se compromete a mantener un alto nivel de calidad jur铆dica, 茅tica y moral y a adoptar los principios de integridad, imparcialidad y honestidad y es su intenci贸n mostrar su oposici贸n al fraude, a la corrupci贸n, a la malversaci贸n, a los conflictos de inter茅s y al blanqueo de capitales en el ejercicio de sus funciones. Se espera que todo el Personal de la Universidad de Sevilla asuma este compromiso. A tal fin se requerir谩 a cada uno de los destinatarios de los fondos europeos una declaraci贸n de compromiso de la adopci贸n de las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude (v茅ase Anexo I del presente Plan).

En concreto, la Universidad est谩 comprometida con la lucha contra el soborno, por lo que se proh铆be que el Personal de la Universidad de Sevilla ofrezca o reciba de terceros cualquier tipo de regalos, d谩divas o favores que traigan causa de la obtenci贸n de logros profesionales, as铆 como los que est茅n fuera de los usos del mercado o que, por su valor, sus caracter铆sticas o las circunstancias en que concurran, razonablemente pudieran suponer una alteraci贸n del desarrollo de las relaciones comerciales, administrativas o profesionales.

Asimismo, la Universidad se compromete a identificar y vigilar los conflictos de inter茅s en aquellas situaciones en las que un inter茅s personal de un empleado (conflicto de inter茅s directo) o de una persona vinculada al mismo (conflicto de inter茅s indirecto) se contrapone (conflicto de inter茅s real) o puede contraponerse (conflicto de inter茅s potencial) al inter茅s de la Universidad de Sevilla.

El presente Plan de Medidas Antifraude se someter谩 a aprobaci贸n por Consejo de Gobierno y Pleno del Consejo Social de la Universidad de Sevilla. Tendr谩 una vigencia de cuatro a帽os, y sus medidas de desarrollo, revisi贸n y actualizaci贸n se aprobar谩n mediante Resoluci贸n Rectoral.

Por 煤ltimo, en la ejecuci贸n del presente Plan, la Universidad puede tener acceso a datos de car谩cter personal. A este respecto, el contenido y ejecuci贸n de lo establecido en este Plan no deber谩 vulnerar lo establecido por la normativa aplicable en materia de protecci贸n de datos personales ni en las normas internas de la Universidad que hagan referencia a esta materia.

3. 脕MBITO DE APLICACI脫N.

El presente Plan es de obligado cumplimiento y de aplicaci贸n a la Universidad de Sevilla en las actuaciones administrativas de la gesti贸n econ贸mica-financiera de todos sus fondos incluidas las actividades de gesti贸n de fondos europeos, entre los que se encuentran los fondos procedentes del MRR, y aquellos a los que se pudiera tener acceso. El Personal de la Universidad de Sevilla, as铆 como terceros, entre los que se incluye la Comunidad de Estudiantes, tendr谩n a disposici贸n dicho Plan en el portal web de la Universidad y deber谩n cumplir con su contenido, independientemente del cargo que ocupen y del territorio en el que se encuentren, salvo que la legislaci贸n aplicable en la jurisdicci贸n en la que opere establezca disposiciones m谩s severas, que deber谩n prevalecer sobre este Plan.

El Personal de la Universidad de Sevilla ser谩 responsable de comprender, observar y aplicar lo dispuesto en este Plan, actuando de acuerdo con los m谩s altos niveles de integridad, objetividad, y honradez y colaborando con el 脫rgano Responsable creado al efecto (v茅ase 厂别肠肠颈贸苍 5 del presente Plan).

A este respecto, el Personal de la Universidad de Sevilla asistir谩 de manera obligatoria a las sesiones de formaci贸n en materia antifraude, corrupci贸n y conflicto de intereses que se determinen y acuerden con motivo de su funci贸n o cargo en la Universidad.

Asimismo, el Personal de la Universidad de Sevilla, as铆 como terceros ajenos a la misma tendr谩n a su disposici贸n un Canal de Denuncias (interno y/o externo), donde podr谩n comunicar cualquier forma de fraude, corrupci贸n o conflicto de inter茅s identificado o incumplimiento de la normativa o procedimiento interno establecido.

En funci贸n de los hechos comunicados, el Personal de la Universidad de Sevilla se abstendr谩 de ejecutar los procedimientos de gesti贸n, control y pagos con relaci贸n con los fondos europeos y, en concreto, del MRR u otros fondos a los que pudiera tener acceso, y comunicar谩 de forma inmediata los hechos punibles (i) a las Autoridades P煤blicas competentes, es decir, el Servicio Nacional de Coordinaci贸n Antifraude (SNCA) y/o la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) con el fin de evitar o remediar una eventual situaci贸n de fraude o de otra conducta il铆cita y, en su caso, (ii) al Ministerio Fiscal y a los tribunales competentes.

4. CONCEPTOS GENERALES.

4.1. FRAUDE.

Se entiende por fraude2que afecta a los intereses de la Uni贸n Europea, lo siguiente:

- En materia de gastos no relacionados con los contratos p煤blicos, cualquier acci贸n u omisi贸n relativa con:

  • El uso o la presentaci贸n de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos, que tenga por efecto la malversaci贸n o el desv铆o de fondos o activos del presupuesto de la Uni贸n Europea o de presupuestos administrados por la Uni贸n Europea, o en su nombre.
  • El incumplimiento de una obligaci贸n expresa de comunicar una informaci贸n, que tenga el mismo efecto.
  • El uso indebido de esos fondos o activos para fines distintos de los que motivaron su concesi贸n inicial.

- En materia de gastos relacionados con los contratos p煤blicos, al menos cuando se cometan con 谩nimo de lucro ileg铆timo para el autor u otra persona, causando una p茅rdida para los intereses financieros de la Uni贸n Europea, cualquier acci贸n u omisi贸n relativa con:

  • El uso o la presentaci贸n de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos, que tenga por efecto la malversaci贸n o la retenci贸n infundada de fondos activos del presupuesto de la Uni贸n Europea o de presupuestos administrados por la Uni贸n Europea, o en su nombre.
  • El incumplimiento de una obligaci贸n expresa de comunicar una informaci贸n, que tenga el mismo efecto.
  • El uso indebido de esos fondos o activos para fines distintos de los que motivaron su concesi贸n inicial y que perjudique los intereses financieros de la Uni贸n Europea.

- En materia de ingresos distintos de los procedentes de los recursos propios del IVA a que se hace referencia en el punto siguiente, cualquier acci贸n u omisi贸n relativa con:

  • El uso o la presentaci贸n de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos, que tenga por efecto la disminuci贸n ilegal de los recursos del presupuesto de la Uni贸n Europea o de los presupuestos administrados por la Uni贸n Europea, o en su nombre.
  • El incumplimiento de una obligaci贸n expresa de comunicar una informaci贸n, que tenga el mismo efecto.
  • El uso indebido de un beneficio obtenido legalmente, con el mismo efecto.

- En materia de ingresos procedentes de los recursos propios del IVA, cualquier acci贸n u omisi贸n cometida en una trama fraudulenta transfronteriza en relaci贸n con:

  • El uso o la presentaci贸n de declaraciones o documentos relativos al IVA falsos, inexactos o incompletos, que tenga por efecto la disminuci贸n de los recursos del presupuesto de la Uni贸n Europea.
  • El incumplimiento de una obligaci贸n expresa de comunicar una informaci贸n relativa al IVA, que tenga el mismo efecto.
  • La presentaci贸n de declaraciones del IVA correctas con el fin de disimular de forma fraudulenta el incumplimiento de pago o la creaci贸n il铆cita de un derecho a la devoluci贸n del IVA.

La prevaricaci贸n administrativa, entendida como resoluci贸n arbitraria dictada a sabiendas de su injusticia en un asunto administrativo (art. 404.1 del C贸digo Penal de Espa帽a) es uno de los instrumentos a trav茅s de los cuales puede cometerse un fraude.

4.2. CORRUPCI脫N.

Se entender谩 por corrupci贸n pasiva3la acci贸n del Personal de la Universidad de Sevilla que, directamente o a trav茅s de un intermediario, pida o reciba ventajas de cualquier tipo, para 茅l o para terceros, o acepte la promesa de una ventaja, a fin de que act煤e, o se abstenga de actuar, de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones, de modo que perjudique o pueda perjudicar los intereses financieros de la Uni贸n Europea.

Se entender谩 por corrupci贸n activa la acci贸n de toda persona que prometa, ofrezca o conceda, directamente o a trav茅s de un intermediario, una ventaja de cualquier tipo al Personal de la Universidad de Sevilla, para 茅l o para un tercero, a fin de que act煤e, o se abstenga de actuar, de acuerdo con su deber o en el ejercicio de sus funciones de modo que perjudique o pueda perjudicar los intereses financieros de la Uni贸n Europea.

4.3. MALVERSACI脫N.

Se entender谩 por malversaci贸n4el acto intencionado realizado por el Personal de la Universidad de Sevilla a quien se haya encomendado directa o indirectamente la gesti贸n de fondos o activos, de comprometer o desembolsar fondos, o apropiarse o utilizar activos de forma contraria a los fines para los que estaban previstos y que perjudique de cualquier manera a los intereses financieros de la Uni贸n Europea.

4.4. CONFLICTO DE INTERESES.

Existe conflicto de intereses5cuando el Personal de la Universidad de Sevilla que participa en la ejecuci贸n del presupuesto tanto de forma directa, indirecta y compartida, as铆 como en la gesti贸n, incluidos los actos preparatorios, la auditor铆a o el control, vean comprometido el ejercicio imparcial y objetivo de sus funciones por razones familiares, afectivas, de afinidad pol铆tica o nacional, de inter茅s econ贸mico o por cualquier otro motivo directo o indirecto de inter茅s personal. Corresponde a las autoridades nacionales, de cualquier nivel, evitar y/o gestionar los potenciales conflictos de intereses.

En consecuencia, el conflicto de inter茅s:

- Resulta aplicable a todas las partidas administrativas y operativas y a todos los m茅todos de gesti贸n.

- Cubre cualquier tipo de inter茅s personal, directo o indirecto.

- Reclama la actuaci贸n ante cualquier situaci贸n que se 鈥減erciba鈥 como un potencial conflicto de inter茅s.

Actores implicados en los posibles conflictos de intereses:

- Los empleados p煤blicos a los que se encomiendan las tareas de gesti贸n, control y pago, as铆 como los dem谩s agentes en los que se deleguen alguna/s de esta/s funci贸n/es.

- Los beneficiarios privados, socios, contratistas y subcontratistas, cuyas actuaciones est茅n en contra de los intereses financieros de la Universidad, en el marco de un conflicto de inter茅s.

Atendiendo a la situaci贸n que motivar铆a el conflicto de intereses, puede distinguirse entre:

- Conflicto de intereses aparente: se produce cuando los intereses privados de un empleado p煤blico o beneficiario son susceptibles de comprometer el ejercicio objetivo de sus funciones u obligaciones, pero finalmente no se encuentra un v铆nculo identificable e individual con aspectos concretos de la conducta, el comportamiento o las relaciones de la persona (o una repercusi贸n en dichos aspectos).

- Conflicto de intereses potencial: surge cuando un empleado p煤blico o beneficiario tiene intereses privados de tal naturaleza, que podr铆an ser susceptibles de ocasionar un conflicto de inter茅s en el caso de que tuvieran que asumir en un futuro determinadas responsabilidades oficiales.

- Conflicto de intereses real: implica un conflicto entre el deber p煤blico y los intereses privados de un empleado p煤blico o en el que el empleado p煤blico tiene intereses personales que pueden influir de manera indebida en el desempe帽o de sus deberes y responsabilidades oficiales. En el caso de un beneficiario implicar铆a un conflicto entre las obligaciones contra铆das al solicitar la ayuda de los fondos y sus intereses privados que pueden influir de manera indebida en el desempe帽o de las citadas obligaciones.

4.5. DOBLE FINANCIACI脫N.

Se entender谩 por doble financiaci贸n6el acto intencionado realizado por el Personal de la Universidad de Sevilla en el que se otorgue financiaci贸n por partida doble, a trav茅s del presupuesto p煤blico, destinado a la misma tipolog铆a de gasto.

La normativa europea permite que las inversiones privadas puedan incentivarse a trav茅s de programas de inversi贸n p煤blica (instrumentos financieros, subvenciones u otros instrumentos), siempre que se respeten las normas en materia de ayudas estatales y que no se financien dos veces, mediante el presupuesto p煤blico, los mismos gastos.

Por ello, la ejecuci贸n del PRTR o de cualquier otro programa futuro respetar谩 los l铆mites establecidos por la normativa europea en relaci贸n con las ayudas del Estado y la prevenci贸n de la doble financiaci贸n.

En lo referente al control para prevenir la doble financiaci贸n, la Universidad considerar谩 aspectos como los siguientes:

- La existencia de documentaci贸n acreditativa (por ejemplo, facturas o certificaciones del 贸rgano gestor) de que la financiaci贸n procedente de otros instrumentos no se ha empleado en cubrir los mismos costes financiados con fondos del MRR o con otros fondos a los que acceda.

- El reflejo de las actuaciones financiadas mediante fondos del MRR y mediante otros instrumentos en el correspondiente sistema operativo de gesti贸n (por ejemplo, la Base de Datos Nacional de Subvenciones o la Plataforma de Contrataci贸n del Sector P煤blico) o en otra base de datos con funciones de seguimiento.

- La existencia de C贸digos 脷nicos de Identificaci贸n de Proyecto.

5. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.

5.1. COMPOSICI脫N.

La Universidad de Sevilla proceder谩 a crear una estructura organizativa espec铆fica con el fin de garantizar la adecuada coordinaci贸n, planificaci贸n, seguimiento, difusi贸n y evaluaci贸n del presente Plan de Medidas Antifraude.

La Universidad crear谩 un Comit茅 Antifraude que ser谩 el encargado de dar efectividad al presente Plan de Medidas Antifraude. Dicho Comit茅 Antifraude estar谩 integrado en la Gerencia de la Universidad, la cual recibir谩 soporte del 脕rea de Intervenci贸n.

Los miembros del Comit茅 Antifraude reunir谩n las caracter铆sticas de autonom铆a e independencia en el cumplimiento de sus funciones, as铆 como de profesionalidad, honradez y dedicaci贸n, deber de confidencialidad de la informaci贸n, y velar谩n por el cumplimiento del Plan.

Asimismo, el Comit茅 Antifraude se dotar谩 de unas normas de funcionamiento interno que regule sus actuaciones y operativa y recoja, entre otros aspectos, los mecanismos de nombramiento, permanencia y cese de sus miembros. De manera adicional, podr谩 dotarse de una o varias unidades espec铆ficas que se encargar谩n de (i) la coordinaci贸n y el seguimiento para la gesti贸n del Plan de Medidas Antifraude, as铆 como el an谩lisis, evaluaci贸n, investigaci贸n, documentaci贸n, resoluci贸n y comunicaci贸n de las denuncias recibidas.

El Comit茅 Antifraude estar谩 compuesto por:

- El/la Vicerrector/a con competencias en asuntos econ贸micos o en su defecto el/la Vicerrector/a con competencias en relaciones institucionales que actuar谩 como presidente/a.

- El/la Gerente, que actuar谩 como vicepresidente/a.

- E/la Presidente/a del Consejo Social o miembro del Consejo Social en quien delegue.

- El/la Director/a de la Inspecci贸n General de Servicios.

- El/la Director/a del Gabinete Jur铆dico.

- El/la Director/a T茅cnico/a del 脕rea de Intervenci贸n.

- El/la Director/a T茅cnico/a del 脕rea de Gesti贸n Econ贸mica.

- El/la Secretario/a General que actuar谩 como secretario/a.

5.2. FUNCIONES.

Al objeto de dar efectividad al presente Plan, el Comit茅 Antifraude tendr谩 encomendadas, entre otras, las siguientes funciones:

- Establecer, gestionar, aprobar el plan de trabajo y mantener actualizado el Plan de Medidas Antifraude.

- Asegurar que la Universidad manifieste y comunique con claridad un compromiso firme contra el fraude que implique una tolerancia cero.

- Recopilar toda la documentaci贸n referente al Plan con el objeto de identificar y gestionar los riesgos de fraude, analiz谩ndolos y valor谩ndolos, a efectos de priorizar las acciones y asignaci贸n de recursos para su prevenci贸n, detecci贸n, correcci贸n y persecuci贸n, as铆 como la corrupci贸n y los conflictos de inter茅s.

- Difundir el compromiso de la Universidad con el cumplimiento del Plan y asegurar que el Personal de la Universidad de Sevilla sea conocedor de todos los asuntos relacionados con el fraude asesorando en la resoluci贸n de dudas que puedan surgir en su aplicaci贸n.

- Impulsar la implementaci贸n de la pol铆tica de conflictos de inter茅s, C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude, ciclos de sensibilizaci贸n y formaci贸n que permita al Personal de la Universidad de Sevilla disponer del conocimiento y competencias necesarias para asumir sus responsabilidades en cuanto a la prevenci贸n, detecci贸n y gesti贸n de riesgos de fraude.

- Establecer los mecanismos de denuncias adecuados, en concreto, el Canal de Denuncias interno (accesible al Personal de la Universidad de Sevilla y a externos), y asegurar:

  • El correcto funcionamiento del Canal de Denuncias interno.
  • El uso adecuado del Canal de Denuncias por parte de personal interno y externo.
  • Evaluaci贸n de las denuncias recibidas, as铆 como analizar la razonabilidad de llevar a cabo, o no, la investigaci贸n asociada.
  • En caso afirmativo de lo anterior, llevar a cabo la investigaci贸n, el objetivo de la misma ser谩 el de resolver las potenciales sospechas de fraude desde el origen hasta el esclarecimiento, para depurar responsabilidades o incoar un procedimiento disciplinario, as铆 como determinar las medidas correctivas que correspondan.
  • Por 煤ltimo, comunicar el resultado de la resoluci贸n a los denunciantes, a las Autoridades P煤blicas competentes (SNCA y/o la OLAF) y, en su caso, al Ministerio Fiscal y a los tribunales competentes.

- Divulgar al Personal de la Universidad de Sevilla la existencia de dicho Canal de Denuncias interno, as铆 como la existencia del buz贸n de denuncias externo del SNCA para la comunicaci贸n de informaci贸n sobre fraudes o irregularidades que afecten a los fondos europeos y, en particular, a los fondos del MRR y a los diferentes fondos a los que se adhiera la Universidad.

- Elaborar las propuestas de resoluci贸n de expedientes sobre las comunicaciones recibidas a trav茅s del Canal de Denuncias, determinar las actuaciones pertinentes y comunicarlas a la/s Autoridad/es Competente/s.

- Promover y verificar el cumplimiento de las sanciones a aplicar ante eventuales violaciones de la normativa antifraude.

- Asegurar que las declaraciones recibidas y las actuaciones adoptadas por el Comit茅 Antifraude se encuentran debidamente documentadas.

- Realizar el seguimiento y supervisi贸n correspondiente con la posible actualizaci贸n en el futuro de la normativa aplicable.

- Evaluar peri贸dicamente el riesgo de fraude, asegur谩ndose de que exista un control interno eficaz que permita prevenir y detectar los posibles fraudes.

- Proponer las acciones formativas dirigidas al personal de la Instituci贸n.

- Proponer la apertura de expediente informativo ante cualquier sospecha de fraude, previa solicitud de informaci贸n pertinente a los Servicios involucrados en la misma, para su oportuno an谩lisis.

- Proponer la resoluci贸n de los expedientes informativos incoados, y proponer el posible archivo, en el caso de que las sospechas resulten infundadas, o la adopci贸n de medidas correctoras oportunas si se llegase a la conclusi贸n de que el fraude realmente se ha producido.

- Informar al Rector de las conclusiones alcanzadas en los expedientes incoados y, en su caso, de las medidas correctoras de aplicaci贸n.

- Suministrar la informaci贸n necesaria a las entidades u organismos encargados de velar por la recuperaci贸n de los importes indebidamente recibidos por parte de los beneficiarios, proponer las medidas necesarias para la sanci贸n administrativa o, en su caso, daci贸n de cuenta al Ministerio Fiscal.

- Elaborar una Memoria Anual comprensiva de las actividades realizadas por el Comit茅 Antifraude en el 谩mbito de su competencia.

- Cualesquiera otras funciones que pudiera asignarle el Rector.

El Comit茅 Antifraude se reunir谩 trimestralmente en sesi贸n ordinaria, salvo que se requiera de manera extraordinaria una reuni贸n por acontecimientos de especial relevancia.

La convocatoria y desarrollo de las reuniones del Comit茅 Antifraude, as铆 como el acta de sus sesiones se llevar谩 a cabo en el marco de la normativa aplicable. Las actas, junto con el resto de documentaci贸n que haya sido objeto de an谩lisis, ser谩n archivadas y custodiadas por el Secretario del Comit茅.

6. PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE.

Tal y como se ha indicado en la 厂别肠肠颈贸苍 5 del presente Plan, el Comit茅 Antifraude7se encargar谩 de dotar de efectividad al Plan, el cual queda estructurado de la siguiente manera:

- Evaluaci贸n del riesgo de fraude.

- Definici贸n de medidas en los elementos clave del ciclo antifraude: prevenci贸n, detecci贸n, correcci贸n, y persecuci贸n, as铆 como del dise帽o de procedimientos de situaciones de conflictos de inter茅s.

6.1. EVALUACI脫N DEL RIESGO DE FRAUDE.

La Universidad de Sevilla realizar谩 un procedimiento de autoevaluaci贸n de la exposici贸n a los riesgos de fraude8inherentes a la administraci贸n de los fondos europeos recibidos en el marco de los distintos planes, entre los que se encuentra el PRTR as铆 como de la gesti贸n del resto de los fondos. Dicha autoevaluaci贸n de la exposici贸n a los riesgos de fraude tambi茅n ser谩 aplicable ante futuros programas y fondos a los que se adhiera la Universidad.

Dicho procedimiento de autoevaluaci贸n de la exposici贸n al riesgo de fraude se documentar谩 en una matriz de riesgos en la cual quedar谩n recogidos (i) los riesgos de fraude espec铆ficos, (ii) el impacto, y (iii) la probabilidad de ocurrencia de los mismos, para cada uno de los procesos fundamentales que se apliquen para la ejecuci贸n, (iv) el plan de acci贸n de cada una de las medidas a la que la Universidad detecta un riesgo, (v) el de su implementaci贸n y, por 煤ltimo (vi) la fecha prevista de finalizaci贸n.

En este sentido, la metodolog铆a que se aplicar谩 para la realizaci贸n del procedimiento de autoevaluaci贸n del riesgo de fraude ser谩 la siguiente:

- Entre los procesos fundamentales que se aplicar谩n para la ejecuci贸n de los fondos europeos, en este caso, del MRR, como a otros de 铆ndole similar, cabe indicar los que detallamos a continuaci贸n:

Cuadro 1: Detalle de los procedimientos fundamentales para la ejecuci贸n de los fondos europeos en la Universidad de Sevilla.

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Fuente: Elaboraci贸n propia.

- Para cada uno de los procedimientos anteriores, la Universidad identificar谩 las 谩reas de riesgos espec铆ficos9, que quedar谩n recogidas en una matriz de riesgo10(matriz de riesgo ex ante)11.

Asimismo, se identificar谩 los distintos riesgos a los que se encuentra expuesta la Universidad, as铆 como se determinar谩 el potencial impacto y la probabilidad de ocurrencia de los mismos (riesgo bruto).

La identificaci贸n de los distintos riesgos ser谩 realizada por el Personal de la Universidad de Sevilla que est茅 cualificado y no sesgado por su potencial lejan铆a del contexto en el que pueden materializar los riesgos.

Para cada uno de los riesgos expuestos en la matriz ser谩n desarrollados indicadores de fraude (Banderas Rojas), los cuales ponen de manifiesto la posibilidad de que pueda existir un fraude sobre la base de informaci贸n cualitativa o cuantitativa disponible.

- Asimismo, ser谩 evaluado el correcto funcionamiento de los procedimientos de control implantados o que se vayan a implantar con el objeto de mitigar el impacto y la probabilidad de ocurrencia de los riesgos de fraude (riesgo residual).

- Sobre la base de lo anterior (riesgo residual), y en caso de que sea necesario, ser谩 establecido un plan de acci贸n (definici贸n e implantaci贸n de nuevos controles) con el objeto de reducir los riesgos de fraude a los niveles aceptables por la Universidad, de conformidad con lo establecido en la Orden del PRTR.

A partir de los resultados obtenidos del proceso de evaluaci贸n del riesgo de fraude, la Universidad pondr谩 en marcha medidas en torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude, esto es, prevenci贸n, detecci贸n, correcci贸n y persecuci贸n.

El resultado obtenido de la aplicaci贸n de dichas medidas ser谩 documentado en una matriz de riesgos (ex post)12que permitir谩 medir el nivel de materializaci贸n del riesgo de fraude.

La evaluaci贸n de los riesgos de fraude se llevar谩 a cabo con una periodicidad anual, o cuando se produzcan circunstancias sobrevenidas que requieran una evaluaci贸n con base en las mismas. A estos efectos, se considerar谩n circunstancias sobrevenidas las potenciales modificaciones relevantes en (i) la estructura organizativa de la Universidad, (ii) la regulaci贸n que tenga incidencia en el Plan, as铆 como (iii) incidentes relacionados con eventuales incumplimientos o irregularidades.

6.2. DEFINICI脫N DE MEDIDAS EN LOS ELEMENTOS CLAVE DEL CICLO ANTIFRAUDE: PREVENCI脫N, DETECCI脫N, CORRECCI脫N Y PERSECUCI脫N.

Una vez obtenidos los resultados del proceso de autoevaluaci贸n del riesgo del fraude (v茅ase Apartado 6.1 del presente Plan), la Universidad pondr谩 en marcha medidas en torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude, esto es, prevenci贸n, detecci贸n, correcci贸n y persecuci贸n.

Medidas de prevenci贸n:

El objetivo de las medidas de prevenci贸n consiste en reducir la probabilidad de que los riesgos de fraude identificados en la fase de autoevaluaci贸n se materialicen.

A este respecto, el Comit茅 Antifraude pondr谩 en marcha medidas proporcionales de prevenci贸n contra el fraude que podr谩n intensificarse o modificarse cuando concurran circunstancias especiales que determinen su ejecuci贸n, basadas en los resultados de la evaluaci贸n del riesgo de fraude.

Estas circunstancias podr铆an ser identificadas durante el ejercicio de las actividades de monitorizaci贸n, evaluaci贸n de riesgo y respuesta ante incumplimientos y, eventualmente suscitar谩n la necesidad de adaptar las medidas y actividades de prevenci贸n.

Es por ello, que las medidas que se aplicar谩n para la prevenci贸n del fraude parten de dichos riesgos y evaluaci贸n del fraude. Un detalle de medidas de prevenci贸n se muestra en el siguiente cuadro:

Cuadro 1: Detalle de medidas de prevenci贸n.

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Fuente: Elaboraci贸n propia.

a) Implicaci贸n de la autoridad de la Universidad de Sevilla.

- La Universidad manifestar谩 un compromiso firme contra el fraude que implica una tolerancia cero ante el mismo, y desarrollar谩 un planteamiento proactivo, estructurado, espec铆fico y eficaz en la toma de decisiones para gestionar el riesgo de fraude.

La Universidad pondr谩 a disposici贸n de todo el Personal de la Universidad de Sevilla y de los destinatarios de los fondos europeos, una declaraci贸n de compromiso para la adopci贸n de las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude (v茅ase Anexo I del presente Plan).

- El manifiesto, en el marco de la Declaraci贸n Institucional en Materia de Compromiso Antifraude (v茅ase Documento 3 adjunto al presente Plan Medidas Antifraude) aprobada en el Consejo de Gobierno y en el Consejo Social celebrados los d铆as 20 y 21 de diciembre de 2021, respectivamente, se public贸 en el Bolet铆n Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS) de 20 de enero de 2022, y est谩 concluido en la p谩gina web de la Universidad con el objeto de poner de manifiesto la postura oficial con respecto al fraude y la corrupci贸n.

b) Desarrollo de una cultura 茅tica.

- La Universidad de Sevilla defiende una cultura 茅tica basada en el fomento de valores como la integridad, objetividad, rendici贸n de cuentas y honradez. La cultura 茅tica de la Universidad est谩 formada por el conjunto de normas, valores, asunciones y significados compartidos que gu铆an el comportamiento del Personal de la Universidad de Sevilla.

- En el curso acad茅mico 2014/2015, se dot贸 a la plataforma de Ense帽anza Virtual de una nueva herramienta educativa destinada a impedir el plagio y crear oportunidades que ayuden a los estudiantes a citar correctamente las fuentes.

- La Universidad aprob贸, como hemos indicado anteriormente, una Declaraci贸n Institucional en Materia de Compromiso Antifraude13en el Consejo de Gobierno y en Consejo Social celebrados los d铆as 20 y 21 de diciembre de 2021, respectivamente.

- Los instrumentos formales de la cultura 茅tica (C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude, manifestaciones de compromiso firme contra el fraude, comit茅s o referentes 茅ticos, canales de alerta, etc.) y las convenciones informales (normas no escritas, costumbres, etc.) articulan un sistema de orientaciones y controles 茅ticos que tienen que estar alineados con los valores y principios de la Universidad.

- Sobre la base de lo anterior, la Universidad desarrollar谩 un C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude que rija la actuaci贸n del Personal de la Universidad de Sevilla a trav茅s de la Inspecci贸n de Servicios, la cual se engloba en la estructura organizativa del Rector. La Universidad dispondr谩 de los est谩ndares, estructuras y procesos relativos a la gesti贸n del fraude en la Universidad.

El C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude ser谩 debidamente divulgado y aceptado de manera formal por el Personal de la Universidad de Sevilla. A este respecto, dicho C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude recoger谩, entre otros, los siguientes principios 茅ticos/de conducta14:

- Integridad: actuar de acuerdo con los valores, los principios, las leyes y las normas de aplicaci贸n establecidas por la Universidad, con ausencia de influencias de intereses particulares, sin uso abusivo de su cargo, para obtener beneficios indebidos.

- Imparcialidad: actuar de forma leg铆tima, de buena fe, objetiva y alineada a los intereses de la Universidad adoptando decisiones sin tener en cuenta intereses propios.

- Transparencia: adoptar decisiones en todos los 谩mbitos de actuaci贸n relacionadas con las medidas llevadas a cabo por la Universidad de forma transparente.

- Definici贸n de la pol铆tica antifraude en la que se recoger谩 la determinaci贸n de la Universidad de abordar y combatir el fraude.

- Exposici贸n de la pol铆tica de normas de conducta relativa a los conflictos de inter茅s (v茅ase punto d. y el Anexo III del presente Plan).

- Mecanismos de comunicaci贸n de situaciones/hechos no conformes con la legislaci贸n (canal de denuncias) (v茅ase Apartado 6.2 del presente Plan).

La gesti贸n y la aplicaci贸n de los recursos p煤blicos a la legalidad presupuestaria y a las finalidades para las que se han previsto, actuando, en cualquier caso, bajo los principios de objetividad, eficacia, econom铆a y eficiencia en la gesti贸n de los recursos p煤blicos.

- Deber de confidencialidad: se considera documentaci贸n confidencial aquella informaci贸n no p煤blica recopilada por la Universidad la cual no podr谩 ser divulgada por el Personal de la Universidad de Sevilla.

c) Pol铆tica de obsequios y hospitalidad.

- La Universidad de Sevilla desarrollar谩 una pol铆tica de obsequios y regalos donde se encuentren establecidas una serie de conductas que se consideraran prohibidas, dando cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto B谩sico del Empleado P煤blico en lo referido a la recepci贸n y otorgamiento de regalos y tratos de favor. En particular:

  • No aceptar谩n ning煤n trato de favor o situaci贸n que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas f铆sicas o entidades privadas.
  • Se rechazar谩 cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya m谩s all谩 de los usos habituales, sociales y de cortes铆a, sin perjuicio de lo establecido en el C贸digo Penal.
  • No influir谩n en la agilizaci贸n o resoluci贸n de tr谩mite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ning煤n caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos p煤blicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.

d) Pol铆tica de normas de conducta relativas al conflicto de inter茅s.

- La Universidad de Sevilla desarrollar谩 una pol铆tica de normas de conducta relativas con la prevenci贸n del conflicto de inter茅s que permita detectar, corregir y perseguir dichas situaciones (v茅ase Apartado 4.4. del presente Plan).

- La pol铆tica de conflictos de inter茅s recoger谩 el siguiente contenido m铆nimo:

  • Definici贸n de conflictos de inter茅s.
  • Empleados y terceros que pueden estar implicados en un potencial conflicto de inter茅s.
  • Tipos de conflictos de inter茅s.
  • Mecanismos de comunicaci贸n de los conflictos de inter茅s.
  • Declaraciones de ausencia de conflictos de inter茅s (DACI).
  • Empleados y terceros obligados (contratistas, subcontratistas, etc.) a realizar las DACI.
  • Mecanismos sancionadores ante eventuales existencias de conflictos de inter茅s no reportados.

- El procedimiento para la gesti贸n de conflictos de inter茅s recoger谩 el siguiente contenido m铆nimo:

  • Responsables de la gesti贸n de los conflictos de inter茅s.
  • Funciones y deberes de los responsables de la gesti贸n de los conflictos de inter茅s.
  • Actividades de comunicaci贸n, difusi贸n y formaci贸n sobre los conflictos de inter茅s.
  • Mecanismos de comprobaci贸n de la integridad y exactitud de las DACI. Procedimientos de an谩lisis de contrapartes para la verificaci贸n de las DACI.
  • Mecanismos y gesti贸n de los canales para comunicar situaciones de conflictos de inter茅s.
  • Medidas para abordar los conflictos de inter茅s.
  • Reportes e informes sobre la gesti贸n de los conflictos de inter茅s.
  • El Personal de la Universidad de Sevilla debe ser conocedor de las posibles situaciones contempladas en el presente Plan mediante la realizaci贸n de la formaci贸n establecida con el objeto de poder identificarlas y comunicarlas a los organismos responsables (v茅ase Anexo III del presente Plan).

e) Cursos de formaci贸n y concienciaci贸n.

- La Universidad de Sevilla impartir谩 cursos de formaci贸n y concienciaci贸n. Las acciones formativas se dirigir谩n a todos los niveles jer谩rquicos, e incluir铆an reuniones, seminarios o grupos de trabajo que fomenten la adquisici贸n y transferencia de conocimientos. Esta formaci贸n podr谩 dirigirse tambi茅n a los miembros de la comunidad universitaria interesados en ella en atenci贸n a las funciones que desarrollan dentro de la Universidad. La formaci贸n basada en la evaluaci贸n de riesgos de fraude impartida al Personal de la Universidad garantizar谩 que 茅ste tome conciencia de los mismos y sepa utilizar correctamente los recursos antifraude a su alcance.

- En dichos cursos se abordar谩 la formaci贸n de 谩reas, tales como, la cultura 茅tica (C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude), situaciones de conflictos de inter茅s, definici贸n de fraude y conductas irregulares, mecanismos para identificar y comunicar potenciales casos de fraude (canal de denuncias), identificaci贸n de Banderas Rojas de potenciales situaciones de fraude, sanciones aplicables a la Universidad y al Personal, etc.

- La formaci贸n en materia antifraude puede ser (i) planificada dentro de cada ejercicio; (ii) puntual a causa de variaciones en las circunstancias de la Universidad; o (iii) por motivo de incorporaciones o variaciones en los responsables de la gesti贸n de los fondos.

- El Comit茅 Antifraude ser谩 responsable, al menos, del control y gesti贸n de la formaci贸n del Personal de la Universidad de Sevilla que intervenga en la gesti贸n de los fondos europeos.

f) Procedimientos de diligencia debida del Personal de la Universidad de Sevilla, as铆 como los potenciales beneficiarios de fondos, as铆 como al personal de la Universidad - An谩lisis de datos.

- La Universidad realizar谩, sobre la base de la pol铆tica de privacidad y aviso legal, procedimientos para identificar potenciales riesgos de corrupci贸n o integridad consecuencia de acciones del Personal de la Universidad de Sevilla, as铆 como los posibles beneficiarios de los fondos y que, por ende, podr铆an no estar alineados con la cultura 茅tica comprometida y divulgada por la Universidad.

- De cara a la realizaci贸n de dichos procedimientos, se tendr谩 en cuenta, al menos, los siguientes temas:

  • Identificaci贸n y an谩lisis de la cadena de la gesti贸n de los fondos europeos, y aquellos otros procedentes de cualquier tipo de financiaci贸n de la Universidad.
  • Definir los puntos clave de la cadena de gesti贸n de los fondos europeos y aquellos otros procedentes de cualquier tipo de financiaci贸n de la Universidad donde se podr铆an materializar los riesgos de fraude y, por ende, evaluar los riesgos de integridad y reputaci贸n que mantienen el Personal de la Universidad de Sevilla.

- Lo anterior ser谩 realizado con independencia de la potencial declaraci贸n de compromiso en la adopci贸n de medidas para prevenir y detectar el fraude que ha sido suscrita por los potenciales beneficiarios de los fondos europeos (v茅ase Documento 3 del presente Plan) o de los distintos fondos a los que la Universidad haya accedido.

- Para alcanzar dicho objetivo, la Universidad podr谩 emplear diversas fuentes de informaci贸n, en concreto:

  • Fuentes abiertas: registros/organismos p煤blicos (plataforma de contrataci贸n del sector p煤blico, base de datos nacional de subvenciones, registro mercantil, etc.), internet, medios sociales, redes sociales, foros, blogs, prensa, etc.
  • Fuentes restringidas: bases de datos nacionales e internacionales de pago y/o acceso restringido, tales como Informa D&B, Axesor, Orbis, World-check, Arachnys, Investiga Pro, entre otros.

- Llevar谩 a cabo, entre otros, los siguientes procedimientos de revisi贸n/an谩lisis de informaci贸n:

  • Descripci贸n de las personas f铆sicas y/o jur铆dicas que percibir谩n los fondos europeos o los distintos fondos a los que la universidad haya accedido.
  • Identificaci贸n de la estructura de propiedad y control de las entidades jur铆dicas beneficiarias de los fondos, incluyendo su accionariado, junto con su beneficiario final y, en su caso, los adjudicatarios de los mismos (contratas y subcontratas).
  • Identificaci贸n de informaci贸n relevante relativa al historial de litigios (la informaci贸n sobre procedimientos civiles o penales no suele estar disponible p煤blicamente en Espa帽a) y expedientes (procedimiento o sanciones administrativas).
  • Dicha informaci贸n atiende a la identificaci贸n de cualquier pena, sanci贸n, o medida impuesta debido a incumplimientos relacionados, entre otros, con la corrupci贸n, cohecho, tr谩fico de influencias, blanqueo de capitales y financiaci贸n del terrorismo, contra la Hacienda P煤blica, contra la Seguridad Social, los recursos naturales y el medio ambiente, el mercado y los consumidores o, en cualquier caso, que puedan afectar a la reputaci贸n, integridad, cumplimiento y est谩ndares 茅ticos.
  • Identificaci贸n de posibles casos de insolvencia/quiebra en los que se encuentren inmersos.
  • Verificaci贸n de la inclusi贸n en listados relacionados con para铆sos fiscales (Pandora, Paradise, Panam谩 y Bahamas Papers, entre otros).
  • Revisi贸n de las black lists locales de acceso p煤blico.
  • B煤squedas en internet, prensa local, nacional e internacional, redes sociales, blogs, foros, etc., de informaci贸n relevante (tanto adversa como positiva) sobre la reputaci贸n e historial, con el objetivo de definir el perfil de exposici贸n p煤blica.
  • Seg煤n los requerimientos de la Orden del PRTR, la Universidad de Sevilla constituir谩 una base de datos accesible en la que se recoja la informaci贸n obtenida de los procedimientos anteriores para cada uno de los potenciales beneficiarios de los fondos europeos, incluyendo adjudicatarios (contratistas, subcontratistas, etc.), as铆 como las conclusiones alcanzadas del an谩lisis de dicha documentaci贸n.

g) Sistema de control interno eficaz.

- La Universidad de Sevilla ha venido implementado en los 煤ltimos ejercicios, dentro del portal de transparencia, un procedimiento de fiscalizaci贸n previa para toda la contrataci贸n mayor y menor.

- El objetivo de esta pol铆tica es promover dentro de la organizaci贸n una cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevenci贸n y detecci贸n, promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para su control. La Universidad de Sevilla cuenta con una estructura jer谩rquica en su composici贸n de gobierno y funcionamiento, a trav茅s de la cual se llevar谩 a cabo un proceso de colaboraci贸n por parte de sus responsables y gestores de procesos y procedimientos para asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de sus respectivas 谩reas de responsabilidad y garantizar, en su caso, la debida diligencia en la implementaci贸n de medidas correctoras. Dispone tambi茅n de sistemas que registran y almacenan la informaci贸n precisa de cada operaci贸n para garantizar su fiabilidad y regularidad en relaci贸n con el gasto y la inversi贸n, y de un Sistema de Control Interno de la Informaci贸n Financiera alineado con los procesos estrat茅gicos, operacionales y de gesti贸n de la Instituci贸n.

En definitiva, la Universidad de Sevilla tiene una pol铆tica de tolerancia cero frente al fraude, la corrupci贸n y los conflictos de intereses, y dispone de sistemas de control interno para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, los actos de fraude y corregir su impacto, en caso de producirse, contando adicionalmente con procedimientos internos).

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- En este sentido, la Universidad realizar谩 investigaciones de todos los casos de sospecha o indicios de fraude, as铆 como de casos de fraude judicialmente declarado que se hayan producido, con el prop贸sito de mejorar o actualizar el sistema interno de gesti贸n y control eficaz, adecuadamente dise帽ado y gestionado, con controles que se centrar谩n en paliar con eficacia los riesgos de fraude que se identifiquen en las diferentes 谩reas de gesti贸n promoviendo una cultura que evite toda actividad fraudulenta.

- El Comit茅 Antifraude apoyar谩 un sistema de control interno de gesti贸n que deber谩 dar cumplimiento a las buenas pr谩cticas.

- El Comit茅 Antifraude apoyar谩 un sistema de control interno de gesti贸n que deber谩 dar cumplimiento a las buenas pr谩cticas internacionales entre las que destacamos:

  • Diferenciaci贸n de funciones de cada Personal de la Universidad de Sevilla responsable de cada una de las 谩reas de gesti贸n, control y pago.
  • Evaluaci贸n peri贸dica del sistema de control interno con objeto de mejorarlo o identificar deficiencias.

- La Universidad comprobar谩 y supervisar谩 el cumplimiento de: i) el Plan; ii) el C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude; y iii) la pol铆tica de conflictos de inter茅s.

- El Comit茅 Antifraude desarrollar谩, monitorizar谩 y coordinar谩 acciones de supervisi贸n peri贸dicas, as铆 como los planes de visita in-situ que le permitan constatar la efectiva aplicaci贸n de las medidas antifraude en los diferentes procesos vinculados a la gesti贸n de los fondos europeos, entre ellos los procedentes del MRR y de los fondos a los que pudiera tener acceso.

- Asimismo, el Comit茅 Antifraude realizar谩 revisiones sobrevenidas cuando concurran circunstancias especiales que determinen su ejecuci贸n, como son la materializaci贸n de los riesgos o el cambio de las circunstancias internas o externas que afecten a la Universidad.

h) Establecimiento de mecanismos de evaluaci贸n del riesgo de fraude.

- La Universidad, en funci贸n de la evaluaci贸n de los riesgos asociados a cada una de las medidas gestionadas y la probabilidad de su ocurrencia e impacto, establecer谩 mecanismos adecuados de evaluaci贸n del riesgo de fraude para dichas medidas con el objeto de identificar y controlar las partes de los procesos susceptibles de sufrir fraude, sobre la siguiente base:

  • Identificar las medidas que pudieran ser m谩s susceptibles del fraude, como pueden ser aquellas con alta intensidad, presupuesto elevado, muchos requisitos a justificar por el solicitante, controles complejos, etc.
  • Resultados de trabajos previos de auditor铆as internas.
  • Resultados de auditor铆as de la Comisi贸n Europea o del Tribunal de Cuentas Europeo, en su caso.
  • Casos de fraude identificados con anterioridad.
  • Identificaci贸n de posibles conflictos de intereses. A este respecto, los procedimientos que ser谩n realizados para identificar posibles conflictos de inter茅s se muestran en el Anexo III del presente Plan.
  • La Universidad informa al Personal de la Universidad de Sevilla de la existencia del canal de denuncias externo habilitado por el SNCA, as铆 como la OLAF, para la comunicaci贸n de informaci贸n sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos.

Los procedimientos internos y la evaluaci贸n del riesgo de fraude ser谩n revisados anualmente como parte de una auditor铆a interna.

Medidas de detecci贸n

Las medidas de prevenci贸n no pueden proporcionar una protecci贸n completa contra el fraude y, por tanto, se necesitan sistemas para detectar a tiempo los comportamientos fraudulentos que escapen a la prevenci贸n. Por lo tanto, una buena estrategia contra el fraude debe tener presente que puede seguir habiendo casos, para los cuales es m谩s preciso dise帽ar y ejecutar medidas de detecci贸n del fraude.

En este caso, las herramientas de detecci贸n contra el fraude implantadas o a implantar por la Universidad son las que detallamos a continuaci贸n:

Cuadro 1: Detalle de medidas de detecci贸n.

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Fuente: Elaboraci贸n propia.

a) Establecimiento de alertas (Banderas Rojas).

- La Universidad de Sevilla establecer谩 y desarrollar谩 un cat谩logo de Banderas Rojas para cada uno de los riesgos identificados en el proceso de autoevaluaci贸n (v茅ase Apartado 6.1 del presente Plan), las cuales se corresponder谩n con se帽ales de alarma, pistas o indicios de posible fraude. La existencia de una Bandera Roja no implica necesariamente la existencia de fraude, pero s铆 indica que una determinada 谩rea de actividad necesita atenci贸n extra para descartar o confirmar un fraude potencial.

- Dichas Banderas Rojas ser谩n debidamente comunicadas al Personal de la Universidad de Sevilla en posici贸n de detectar potenciales actividades fraudulentas.

- Como ejemplo de estas Banderas Rojas, se relacionan seguidamente las m谩s empleadas, clasificadas por tipolog铆a de pr谩cticas potencialmente fraudulentas.

Asignaci贸n de la ejecuci贸n de un Proyecto/Subproyecto de manera il铆cita a favor de un beneficiario:

  • Ausencia de procedimientos de selecci贸n adecuados para la adjudicaci贸n de los Proyectos/Subproyectos.
  • Presentaci贸n de un 煤nico o un n煤mero reducido de solicitantes para la ejecuci贸n de un Proyecto/Subproyecto.
  • Proyectos/Subproyectos similares adjudicados a un mismo solicitante/beneficiario de fondos europeos o de cualquier fondo.
  • Solicitantes/potenciales beneficiarios descartados por razones dudosas.
  • Solicitantes/potenciales beneficiarios excluidos por errores.
  • Los pliegos incluyen prescripciones que distan de las aprobadas en procedimientos similares.
  • Los pliegos incorporan cl谩usulas inusuales o poco razonables.
  • Denuncias o quejas de otros solicitantes.

Conflicto de intereses:

  • Favoritismo inexplicable o inusual de un solicitante o beneficiario de fondos europeos o de cualquier otro fondo.
  • El Personal de la Universidad de Sevilla encargado de la adjudicaci贸n de la ejecuci贸n de los Proyectos/Subproyectos no presenta declaraci贸n de conflicto de inter茅s o lo hace de forma incompleta.
  • Personal de la Universidad ha trabajado para entidades que optan a fondos europeos (MRR) y/o los diferentes fondos que conciernen a la Universidad.
  • Vinculaci贸n familiar entre el Personal de la Universidad y las entidades que optan a fondos europeos (MRR) o similares.
  • El Personal de la Universidad de Sevilla encargado de la adjudicaci贸n de la ejecuci贸n de los Proyectos/Subproyectos podr铆a estar llevando a cabo negocios propios por su lado.
  • Socializaci贸n entre el Personal de la Universidad de Sevilla encargado de la adjudicaci贸n y el beneficiario/solicitante de los fondos europeos o similares.
  • Aumento inexplicable o s煤bito de la riqueza o nivel de vida del Personal de la Universidad de Sevilla encargado de la adjudicaci贸n de la ejecuci贸n de los Proyectos/Subproyectos.

Acreditaci贸n de la ejecuci贸n de los hitos y objetivos definidos para cada uno de los Proyectos/subproyectos:

  • Formato de los documentos acreditativos:
  • Facturas y cartas sin ning煤n logotipo asociado al beneficiario de los fondos europeos.
  • Facturas impresas en papel diferente al de los formularios establecidos.
  • Importes manuscritos sin firmas de personas autorizadas o elementos en un documento impreso que no est茅n justificados a priori.
  • Firmas manuscritas de estilo similar o efectuadas con un bol铆grafo id茅ntico en documentos relacionados con periodos temporales diferentes.
  • Contenido de los documentos acreditativos:
  • Fechas, importes, notas, n煤meros de tel茅fono y c谩lculos inusuales.
  • C谩lculo incorrecto en una factura o en una hoja de haberes elaborada mediante ordenador.
  • Carencia de un elemento obligatorio en una factura: fecha, n煤mero de identificaci贸n fiscal, n煤mero de factura, etc.
  • Misma posici贸n relativa de un sello y una firma personal en una serie de documentos, lo que sugiere la utilizaci贸n de una imagen (y no una firma aut茅ntica).

- Para la detecci贸n de las posibles Banderas Rojas, se ha de valorar la posibilidad de realizar comprobaciones mediante consultas a bases de datos existentes, p煤blicas o privadas (v茅ase Apartado 6.2 del presente Plan) que permitan conocer las posibles vinculaciones entre empresas y/o con participantes en los procedimientos de adjudicaci贸n de contratos, concesi贸n de subvenciones y/o suscripci贸n de convenios.

b) Implementaci贸n del canal de denuncias interno.

- La Universidad de Sevilla dispone de un Canal de Denuncias interno que se encuentra en fase de desarrollo bajo la supervisi贸n y control de la Secretar铆a General y que se articula en la actualidad mediante el siguiente formulario:

- El desarrollo de los correspondientes procedimientos para recibir, tramitar y emitir pronunciamiento sobre denuncias o alertas que permitan fomentar valores como la integridad, objetividad, rendici贸n de cuentas y honradez15(canal de denuncias), se realizar谩 de conformidad con la ISO 37002 y con la inminente Ley16por la que se va a transponer la Directiva Whistleblowing.

A este respecto, el Canal de Denuncias interno (extensivo al Personal de la Universidad de Sevilla y a terceros) est谩 siendo desarrollado como se muestra a continuaci贸n:

Cuadro 1.: Detalle del esquema del canal de denuncias interno.

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Fuente: Elaboraci贸n propia.

Para el dise帽o, implementaci贸n e implantaci贸n del canal de denuncias interno, la Universidad de Sevilla contemplar谩, entre otros, los siguientes 谩mbitos:

  • La plataforma del canal de denuncias interno deber谩 contar, a nivel t茅cnico, con las siguientes caracter铆sticas y propiedades de seguridad (i) servidores y memoria RAM con elevada capacidad para gestionar las denuncias, (ii) certificado anual que vincule digitalmente una clave criptogr谩fica con los datos de la Universidad, (iii) elementos de seguridad, (iv) revisiones de seguridad, y (v) mantenimiento tecnol贸gico.
  • Per铆metro: n煤mero aproximado de personas (empleados, proveedores, clientes, u otros colectivos definidos por la Universidad) a los que el canal de denuncias interno se hace extensivo.
  • Formato de las denuncias, esto es, definici贸n del contenido m铆nimo de la informaci贸n que deber铆an tener las denuncias recibidas y, que a modo de ejemplo podemos citar: identificaci贸n del denunciante, descripci贸n de la conducta denunciada o posible irregularidad, existencia de pruebas/evidencias, etc. As铆 como la aceptaci贸n de considerar denuncias an贸nimas.
  • Aplicaci贸n y formulario web a disposici贸n del Personal de la Universidad de Sevilla a trav茅s de un enlace (URL) en la Intranet corporativa, actualmente disponible como se indica anteriormente.
  • Direcci贸n de correo electr贸nico a disposici贸n de cualquier persona con inter茅s en denunciar cualquier conducta.
  • En su caso, de otras formas de presentaci贸n de las denuncias (verbal o telef贸nica).
  • Acuses de recibo automatizados de la recepci贸n de la denuncia y mensajes al denunciante en relaci贸n con las medidas previstas o adoptadas para dar continuidad a la denuncia y sobre los motivos de tal seguimiento.
  • Plazos de confirmaci贸n de presentaci贸n de denuncia, contestaci贸n y custodia de la informaci贸n.
  • Requisitos para salvaguardar la confidencialidad y la protecci贸n de los datos.
  • Adecuaci贸n del proceso de investigaci贸n de las denuncias recibidas implantado por la Universidad de Sevilla (niveles de prioridad, etc.), con especial atenci贸n a la protecci贸n del denunciante.
  • Realizaci贸n de informes en los que se muestre el estado de las denuncias registradas, tales como asunto, descripci贸n y estado de la denuncia, comunicaciones realizadas, documentaciones aportadas, recomendaciones realizadas, etc.

c) Pol铆tica de seguridad de la informaci贸n.

- La Universidad de Sevilla incluir谩 en la pol铆tica de seguridad de la informaci贸n las premisas, directrices y procedimientos con el objetivo de (i) prevenir la divulgaci贸n no autorizada de la informaci贸n (confidencialidad), (ii) mantener la fidelidad de la informaci贸n (integridad), y (iii) tener acceso a la informaci贸n sobre la base de los permisos establecidos (disponibilidad).

- La pol铆tica de seguridad de la informaci贸n de la Universidad ser谩 de aplicaci贸n obligatoria para el Personal de la Universidad de Sevilla, quien deber谩 conocer dicha pol铆tica y adherirse formalmente a la misma. A este respecto, indicar que la pol铆tica de seguridad de la informaci贸n estar谩 accesible a todo el Personal de la Universidad de Sevilla a trav茅s de la intranet de la Universidad.

- La pol铆tica de seguridad de la informaci贸n de la Universidad recoger谩 y, por ende, pondr谩 en conocimiento del Personal de la Universidad de Sevilla, de forma clara y precisa, al menos, los siguientes conceptos:

  • Los dispositivos electr贸nicos17son propiedad de la Universidad que los pone a disposici贸n del Personal de la Universidad de Sevilla para el ejercicio y el desempe帽o de las diversas tareas que cada empleado tenga encomendadas.
  • La Universidad se reserva el derecho que legalmente le corresponda de analizar y acceder a la informaci贸n de cada dispositivo electr贸nico, siempre y cuando concurran indicios de fraude/delito/irregularidad o exista una denuncia registrada, salvaguardando los derechos que corresponda a la persona investigada.
  • Asimismo, ser铆a recomendable que el Personal de la Universidad de Sevilla confirmase que entiende y acepta los t茅rminos de esta pol铆tica de forma peri贸dica, por ejemplo, mediante la aceptaci贸n de un mensaje cuando su ordenador se enciende cada d铆a.

Puede que, en un determinado momento, como parte de una investigaci贸n de fraude, la Universidad valore la posibilidad de acceder a la informaci贸n de car谩cter no personal contenida en los dispositivos electr贸nicos que hubiera puesto a disposici贸n del Personal de la Universidad de Sevilla. Esto es lo que se conoce como Evidencia Digital18.

Por tanto, recoger en la pol铆tica de seguridad de la informaci贸n de forma clara y concisa los conceptos indicados anteriormente, contribuye a asegurar que la obtenci贸n y el uso de la informaci贸n contenida en los dispositivos electr贸nicos cumple con los requisitos legales.

Medidas de correcci贸n

La detecci贸n de un posible fraude, o su sospecha fundada mediante la recopilaci贸n de informaci贸n y la obtenci贸n de evidencias de dicho fraude, conllevar谩 la inmediata suspensi贸n del procedimiento a partir de la normativa reguladora del mismo por parte de la Universidad de Sevilla, elaboraci贸n de un informe descriptivo de los hechos acaecidos, la notificaci贸n de tal circunstancia en el m谩s breve plazo posible a las autoridades interesadas y a los organismos implicados en la realizaci贸n de las actuaciones (SNCA, y/o Ministerio Fiscal) y la revisi贸n de todos aquellos proyectos que hayan podido estar expuestos al posible fraude adoptando medidas seg煤n la normativa reguladora del procedimiento.

En este sentido, de conformidad con lo establecido en el art铆culo 6 de la Orden del PRTR, las labores de la Universidad consistir谩n en:

a) Suspensi贸n del procedimiento.

- Recopilar toda la documentaci贸n disponible que pueda constituir evidencias del fraude identificado.

- Elaborar un informe resumen de los hechos acaecidos.

- Conforme a lo anterior, se proceder谩 a la suspensi贸n inmediata de los proyectos, subproyectos y l铆neas de acci贸n que hayan podido quedar expuestos.

b) Notificaci贸n a las autoridades interesadas.

- En el menor tiempo posible desde la producci贸n del hecho de fraude, la Universidad de Sevilla notificar谩 la circunstancia de fraude a las autoridades interesadas y a los organismos implicados seg煤n las indicaciones del Apartado 6.2, 鈥淢edidas de persecuci贸n鈥.

- Asimismo, el Personal de la Universidad de Sevilla, en caso de indicios de fraude que afecten a fondos europeos, por debilidades o falta de operatividad en los sistemas de comunicaci贸n interna, es decir, el canal de denuncias interno de la Universidad, podr谩n comunicar los indicios de fraude o los hechos presuntamente fraudulentos al SNCA a trav茅s del canal de denuncias externo para su valoraci贸n y eventual comunicaci贸n a la OLAF.

c) Evaluaci贸n de la incidencia del fraude y retirada de los proyectos.

- Ante la detecci贸n de un posible fraude, la Universidad de Sevilla deber谩 iniciar una informaci贸n reservada para evaluar posibles responsabilidades y, en su caso, proceder a comunicar los hechos al 贸rgano competente por raz贸n de la materia, a fin de que eval煤e la procedencia de la apertura de un expediente por infracci贸n en materia econ贸mico-presupuestaria, prevista en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci贸n p煤blica y buen gobierno, o bien el inicio de un expediente de car谩cter disciplinario.

- Se evaluar谩 la incidencia del posible fraude mediante la revisi贸n de todos aquellos proyectos y/o subproyectos que hayan podido estar expuestos al mismo, determinando su calificaci贸n como sist茅mico o puntual y, en todo caso, retirar los proyectos y/o subproyectos o la parte de los mismos afectados por el fraude y financiados o a financiar por fondos europeos (MRR) o por otros fondos a los que la Universidad de Sevilla tuviera acceso.

  • Se considerar谩 fraude sist茅mico cuando exista correlaci贸n entre las actuaciones tanto por causa formal (贸rgano del que provienen) como por causa material (v铆nculo inherente entre las actuaciones) y deber谩 retirarse la totalidad del proyecto financiado por fondos europeos (MRR) y/o otros fondos a los que la Universidad accediera.
  • De la misma manera se considerar谩 puntual cuando no pueda probarse la relaci贸n por causa alguna, por lo que no ser谩 necesaria la retirada de la totalidad del proyecto sino tan s贸lo de las partes afectadas.

- Por 煤ltimo, se exigir谩 la recuperaci贸n por las autoridades competentes de los importes indebidamente desembolsados por estas, garantizando procesos s贸lidos de recuperaci贸n de los fondos europeos, especialmente de la Uni贸n Europea, que se hayan empleado de forma fraudulenta. La aplicaci贸n de estas sanciones, y su visibilidad, son esenciales para disuadir la comisi贸n del fraude, debiendo actuar con determinaci贸n y agilidad.

Medidas de persecuci贸n

El Comit茅 Antifraude de la Universidad de Sevilla contar谩 con procedimientos para notificar y perseguir casos de fraude. En este sentido, como 煤ltimo paso dentro del ciclo antifraude y en aplicabilidad de las medidas de persecuci贸n, en connivencia con lo establecido en el art铆culo 6 de la Orden del PRTR, la Universidad:

- Comunicar谩 los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad decisora (o a la entidad ejecutora que le haya encomendado la ejecuci贸n de las actuaciones, en cuyo caso ser谩 esta la que se los comunicar谩 a la entidad decisora), quien comunicar谩 el asunto a la Autoridad Responsable, la cual podr谩 solicitar la informaci贸n adicional que considere oportuna de cara a su seguimiento y comunicaci贸n a la Autoridad de Control.

- Denunciar谩, si fuese el caso, los hechos punibles a las Autoridades P煤blicas competentes (SNCA y Fiscal铆a) y valorar谩 la eventual comunicaci贸n a la OLAF.

En este sentido, cualquier miembro del Personal de la Universidad de Sevilla que tenga conocimiento de hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad deber谩 poner dichos hechos en conocimiento del SNCA por medios electr贸nicos a trav茅s del canal habilitado en la direcci贸n web:

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Siempre, y excepcionalmente que no sea posible la utilizaci贸n de los citados medios electr贸nicos, podr谩 tramitarse en soporte papel mediante el env铆o de la documentaci贸n en sobre cerrado a la siguiente direcci贸n postal:

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En estas comunicaciones, se expondr谩:

  • Una descripci贸n concreta y detallada de los hechos identificando, siempre que fuera posible, a las personas que hubieran participado de los mismos; los instrumentos afectados por la irregularidad o fraude; la fecha cierta en la que se produjeron los hechos; el fondo o fondos europeos afectados; el 贸rgano que hubiera gestionado las ayudas; y los 贸rganos o entidades a los que se hubieran remitido la informaci贸n.
  • La persona que remita la informaci贸n deber谩 identificarse mediante su n煤mero de NIF y su nombre y apellidos, debiendo indicar asimismo una direcci贸n de correo electr贸nico, o en su defecto una direcci贸n postal, a trav茅s de la cual el SNCA pueda comunicarse con dicha persona. Cuando la informaci贸n se remita al SNCA en soporte papel, deber谩n constar en la misma los datos de identificaci贸n de la persona informante, con su correspondiente firma.
  • Podr谩 utilizarse el propio canal de denuncias, con car谩cter previo a la remisi贸n de informaci贸n, para formular cuestiones sobre la forma y los requisitos con que debe contar la informaci贸n.

- Iniciar谩 una investigaci贸n reservada para depurar responsabilidades o incoar un expediente disciplinario.

- Denunciar谩 los hechos ante la fiscal铆a y los tribunales competentes, en particular al SNCA para su valoraci贸n en los casos oportunos y su posterior comunicaci贸n a la OLAF.

- Se deber谩 mantener un adecuado seguimiento, para promover cualquier cambio o revisi贸n de los mecanismos de control relacionados con el fraude potencial o probado.

7. CONSECUENCIAS DE INCUMPLIMIENTO.

El Personal de la Universidad de Sevilla afectado por este plan, con independencia de su nivel jer谩rquico y funcional, tendr谩n la obligaci贸n de cumplir con los principios y procedimientos establecidos en cuanto les sea de aplicaci贸n. Igualmente, a los efectos de velar por el correcto desarrollo del Plan de Medidas Antifraude, se les instar谩 a que denuncien cualquier contravenci贸n del presente Plan.

En el caso que se confirme que la actuaci贸n de alg煤n miembro del Personal de la Universidad de Sevilla pudiera ser constitutiva de un il铆cito penal, tal circunstancia ser谩 puesta de manifiesto a las Autoridades P煤blicas competentes para su conocimiento y persecuci贸n. Tal comunicaci贸n se acompa帽ar谩 con las evidencias y/o indicios que se hayan podido recopilar al respecto.

ANEXOS

ANEXO I

DECLARACI脫N DE COMPROMISO EN RELACI脫N CON LA EJECUCI脫N DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACI脫N, TRANSFORMACI脫N Y RESILENCIA

Don/Do帽a 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹., con DNI 鈥︹︹︹︹︹︹︹.., como titular del 贸rgano/ Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹ 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹.., con NIF 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹., y domicilio fiscal en 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹. 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹.en la condici贸n de 贸rgano responsable/ 贸rgano gestor/ beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR que participa como contratista/ente destinatario del encargo/ subcontratista, en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecuci贸n de los objetivos definidos en el Componente XX 芦鈥︹︹︹︹︹︹︹︹β, manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los est谩ndares m谩s exigentes en relaci贸n con el cumplimiento de las normas jur铆dicas, 茅ticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupci贸n y los conflictos de inter茅s, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.

Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de econom铆a circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente (芦DNSH禄 por sus siglas en ingl茅s 芦do no significant harm禄) en la ejecuci贸n de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiaci贸n y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el r茅gimen de ayudas de Estado.

鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹..., XX de 鈥︹︹︹︹ de 202X

Fdo. 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹.

Cargo: 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹

ANEXO II

DETALLE DE LOS RIESGOS DE FRAUDE, AS脥 COMO MECANISMOS DE CONTROL MITIGANTES

RIESGOS DE FRAUDE Y MECANISMOS DE CONTROL DEL PROCESO DE CONTRATACI脫N

1) Fase previa al proceso de licitaci贸n (actuaciones preparatorias).

- Riesgo: Conflictos de inter茅s dentro de la mesa de contrataci贸n de las candidaturas a la percepci贸n de los fondos europeos.

Mecanismos de control:

  • Pol铆tica en materia de conflicto de inter茅s que incluye una declaraci贸n anual y su registro por parte de todo el personal, y aplica medidas dirigidas a garantizar su cumplimiento.
  • Impartici贸n, regularmente, de cursos de formaci贸n en materia de deontolog铆a y de integridad a todo el Personal de la Universidad de Sevilla.
  • Velar por que todas las personas sean conscientes de las consecuencias de participar en actividades que pudieran comprometer su integridad, describiendo claramente las consecuencias que se derivar铆an de determinadas conductas irregulares (el modelo de declaraci贸n deber谩 incluir una referencia a las sanciones disciplinarias, administrativas o penales aplicables en caso de declaraci贸n falsa).
  • Todas las solicitudes (candidaturas a la percepci贸n de los fondos europeos) deben registrarse y evaluarse de acuerdo con los criterios aplicables.
  • Todas las decisiones relativas a la aceptaci贸n o rechazo de las solicitudes deben comunicarse a los solicitantes.
  • Exigir a las personas involucradas en la elaboraci贸n de la documentaci贸n t茅cnica y las especificaciones reglamentarias del contrato la firma de una declaraci贸n de ausencia de conflictos de inter茅s.
  • Procedimientos para el almacenamiento y control de las declaraciones de ausencia de conflicto de inter茅s, tales como un registro especial o un sistema de gesti贸n de la informaci贸n para cada procedimiento de contrataci贸n, manteniendo los registros actualizados, debe encomendarse a una persona que no est茅 directamente involucrada en la contrataci贸n.
  • Rastrear y actualizar una declaraci贸n de ausencia de conflicto de inter茅s y verificar la declaraci贸n de ausencia de conflicto de inter茅s con informaci贸n de otras fuentes.
  • Establecer y dar a conocer un sistema que permite la comunicaci贸n de conflictos de inter茅s y cualquier otra actuaci贸n presuntamente fraudulenta.

- Riesgo: Declaraciones falsas de los solicitantes.

Mecanismos de control:

  • Proceso de verificaci贸n de las solicitudes que compiten por el Proyecto/Subproyecto que incluye un an谩lisis independiente de todos los documentos justificativos.
  • El proceso de verificaci贸n hace uso de los conocimientos previos acerca del beneficiario para adoptar una decisi贸n bien informada sobre la veracidad de las declaraciones e informaciones presentadas.

- Riesgo: Capacidad t茅cnica insuficiente para gestionar/tramitar contratos.

Mecanismos de control:

  • Formaci贸n espec铆fica sobre contrataci贸n e integridad para todo el Personal de la Universidad de Sevilla que gestione/realice contratos.
  • Profesionalizaci贸n de los Servicios de Compras.

- Riesgo: Establecimiento de Proyecto/s que no responde/n a una necesidad real.

Mecanismos de control:

  • Describir los destinatarios de los Proyectos (contratos) a realizar y justifique la idoneidad del objeto de los Proyectos para satisfacer sus necesidades.
  • Evitar las meras invocaciones de falta e insuficiencia de medios para justificar la licitaci贸n de contratos de servicios.
  • Planificar los contratos que se espera que tengan lugar antes del inicio del a帽o presupuestario.
  • Publicar anuncios de informaci贸n previa en el perfil del contratante en los que se dar谩n a conocer todos los contratos previstos para el ejercicio presupuestario.

- Riesgo: Elecci贸n de procedimientos que limiten la concurrencia.

Mecanismos de control:

  • Documentar las razones por las que se opta por un determinado procedimiento, evitando la mera invocaci贸n de preceptos legales.
  • Justificar detalladamente la utilizaci贸n de procedimientos que la Ley considere excepcionales frente a los procedimientos comunes.

- Riesgo: Determinaci贸n de prescripciones t茅cnicas.

Mecanismos de control:

  • Redactar especificaciones t茅cnicas que sean acordes con el objeto del contrato y que respondan a las necesidades espec铆ficas a satisfacer a trav茅s del mismo. Para la elaboraci贸n de las especificaciones t茅cnicas se tendr谩n en cuenta las siguientes pautas: (i) Establecer los requisitos t茅cnicos que mejor se correspondan con las caracter铆sticas y especificidades del contrato a licitar, evitando la reproducci贸n autom谩tica de las especificaciones t茅cnicas de contratos similares celebrados con anterioridad.
  • En la medida en que sea necesario, solicitar el asesoramiento externo de una empresa cuando la Universidad de Sevilla carezca de experiencia y conocimiento t茅cnico o de mercado sobre el objeto del contrato.
  • Poner a disposici贸n de todos los potenciales licitadores la informaci贸n facilitada por la Universidad de Sevilla sobre las necesidades que pretende cubrir, as铆 como la facilitada por potenciales operadores econ贸micos, salvaguardando siempre la informaci贸n t茅cnica o comercial designada como confidencial.
  • Comunicar a los licitadores que participen en el procedimiento de contrataci贸n que una empresa participante en el procedimiento de licitaci贸n ha intervenido en la elaboraci贸n de las condiciones t茅cnicas del contrato y les facilitar谩 la informaci贸n intercambiada en la preparaci贸n del procedimiento de contrataci贸n Art铆culo 70 de la LCSP.
  • Inclusi贸n de una declaraci贸n de neutralidad t茅cnica por parte del editor o editores de PPTP.

- Riesgo: Determinaci贸n de requisitos de solvencia m谩s espec铆ficos.

Mecanismos de control:

  • Justificar las condiciones de solvencia de forma que quede claramente expresada la proporcionalidad entre las condiciones exigidas y el objeto del contrato.
  • Como regla general, la solvencia se fija en torno al 70/75 % del valor estimado del contrato. En caso contrario debe justificarse.

- Riesgo: Determinaci贸n de criterios de adjudicaci贸n no apropiados al procedimiento.

Mecanismos de control:

  • Justificar las razones por las que se eligen los criterios de adjudicaci贸n.
  • Indicar la ponderaci贸n de cada criterio de adjudicaci贸n dentro del total a evaluar y detallar las reglas de evaluaci贸n de los subcriterios que se tendr谩n en cuenta para distribuir la puntuaci贸n total de cada criterio, de manera que todos los oferentes conozcan el m茅todo de evaluaci贸n al momento de elaborar sus ofertas.

- Riesgo: Determinaci贸n inadecuada del procedimiento de contrataci贸n.

Mecanismos de control:

  • Justificaci贸n detallada de las razones por las que se opta por un determinado procedimiento, evitando la mera invocaci贸n de preceptos legales.
  • Asegurar la transparencia y trazabilidad del proceso documentando adecuadamente a todas las fases del proceso.
  • Motivar con suficiente especificidad la utilizaci贸n de procedimientos que la Ley considere excepcionales frente a los procedimientos comunes.
  • Existencia de un proceso de 鈥渁uditor铆a interna鈥 que revisa peri贸dicamente el funcionamiento de los controles internos de contrataci贸n.

2) Proceso de licitaci贸n.

- Riesgo: Conflicto de inter茅s no declarado, o pago de sobornos o comisiones.

Mecanismos de control:

  • Requerir que los solicitantes dispongan de pol铆ticas relativas a los conflictos de inter茅s, exijan las declaraciones y lleven los registros correspondientes.
  • Recomendaciones claras o formaci贸n sobre deontolog铆a, conflictos de inter茅s y las implicaciones que conlleva el incumplimiento de las directrices aceptadas.
  • Establecer y dar publicidad a un sistema que permita denunciar los comportamientos potencialmente fraudulentos.

- Riesgo: Incumplimiento de un procedimiento competitivo obligatorio.

Mecanismos de control:

  • Las adjudicaciones de los fondos para la ejecuci贸n de los Proyectos/Subproyectos se revisan por una segunda instancia distinta de la mesa de contrataci贸n, verificando en cada caso que se han respetado los procedimientos de asignaci贸n.
  • Antes de que los beneficiarios inicien la ejecuci贸n de los Proyectos/Subproyectos, revisi贸n de la lista de aquellos solicitantes cuyo importe se sit煤a ligeramente por debajo de las cuant铆as establecidas.
  • Revisar regularmente el funcionamiento de los controles internos en materia de asignaci贸n de fondos europeos para la ejecuci贸n (documentaci贸n justificativa).
  • Requerir la aprobaci贸n previa de todas las adjudicaciones de Proyectos/Subproyectos a un mismo solicitante, a trav茅s de una segunda instancia.

Las adjudicaciones a un mismo solicitante deben ser autorizadas previamente por el Comit茅 Antifraude de la Universidad de Sevilla.

  • Revisar peri贸dicamente una muestra de solicitudes con el fin de garantizar que las especificaciones definidas no son restrictivas respecto a los servicios requeridos para el Proyecto/Subproyecto.

- Riesgo: Manipulaci贸n del procedimiento de concesi贸n de los fondos europeos.

Mecanismos de control:

  • Disponer de una segunda instancia responsable de verificar que las especificaciones no son demasiado restrictivas.
  • Revisar regularmente el funcionamiento de los controles internos en materia de adjudicaci贸n (documentaci贸n justificativa).
  • Disponer de una segunda instancia responsable de revisar una muestra de solicitantes adjudicatarios de la ejecuci贸n de Proyectos/Subproyectos, para comprobar si hay indicios de informaci贸n previa sobre las condiciones para la adjudicaci贸n.
  • Mantener un elevado nivel de transparencia en la adjudicaci贸n de la ejecuci贸n de los Proyectos/Subproyectos.
  • Establecer y dar publicidad a un sistema que permita denunciar los comportamientos supuestamente fraudulentos.

- Riesgo: Pr谩cticas colusorias en las solicitudes de los fondos europeos.

Mecanismos de control:

  • Aplicar controles para identificar la presencia continuada en las adjudicaciones de circunstancias improbables o de relaciones inusuales entre terceros.
  • Comprobar si los solicitantes que participan est谩n relacionados entre s铆 (directivos, propietarios, etc.), utilizando para ello fuentes de datos abiertas.
  • Llevar a cabo una investigaci贸n completa de los antecedentes de todos los solicitantes.
  • Impartir formaci贸n al personal, con vistas a prevenir y detectar las pr谩cticas fraudulentas en la adjudicaci贸n de fondos europeos.
  • Establecer y dar publicidad a un sistema que permita denunciar los comportamientos supuestamente fraudulentos.

- Riesgo: Precios incompletos.

Mecanismos de control:

  • Implantar controles dirigidos a contrastar los precios cotizados por los solicitantes.
  • Elaborar una memoria econ贸mica que contenga un estudio econ贸mico detallado del c谩lculo del presupuesto b谩sico de licitaci贸n y del valor estimado del contrato. Se indican los m茅todos utilizados para determinarlo.
  • Proporcionar la informaci贸n con un grado de desagregaci贸n suficiente para conocer la valoraci贸n de los diferentes componentes del servicio.
  • Especificar en los pliegos aquellos par谩metros objetivos en base a los cuales se considera que no se puede cumplir la propuesta.

- Riesgo: Manipulaci贸n de los costes soportados para la ejecuci贸n de los Proyectos/Subproyectos.

Mecanismos de control:

  • Llevar a cabo procedimientos de verificaci贸n del cumplimiento de los Hitos y Objetivos de los Proyectos/Subproyectos, revisando si los costes soportados est谩n debidamente justificados y autorizados.
  • No abonar el importe de los contratos menores (es decir, inferiores a 15.000 euros) si no se ha procedido a la debida justificaci贸n del gasto.
  • Llevar a cabo procedimientos de revisi贸n de las facturas soporte de los costes incurridos para la ejecuci贸n de los Proyectos/Subproyectos a fin de identificar duplicidades o falsificaciones.
  • Llevar a cabo procedimientos de verificaci贸n de los distintos indicadores de ejecuci贸n de los Hitos y Objetivos, al objeto de identificar posibles indicios de que el Proyecto/Subproyecto no se ha terminado o de que se ha incurrido en costes innecesarios.
  • Establecer y dar publicidad a un sistema que permita denunciar los comportamientos supuestamente fraudulentos.

- Riesgo: Falta de ejecuci贸n de los Hitos y Objetivos.

Mecanismos de control:

  • Llevar a cabo procedimientos de revisi贸n de que no se han modificado los indicadores que sirven de base para la medici贸n del grado de avance de los Hitos y Objetivos de los Proyectos/Subproyectos.
  • Llevar a cabo procedimientos de acreditaci贸n del cumplimiento de los indicadores que sirven de base para la medici贸n del grado de avance de los Hitos y Objetivos de los Proyectos/Subproyectos.
  • Establecer y dar publicidad a un sistema que permita denunciar los comportamientos supuestamente fraudulentos.

- Riesgo: Falta de transparencia en el proceso de licitaci贸n.

Mecanismos de control:

  • Poner a disposici贸n de los oferentes (candidaturas a la percepci贸n de los fondos europeos) la documentaci贸n esencial para la licitaci贸n, garantizando el acceso libre, directo, completo y gratuito.
  • Publicaci贸n de todos los informes y documentos generados por el procedimiento de licitaci贸n, incluidas las actas de la junta de contrataci贸n (mesa de contrataci贸n).
  • Generalizar las consultas, las cuales se realizar谩n de manera transparente, con publicaci贸n para que cualquier empresa interesada pueda participar y tambi茅n hacer p煤blica la informaci贸n intercambiada a trav茅s de las consultas, resguardando la informaci贸n t茅cnica o comercial que los potenciales oferentes designen como confidenciales.
  • Ampliar el plazo de presentaci贸n de ofertas en caso de retraso en la publicaci贸n de las respuestas a las aclaraciones.

- Riesgo: Vulneraci贸n del secreto de las propuestas o alteraci贸n de las ofertas con posterioridad a su presentaci贸n.

Mecanismos de control:

  • Implementar los programas y aplicaciones necesarias para permitir la presentaci贸n electr贸nica de ofertas.
  • Asignar de manera concreta y por escrito la responsabilidad de custodia de las propuestas.
  • Adoptar medidas de custodia para asegurar la integridad y confidencialidad de las propuestas presentadas.
  • En el caso de que se presenten en papel, o en cualquier otro soporte f铆sico ajeno a los registros digitales, limitar el acceso a las ofertas (identificar a las personas que tengan acceso a ellas).
  • En el caso de presentaci贸n electr贸nica, garantizar: 1) que nadie pueda tener acceso a los datos transmitidos antes de que expiren los plazos de solicitud; y 2) que el acceso al contenido de las propuestas s贸lo se produzca por la actuaci贸n simult谩nea de las personas autorizadas a trav茅s de medios seguros de identificaci贸n y en las fechas establecidas.

3) Proceso de adjudicaci贸n de la licitaci贸n.

- Riesgo: Proceso de verificaci贸n incompleto o inadecuado por parte de la Universidad de Sevilla.

Mecanismos de control:

  • Disponer de una metodolog铆a clara para determinar el n煤mero y tipo de beneficiarios de fondos, basada en las buenas pr谩cticas aceptadas y que incluye un an谩lisis del nivel de riesgo de fraude.
  • El Personal de la Universidad de Sevilla que lleva a cabo las verificaciones est谩 debidamente cualificado y formado, y asisten a cursos de actualizaci贸n sobre riesgos de fraude.
  • Aplicar las medidas necesarias, tanto preventivas como correctoras, en caso de la identificaci贸n de errores de car谩cter sistem谩tico.

- Riesgo: Conflictos de inter茅s dentro de la Universidad de Sevilla.

Mecanismos de control:

  • Disponer de una pol铆tica en materia de conflicto de inter茅s que incluye una declaraci贸n anual y su registro por parte de todo el personal, y aplica medidas dirigidas a garantizar su cumplimiento.
  • Impartir, regularmente, cursos de formaci贸n en materia de deontolog铆a y de integridad a todo el Personal de la Universidad de Sevilla.
  • Velar por que todas las personas sean conscientes de las consecuencias de participar en actividades que pudieran comprometer su integridad, describiendo claramente las consecuencias que se derivar铆an de conductas irregulares.

- Riesgo: Riesgo de adjudicaci贸n directa irregular por uso indebido de contratos menores.

Mecanismos de control:

  • Realizar un seguimiento de la contrataci贸n menor a trav茅s de una base de datos que registra todos los pagos realizados anualmente.
  • Disponer de una instrucci贸n en la que se limita la contrataci贸n menor y se regula su uso.

Excepcionalmente acudir al contrato menor, motivando su uso en los t茅rminos exigidos por la normativa contractual.

  • Publicar los contratos menores, una vez adjudicados, en el portal de transparencia.

- Riesgo: Ausencia de detecci贸n de pr谩cticas colusorias.

Mecanismos de control:

  • Facilitar en las ofertas que los licitadores indiquen la parte del contrato que pretenden subcontratar, identificando a los subcontratistas.
  • Verificar que las empresas que participan en un proceso de contrataci贸n se conviertan posteriormente en contratistas o subcontratistas del adjudicatario.
  • Incluir en los pliegos el requisito de una declaraci贸n de licitaci贸n independiente en la que los licitadores firmen que la propuesta se ha presentado sin colusi贸n con otras empresas y con la intenci贸n de aceptar el contrato en caso de ser adjudicado.
  • Comunicar a la mesa de contrataci贸n las pautas de comportamiento irregular que hayan podido ser identificadas por parte de los funcionarios encargados de la recepci贸n de las ofertas.
  • Exigir, en todos los procedimientos de contrataci贸n, la declaraci贸n de las empresas con las que el licitador tenga vinculaci贸n.

- Riesgo: Alteraci贸n del contenido de las ofertas presentadas o violaci贸n del secreto.

Mecanismos de control:

  • Disponer de un sistema transparente para la apertura de ofertas y medidas de seguridad apropiadas para las ofertas no abiertas. La apertura de las ofertas se lleva a cabo en un acto p煤blico con la posibilidad de verificar por parte de los oferentes la integridad de las ofertas presentadas.
  • Establecer un sistema para reportar conductas presuntamente fraudulentas.

4) Ejecuci贸n del contrato.

- Riesgo: No detectar alteraciones en el objeto del contrato - deterioro y/o mala ejecuci贸n.

Mecanismos de control:

  • Designar a un responsable del contrato que tenga garant铆as de independencia del contratista y con la calificaci贸n t茅cnica adecuada para ejercer la debida supervisi贸n del contrato.
  • Documentar las decisiones e instrucciones impartidas para asegurar la correcta ejecuci贸n del servicio pactado.
  • Vigilar, durante la ejecuci贸n del contrato, el cumplimiento de las cl谩usulas contractuales, en particular de aquellas caracter铆sticas del servicio que fueron determinantes para la adjudicaci贸n del contrato (plazo, mejoras, cesi贸n de recursos personales o materiales).
  • Registrar en el expediente las incidencias que puedan surgir durante la ejecuci贸n del contrato y la observaci贸n o incumplimiento de las circunstancias pactadas (mejoras, condiciones especiales de ejecuci贸n).

- Riesgo: No exigir responsabilidad por incumplimiento de contrato.

Mecanismos de control:

  • Establecer en el PPTP el detalle de incumplimientos que supone la imposici贸n de sanciones.
  • Hacer constar en el expediente una declaraci贸n de que no se ha producido ning煤n incumplimiento durante la ejecuci贸n del contrato que involucre la imposici贸n de sanciones.

- Riesgo: Ausencia o justificaci贸n deficiente de las modificaciones contractuales.

Mecanismos de control:

  • Limitar las modificaciones contractuales a las expresamente contempladas en el PPTP.
  • Justificar aquellas modificaciones no previstas en el PPTP, evitando invocaciones gen茅ricas de los supuestos legales que la pueda proteger (art铆culo 205 de la LCSP).

- Riesgo: Recibir servicios deficientes o de menor calidad que los ofrecidos por el adjudicatario.

Mecanismos de control:

  • Requerir al contratista que cumpla con la correcta ejecuci贸n del contrato.
  • Imponer sanciones en caso de mal desempe帽o de los servicios.
  • Hacer constar en el expediente declaraci贸n expresa sobre el cumplimiento de aquellas caracter铆sticas que se contemplaron en la adjudicaci贸n del contrato (mejoras, condiciones especiales de ejecuci贸n, etc.).

- Riesgo: Pr贸rroga del contrato sin justificaci贸n.

Mecanismos de control:

  • Las modificaciones de contrato son revisadas y validadas por las 谩reas de Contrataci贸n, Intervenci贸n y Secretar铆a General de la Universidad de Sevilla.
  • Las pr贸rrogas del contrato deben ser propuestas por el responsable del contrato e informadas a la Secretar铆a General y auditadas por la Intervenci贸n antes de su aprobaci贸n por la mesa de contrataci贸n.

- Riesgo: Registro de facturas sin la correcta justificaci贸n (duplicaci贸n de facturaci贸n).

Mecanismos de control:

  • Realizar una verificaci贸n de los conceptos facturados, as铆 como que los mismos est谩n debidamente soportados (certificaciones, etc.).
  • Mantener un control contable de las facturas registradas, llevando a cabo procedimiento de revisi贸n de las mismas (documentaci贸n soporte 鈥 certificaciones, etc.) al objeto de comprobar la inexistencia de duplicidad en la facturaci贸n.

RIESGOS DE FRAUDE ESPEC脥FICOS EN MATERIA DE SUBVENCIONES

- Riesgo: Trato discriminatorio en la selecci贸n de los beneficiarios.

Mecanismos de control:

  • Procedimiento que garantice la aplicaci贸n de un criterio de selecci贸n de beneficiarios uniforme y homog茅neo.
  • Preparar una lista de comprobaciones que permita atestiguar el cumplimiento de los requisitos por parte de los beneficiarios.
  • Comprobar que los beneficiarios seleccionados cumplen los baremos exigidos en la convocatoria.

- Riesgo: Conflicto de intereses.

Mecanismos de control:

  • Disponer de una pol铆tica de conflicto de intereses. Inclusi贸n de una declaraci贸n anual de 茅tica e independencia y su registro para los intervinientes en la subvenci贸n.
  • Impartir al personal recomendaciones claras o formaci贸n sobre deontolog铆a, conflictos de inter茅s y las implicaciones que conlleva el incumplimiento de las directrices aceptadas.
  • Verificar la posible vinculaci贸n entre las partes que intervienen en la subvenci贸n a trav茅s de bases de datos externas e independientes.

- Riesgo: Aplicaci贸n de los fondos a finalidades diferentes de las establecidas.

Mecanismos de control:

  • Delimitar con la m谩xima precisi贸n posible de los gastos elegibles o, en su defecto, un manual de justificaci贸n en el que se detalle este aspecto.
  • Determinar que m茅todo o m茅todos son de aplicaci贸n para el c谩lculo de los gastos (coste real, m茅todo de costes simplificados, etc.) en las bases reguladoras de las ayudas/subvenciones.
  • Mantener un est谩ndar de contabilidad anal铆tica de los ingresos y gastos de las operaciones de la Universidad de Sevilla.
  • Solicitar a terceros (cofinanciadores) que detallen la finalidad de la financiaci贸n otorgada.

- Riesgo: Doble financiaci贸n.

Mecanismos de control:

  • Verificar el tipo de ayuda/subvenci贸n y, en su caso, documentar tanto el cumplimiento de los requisitos como la existencia en el expediente de las notificaciones y autorizaciones de la misma.
  • Llevar a cabo el control de la financiaci贸n de las operaciones analizando gastos e ingresos.
  • Utilizar bases de datos (base de datos nacional de subvenciones) para identificar potenciales riesgos de corrupci贸n o integridad que pueda haber sobre los posibles beneficiarios de los fondos.

- Riesgo: Falsedad documental.

Mecanismos de control:

  • Realizar un an谩lisis de la documentaci贸n proporcionada a fin de detectar todo tipo de irregularidades o falsificaciones (revisi贸n de aspectos cualitativos de las facturas, etc.).
  • Establecer un control de facturas a fin de identificar duplicidades o falsificaciones.

- Riesgo: Incumplimiento de las obligaciones de comunicaci贸n e informaci贸n.

Mecanismos de control:

  • Publicar las bases reguladoras y/o convocatoria en todos los medios en que proceda para garantizar la m谩xima difusi贸n, proporcionales a la importancia o cuant铆a de la convocatoria, obligatorios y no obligatorios, (BOE, portal web, etc.).
  • Cumplir con lo estipulado en los art铆culos 9.3 y 17.8 de la Ley General de Subvenciones referidos a los deberes de la publicaci贸n e informaci贸n de las convocatorias.

- Riesgo: Incumplimiento de los requisitos de inspecci贸n, seguimiento y control.

Mecanismos de control:

  • Establecer un proceso de seguimiento de los fondos, para comprobar el destino de los mismos.

RIESGOS DE FRAUDE ESPEC脥FICOS EN MATERIA DE GESTI脫N DIRECTA (MEDIOS PROPIOS/CONVENIOS)

- Riesgo: Imputaci贸n err贸nea del coste de mano de obra.

Mecanismos de control:

  • Contar con procedimientos internos de imputaci贸n del tiempo dedicado por el personal a los distintos proyectos (sistemas internos de informaci贸n).
  • Poner en marcha procedimientos de imputaci贸n de costes a los Proyectos (justificaci贸n del coste por hora, tarifa y horas extras, etc.).
  • Establecer sistemas de doble firma (aprobaci贸n) del tiempo/coste imputado a los Proyectos.

- Riesgo: Ejecuci贸n de las acciones de manera inapropiada.

Mecanismos de control:

  • Establecer controles peri贸dicos y an谩lisis de informes de ejecuci贸n de operaciones y verificaciones sobre el terreno, que permitan comprobar la ejecuci贸n de los hitos peri贸dicos del servicio y de los posibles retrasos en su entrega.

- Riesgo: Incumplimiento de la normativa comunitaria aplicable en materia de elegibilidad, conservaci贸n documental, publicidad, etc.

Mecanismos de control:

  • Elaborar una lista de verificaci贸n y un manual con respecto a las obligaciones derivadas de la normativa comunitaria en materia de elegibilidad del gasto, conservaci贸n documental, y publicidad e informaci贸n.

- Riesgo: Carencia de documentaci贸n soporte justificativa.

Mecanismos de control:

  • Establecer listas de verificaci贸n de la documentaci贸n requerida para garantizar la pista de auditor铆a (facturas, recibos, etc.) y su consiguiente rastreo efectivo.

- Riesgo: Eludir el procedimiento de contrataci贸n mediante la firma de convenios.

Mecanismos de control:

  • Elaborar un informe por parte del servicio jur铆dico para analizar el objeto de la actividad a desarrollar por las partes intervinientes en el convenio.
  • Justificar acudir a la v铆a del convenio y no a otras v铆as de contrataci贸n con la Universidad de Sevilla.
  • Garantizar la concurrencia de la contrataci贸n de proveedores en el marco de convenios de colaboraci贸n.

- Riesgo: Trato discriminatorio en la selecci贸n de los beneficiarios.

Mecanismos de control:

  • Procedimiento que garantiza la aplicaci贸n de firma de convenios uniforme y homog茅neo.
  • Informe/s justificativo/s de las razones por las que se acude de manera reiterada a la celebraci贸n de convenios.
  • Preparar una lista de comprobaciones que permita confirmar el cumplimiento de los requisitos establecidos para los convenios.

- Riesgo: Conflicto de intereses.

Mecanismos de control:

  • Disponer de una pol铆tica de conflicto de intereses. Inclusi贸n de una declaraci贸n anual de 茅tica e independencia y su registro para los intervinientes en el Convenio.
  • Impartir al personal recomendaciones claras o formaci贸n sobre deontolog铆a, conflictos de inter茅s y las implicaciones que conlleva el incumplimiento de las directrices aceptadas.
  • Verificar la posible vinculaci贸n entre las partes que intervienen en el convenio a trav茅s de bases de datos externas e independientes.

- Riesgo: Empleo de los fondos a finalidades diferentes de las establecidas.

Mecanismos de control:

  • Delimitar con la m谩xima precisi贸n posible de los gastos elegibles o, en su defecto, un manual de justificaci贸n en el que se detalle este aspecto.
  • Determinar que m茅todo o m茅todos son de aplicaci贸n para el c谩lculo de los gastos (coste real, m茅todo de costes simplificados, etc.) en las bases reguladoras del convenio.

- Riesgo: Doble financiaci贸n.

Mecanismos de control:

  • Verificar el tipo de convenio y, en su caso, documentar tanto el cumplimiento de los requisitos como la existencia en el expediente de las notificaciones y autorizaciones del mismo.
  • Llevar a cabo el control del convenio (analizando gastos e ingresos).

- Riesgo: Falsedad documental.

Mecanismos de control:

  • Analizar la documentaci贸n proporcionada a fin de identificar todo tipo de irregularidades o falsificaciones (revisi贸n de aspectos cualitativos de las facturas, etc.).
  • Control de facturas a fin de identificar duplicidades o falsificaciones.

RIESGOS DE FRAUDE ESPEC脥FICOS EN MATERIA DE EMPLEO P脷BLICO

De manera adicional, un listado de los principales riesgos en materia de contrataci贸n o empleo p煤blico de la Universidad de Sevilla corresponden con:

- Riesgo de incumplimiento de los principios de igualdad, publicidad, m茅rito y capacidad en el acceso al empleo p煤blico.

- Riesgo de inadecuaci贸n del perfil t茅cnico al ejercicio de las funciones.

- Riesgo de ausencia de planificaci贸n y ordenaci贸n del personal, y una supervisi贸n jer谩rquica deficitaria que dificulte la detecci贸n de la necesidad de capacitaci贸n de las personas que participan en los procedimientos de contrataci贸n p煤blica.

- Riesgo de falta de homogeneidad de la informaci贸n contenida en la relaci贸n de puestos de trabajo (RPT), registro de personal y dem谩s instrumentos de ordenaci贸n del personal con los que cuenta el organismo.

- No separaci贸n de funciones entre las competencias de gesti贸n y las de control.

- Riesgo de ausencia de un plan de formaci贸n y actualizaci贸n continua del personal.

- Riesgo de capacitaci贸n deficiente e insuficiente del personal para el desempe帽o de sus funciones.

- Ausencia de un sistema de evaluaci贸n del desempe帽o.

- Riesgo de abono injustificado de conceptos retributivos por no estar previstos en la normativa de aplicaci贸n o por no concurrir las circunstancias exigidas para su pago.

- Riesgo de abono de complementos de productividad de cuant铆a fija y devengo peri贸dico.

- Riesgo de que el inter茅s particular de un servidor p煤blico pueda interferir en el ejercicio adecuado de su juicio profesional.

- Riesgo de utilizaci贸n o transmisi贸n de informaci贸n privilegiada obtenida por raz贸n del cargo p煤blico que se ocup贸.

Como mecanismo de control, se dispondr谩 de un documento relativo a la contrataci贸n, en el que se manifieste que, el principal objetivo es contratar a las mejores personas que satisfagan las necesidades a medio y largo plazo de una manera eficiente y rentable. Todas las actividades de contrataci贸n estar谩n alineadas con las formas de trabajo de la instituci贸n.

El prop贸sito de este documento ser谩 garantizar que la contrataci贸n de empleados p煤blicos se gestione de manera uniforme y profesional al aclarar los procedimientos a seguir y responsabilidades.

ANEXO III

IDENTIFICACI脫N DE SITUACIONES DE CONFLICTO DE INTER脡S

La Universidad de Sevilla considerar谩 una serie de valores y pautas de actuaci贸n sobre c贸mo proceder para la identificaci贸n y gesti贸n de situaciones de conflictos de inter茅s.

En este contexto, la Universidad de Sevilla tiene como objeto establecer el procedimiento de actuaci贸n para la identificaci贸n, gesti贸n y resoluci贸n de los conflictos de inter茅s que puedan plantearse entre el Personal de la Universidad de Sevilla19y contratistas/subcontratistas. Todo ello con la finalidad de detectar y prevenir potenciales conflictos de inter茅s que puedan afectar a la transparencia del procedimiento de contrataci贸n/subvenci贸n de fondos europeos.

En este sentido, el Personal de la Universidad de Sevilla se compromete a cumplir con las siguientes pautas de actuaci贸n:

  • Deber de informar al Comit茅 Antifraude sobre los conflictos de inter茅s que puedan encontrarse como resultado de las actividades que desempe帽en, relaciones personales, patrimonio personal o, en su caso, cualquier otra circunstancia relevante a estos efectos.
  • Obligaci贸n de abstenci贸n de intervenir en la toma de decisiones afectadas por un posible conflicto de inter茅s, as铆 como de acceder a la informaci贸n relevante o confidencial que, en su caso, afecte o pueda afectar a dicho conflicto.
  • Deber de transparencia de la informaci贸n relativa a los posibles conflictos de inter茅s.

Adem谩s, firmar谩n una Declaraci贸n de Ausencia de conflicto de Intereses (DACI) utilizando el modelo de declaraci贸n establecido en la Orden del PRTR (v茅ase Anexo IV del presente Plan).

El Personal de la Universidad de Sevilla ser谩 responsable de la modificaci贸n y actualizaci贸n de la suscripci贸n del DACI en el caso de que la existencia de cualquier potencial conflicto de intereses sea posterior a la firma inicial del DACI.

  • Cumplimiento de la ley y de la normativa vigente en todo momento.

No obstante, la Universidad de Sevilla tomar谩 las medidas necesarias para prevenir cualquier tipo de comportamiento que pudiera derivar en un posible conflicto de inter茅s sobre la base de los principios y valores del C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude, siguiendo con el compromiso asumido de integridad y colaboraci贸n con los grupos de inter茅s.

A este respecto, las principales herramientas que la Universidad pone a disposici贸n de todo el Personal de la Universidad de Sevilla son las siguientes:

  • C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude: tal y como ya se ha mencionado en el presente Plan, la Universidad de Sevilla dispondr谩 de un C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude para regular la conducta del Personal de la misma, estableciendo los principios de actuaci贸n y los valores que deben regir la conducta de todos ellos.
  • Canal 茅tico: la Universidad pondr谩 a disposici贸n una v铆a de comunicaci贸n para incluir las consultas 茅ticas personales o de terceros. Es un canal que sirve para hacer denuncias ante violaciones del C贸digo 脡tico o de Conducta Antifraude del Personal de la Universidad de Sevilla o consultas de cualquier 铆ndole.

Dichas comunicaciones deber谩n realizarse cuando el denunciante tenga datos suficientes para considerar que una situaci贸n reviste los caracteres de conflicto de inter茅s, as铆 como en aquellos casos en que tengan dudas sobre la aplicaci贸n del protocolo de conflictos de inter茅s. Esta comunicaci贸n contendr谩, al menos, los siguientes elementos:

  • Explicaci贸n de la situaci贸n de conflicto de inter茅s y documentaci贸n que soporte la comunicaci贸n.
  • Persona o colectivo sobre el que se realiza la comunicaci贸n.
  • Cuantificaci贸n econ贸mica del posible conflicto cuando sea posible.
  • Prohibici贸n de la aceptaci贸n de regalos: la Universidad est谩 comprometida con la lucha contra el soborno por lo que proh铆be que el Personal de la Universidad de Sevilla reciba de terceros cualquier tipo de regalos, d谩divas o favores.
  • Abstenci贸n: en el caso en que el Personal de la Universidad de Sevilla est茅 involucrado en la toma de una decisi贸n ante la que se le pueda presentar un conflicto de inter茅s, esta persona debe abstenerse y apartarse del proceso de toma de decisiones en los momentos en las que sea m谩s sensible al posible conflicto de inter茅s.
  • Base de datos accesible: la Universidad de Sevilla, en conformidad con los requerimientos de la Orden del PRTR, constituir谩 una base de datos accesible en la que se recoja informaci贸n detallada (nombres y apellidos, raz贸n social, etc.) de todos los beneficiarios efectivos de los fondos europeos, incluyendo los adjudicatarios (contratistas o subcontratistas).
  • 脫rgano de control y supervisi贸n: la Universidad de Sevilla dispone de un 贸rgano responsable del seguimiento, cumplimiento y actualizaci贸n del programa de prevenci贸n y detecci贸n de riesgos de fraude en materia de conflictos de intereses, en concreto el Comit茅 Antifraude.

El 脫rgano de control llevar谩 a cabo un an谩lisis y resoluci贸n del conflicto de inter茅s de forma colegiada. Si la comunicaci贸n versara sobre una situaci贸n que afecte a un miembro del 脫rgano de Control 茅ste se abstendr谩 de participar en su tramitaci贸n.

La resoluci贸n de los conflictos de inter茅s sea cual sea, as铆 como cualquier otra decisi贸n se adoptar谩 por mayor铆a de los miembros del 脫rgano de Control.

As铆, el resultado de dicho an谩lisis quedar谩 incorporado a un informe que contendr谩 informaci贸n relativa a:

  • El Personal de la Universidad de Sevilla afectado por la posible situaci贸n de conflicto de inter茅s, cargo y funciones.
  • La situaci贸n considerada como de conflicto de inter茅s.
  • La contraparte con la que existe la relaci贸n determinante de conflicto de inter茅s, su cargo, funciones y relaci贸n con la situaci贸n conflictuada.
  • La explicaci贸n y/o documentaci贸n aportada por el miembro del Personal de la Universidad de Sevilla afectado por el conflicto de inter茅s.
  • Las herramientas preventivas y/o detectabas aplicadas.
  • Posibles consecuencias del conflicto de inter茅s para el miembro del Personal de la Universidad de Sevilla.
  • Cuantificaci贸n econ贸mica cuando sea posible.
  • La soluci贸n propuesta.

En caso de que se resuelva de forma positiva, esto es, determinando la existencia de un conflicto de inter茅s, se deber谩 incluir en el citado informe, la medida adoptada para su resoluci贸n y su motivaci贸n.

Se incluir谩 en el expediente de investigaci贸n la relaci贸n detallada de todas las actuaciones que se hubieran llevado a cabo y de todos los documentos que se hayan recabado para la obtenci贸n de una evidencia suficiente y adecuada.

Tras la resoluci贸n del 脫rgano de Control, el mismo deber谩 remitir al Personal de la Universidad de Sevilla afectado una comunicaci贸n por escrito y motivada del sentido de la misma y las medidas que se adoptar谩n para su adecuada gesti贸n.

Declaraci贸n de Ausencia de conflicto de Intereses

Se deber谩 firmar una declaraci贸n de ausencia de alg煤n tipo de conflicto de inter茅s (v茅ase Anexo IV del presente Plan).

ANEXO IV

DETALLE DE LAS PERSONAS QUE PUDIERAN ESTAR SUJETAS A LAS PAUTAS DE ACTUACI脫N DE CONFLICTO DE INTER脡S Y DECLARACI脫N DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTER脡S (DACI)

Detalle de las personas que pudieran estar sujetas a las pautas de actuaci贸n de conflicto de inter茅s.

El Personal de la Universidad de Sevilla deber谩 analizar todas aquellas situaciones que afecten a sus propios intereses o a los de personas con ellos vinculadas, entendiendo por personas vinculadas:

  • Ser c贸nyuge o persona con an谩loga relaci贸n de afectividad.
  • Ser ascendiente, descendiente y/o hermano del Personal de la Universidad de Sevilla o de su c贸nyuge (o, en su caso, de persona con an谩loga relaci贸n de afectividad).
  • Ser c贸nyuges de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos de las personas sometidas a las pautas de posible conflicto de inter茅s.
  • Las sociedades o cualquiera de sus personas anteriormente referidas, por s铆 o por persona interpuesta, que se encuentren en alguna de las situaciones de control establecidas en la Ley.
  • Las sociedades o entidades en las que las personas referidas, por s铆 o por persona interpuesta, ejerzan autoridad y responsabilidad sobre la planificaci贸n, direcci贸n y control, siempre que, adem谩s, ejerzan una influencia significativa en las decisiones financieras y operativas de dichas sociedades o entidades.

Adem谩s, debemos tener en cuenta otras definiciones 煤tiles para analizar la posible existencia de conflicto de inter茅s:

Se entender谩 por amistad toda relaci贸n de cercan铆a con alguna persona con la que se mantenga contacto continuado en el tiempo de relativa intimidad.

Se entender谩 como puestos de relevancia todos aquellos en los que se incluyan como funciones del puesto el poder de negociaci贸n y de contrataci贸n.

Se entender谩 como beneficio toda aquella mejora que experimenta el Personal de la Universidad de Sevilla o sus personas vinculadas, pudiendo entenderse como mejora personal o econ贸mica.

Declaraci贸n de ausencia de conflicto de intereses (DACI)

Expediente:

颁辞苍迟谤补迟辞/蝉耻产惫别苍肠颈贸苍

Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de contrataci贸n/subvenci贸n arriba referenciada, el/los abajo firmante/s, como participante/s en el proceso de preparaci贸n y tramitaci贸n del expediente, declara/declaran:

Primero. Estar informado/s de lo siguiente:

1. Que el art铆culo 61.3 芦Conflicto de intereses禄, del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que 芦existir谩 conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad pol铆tica o nacional, de inter茅s econ贸mico o por cualquier motivo directo o indirecto de inter茅s personal禄

2. Que el art铆culo 64 芦Lucha contra la corrupci贸n y prevenci贸n de los conflictos de intereses禄 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P煤blico, tiene el fin de evitar cualquier distorsi贸n de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.

3. Que el art铆culo 23 芦Abstenci贸n禄, de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de R茅gimen Jur铆dico del Sector P煤blico, establece que deber谩n abstenerse de intervenir en el procedimiento 芦las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias se帽aladas en el apartado siguiente禄, siendo 茅stas:

  1. Tener inter茅s personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resoluci贸n pudiera influir la de aqu茅l; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuesti贸n litigiosa pendiente con alg煤n interesado.
  2. Tener un v铆nculo matrimonial o situaci贸n de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y tambi茅n con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, as铆 como compartir despacho profesional o estar asociado con 茅stos para el asesoramiento, la representaci贸n o el mandato.
  3. Tener amistad 铆ntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
  4. Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
  5. Tener relaci贸n de servicio con persona natural o jur铆dica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos 煤ltimos a帽os servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar禄.

Segundo. Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situaci贸n que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el art铆culo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstenci贸n del art铆culo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de R茅gimen Jur铆dico del Sector P煤blico que pueda afectar al procedimiento de licitaci贸n/concesi贸n.

Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del 贸rgano de contrataci贸n/comisi贸n de evaluaci贸n, sin dilaci贸n, cualquier situaci贸n de conflicto de intereses o causa de abstenci贸n que d茅 o pudiera dar lugar a dicho escenario.

Cuarto. Conozco que, una declaraci贸n de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que sea falsa, acarrear谩 las consecuencias disciplinarias/administrativas/ judiciales que establezca la normativa de aplicaci贸n.

En Sevilla, a [fecha]

(Firma, nombre completo y DNI)

ANEXO V

DECLARACI脫N DE CESI脫N Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACI脫N CON LA EJECUCI脫N DEL PLAN DE RECUPERACI脫N, TRANSFORMACI脫N Y RESILENCIA

Don/Do帽a 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹, DNI 鈥︹︹︹︹︹︹︹.., como Consejero Delegado/Gerente/Representante de la entidad 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹ 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹.., con NIF 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹., y domicilio fiscal en 鈥︹︹︹ 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹. 鈥 鈥︹︹︹︹.beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecuci贸n de los objetivos definidos en el Componente XX 芦鈥︹︹︹︹︹︹︹︹β, declara conocer la normativa que es de aplicaci贸n, en particular las siguientes apartados del art铆culo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperaci贸n y Resiliencia:

1. La letra d) del apartado 2: 芦recabar, a efectos de auditor铆a y control del uso de fondos en relaci贸n con las medidas destinadas a la ejecuci贸n de reformas y proyectos de inversi贸n en el marco del plan de recuperaci贸n y resiliencia, en un formato electr贸nico que permita realizar b煤squedas y en una base de datos 煤nica, las categor铆as armonizadas de datos siguientes:

i. El nombre del perceptor final de los fondos.

ii. El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Uni贸n Europea o nacional en materia de contrataci贸n p煤blica.

iii. Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, seg煤n se define en el art铆culo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26).

iv. Una lista de medidas para la ejecuci贸n de reformas y proyectos de inversi贸n en el marco del plan de recuperaci贸n y resiliencia, junto con el importe total de la financiaci贸n p煤blica de dichas medidas y que indique la cuant铆a de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Uni贸n Europea禄.

2. Apartado 3: 芦Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente art铆culo solo ser谩n tratados por los Estados miembros y por la Comisi贸n a los efectos y duraci贸n de la correspondiente auditor铆a de la aprobaci贸n de la gesti贸n presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilizaci贸n de los fondos relacionados con la aplicaci贸n de los acuerdos a que se refieren los art铆culos 15, apartado 2, y 23, apartado 1.

En el marco del procedimiento de aprobaci贸n de la gesti贸n de la Comisi贸n, de conformidad con el art铆culo 319 del TFUE, el Mecanismo estar谩 sujeto a la presentaci贸n de informes en el marco de la informaci贸n financiera y de rendici贸n de cuentas integrada a que se refiere el art铆culo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gesti贸n y rendimiento禄.

Conforme al marco jur铆dico expuesto, manifiesta acceder a la cesi贸n y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los art铆culos citados.

鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹..., XX de 鈥︹︹︹︹ de 202X

Fdo. 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹.Cargo: 鈥︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹︹

DOCUMENTOS

Documento 1. Matriz de riesgos ex ante de la Universidad de Sevilla.

Documento 2. Matriz de riesgos ex post de la Universidad de Sevilla.

Las Unidades administrativas elaborar谩n sus propios documentos 1 y 2 en base a las indicaciones y clasificaciones de riesgos contenidas en el Anexo II.

Documento 3. Declaraci贸n institucional contra el fraude de la Universidad de Sevilla aprobada en el Consejo de Gobierno y en Consejo Social celebrados los d铆as 20 y 21 de diciembre de 2021.

Se adjunta la siguiente documentaci贸n:

  • DECLARACION INSTITUCIONAL EN MATERIA DE COMPROMISO ANTIFRAUDE DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA (Acuerdo 9.4/CG 20-12-21).
  • ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO SOCIAL DE 21 DE DICIEMBRE DE 2021 POR LA QUE SE APRUEBA LA DECLARACI脫N INSTITUCIONAL SOBRE MEDIDAS ANTIFRAUDE (Acuerdo 3.4/CSUS 21-12-21).

DECLARACION INSTITUCIONAL EN MATERIA DE COMPROMISO

ANTIFRAUDE DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

De acuerdo con lo previsto en sus Estatutos, la Universidad de Sevilla es una instituci贸n de Derecho p煤blico, dotada de personalidad jur铆dica, que desarrolla sus funciones, de acuerdo con la legislaci贸n vigente, en r茅gimen de autonom铆a, y a la que corresponde la prestaci贸n del servicio p煤blico de educaci贸n superior, mediante el estudio, la docencia y la investigaci贸n, as铆 como la generaci贸n, desarrollo y difusi贸n del conocimiento al servicio de la sociedad y de la ciudadan铆a.

La Universidad de Sevilla es una instituci贸n p煤blica al servicio de la sociedad, que se inspira en los principios de igualdad, libertad, justicia, solidaridad y pluralismo. La actividad de la Universidad de Sevilla, as铆 como su autonom铆a, se fundamentan en el principio de libertad acad茅mica, que se manifiesta en las libertades de c谩tedra, de investigaci贸n y de estudio.

Los miembros de la comunidad universitaria est谩n sujetos a la observancia de las leyes y de los propios Estatutos de la Universidad, en orden a la exigencia de sus derechos y al cumplimiento de sus obligaciones.

Especial menci贸n en la observancia de las leyes merecen los empleados p煤blicos de la Universidad de Sevilla, que como servidores p煤blicos han de tomar decisiones en el 谩mbito de sus competencias. En este sentido, tal y como se establece en el art铆culo 52 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto B谩sico del Empleado P煤blico, los empleados p煤blicos deber谩n actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicaci贸n al servicio p煤blico, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoci贸n del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el C贸digo de Conducta de los empleados p煤blicos configurado por los principios 茅ticos y de conducta que se enumeran en los art铆culos 53 y 54 del mismo Real Decreto y, entre los cuales, destacamos algunos de ellos:

  • Su actuaci贸n perseguir谩 la satisfacci贸n de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentar谩 en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el inter茅s com煤n, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.
  • No contraer谩n obligaciones econ贸micas ni intervendr谩n en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jur铆dicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto p煤blico.
  • Actuar谩n de acuerdo con los principios de eficacia, econom铆a y eficiencia, y vigilar谩n la consecuci贸n del inter茅s general y el cumplimiento de los objetivos de la organizaci贸n.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P煤blico, aprobada con el objeto de actualizar el texto normativo anterior y para transponer al ordenamiento jur铆dico espa帽ol las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en su art铆culo 64 se centra en el 贸rgano de contrataci贸n y el personal que act煤e al servicio del mismo, en los t茅rminos siguientes:

Art铆culo 64.Lucha contra la corrupci贸n y prevenci贸n de los conflictos de intereses.

1. Los 贸rganos de contrataci贸n deber谩n tomar las medidas adecuadas para luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupci贸n, y prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir en los procedimientos de licitaci贸n con el fin de evitar cualquier distorsi贸n de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.

2. A estos efectos el concepto de conflicto de intereses abarcar谩, al menos, cualquier situaci贸n en la que el personal al servicio del 贸rgano de contrataci贸n, que adem谩s participe en el desarrollo del procedimiento de licitaci贸n o pueda influir en el resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un inter茅s financiero, econ贸mico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de licitaci贸n.

Aquellas personas o entidades que tengan conocimiento de un posible conflicto de inter茅s deber谩n ponerlo inmediatamente en conocimiento del 贸rgano de contrataci贸n.

La estructura acad茅mica de la Universidad de Sevilla, compuesta, de acuerdo con su Estatuto, por Centros (Escuelas y Facultades), Departamentos, Institutos Universitarios de Investigaci贸n y otros centros dedicados a la ense帽anza no presencial o conducentes a la obtenci贸n de t铆tulos propios no oficiales, conlleva la organizaci贸n de una estructura administrativa y de servicios con una gran descentralizaci贸n y, por tanto, con una gesti贸n en la toma de decisiones distribuida que alcanza a una gran cantidad de sus empleados p煤blicos: Rector, Equipo de Gobierno, Decanos y Directores de Centros, Directores de Departamentos e Institutos Universitarios de Investigaci贸n, Directores de 脕rea, Jefes de Servicio, Jefes de 厂别肠肠颈贸苍, Jefes de Unidad, Investigadores principales de proyectos y otros responsables de org谩nicas finalistas y no finalistas.

Esta estructura de fuerte descentralizaci贸n cuenta, sin embargo, con dos ejes centrales de supervisi贸n, seguimiento y control del cumplimiento de la legalidad. Por una parte, las resoluciones, convocatorias, instrucciones, as铆 como los convenios, procedimientos generales y cualquier otro texto aprobado en 贸rganos de gobierno o dictado para el mejor funcionamiento de la Instituci贸n, son sometidos al examen jur铆dico previo para lograr su encaje perfecto en la legalidad vigente. Y, por otra parte, todos y cada uno de los expedientes de gesti贸n con repercusi贸n en la ejecuci贸n presupuestaria han de ser sometidos a una intervenci贸n de control de legalidad, siendo 茅sta previa a contraer la obligaci贸n frente a terceros en m谩s de un 95 % de la ejecuci贸n presupuestaria, y posterior en el 100 % de tales expedientes.

Por consiguiente, la Universidad de Sevilla y sus empleados p煤blicos realizan una importante labor de control de cumplimiento de legalidad que pone de manifiesto el compromiso de sus trabajadores con los principios 茅ticos y de conducta enunciados en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto B谩sico del Empleado P煤blico y de lucha contra la corrupci贸n plasmados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P煤blico, por la que se transponen al ordenamiento jur铆dico espa帽ol las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

No obstante, el fraude y la corrupci贸n en las Administraciones P煤blicas constituyen una de las mayores preocupaciones de la ciudadan铆a, y es que se trata de un problema de especial gravedad, pues no tiene consecuencias 煤nicamente sobre la eficiencia de 茅stas ni supone, simplemente, un perjuicio econ贸mico a las arcas p煤blicas. Es un problema sist茅mico que afecta al coraz贸n de la democracia y que exige la adopci贸n de medidas efectivas de regeneraci贸n p煤blica. Reaccionando ante esa preocupaci贸n, en los 煤ltimos tiempos se ha venido dictando a todos los niveles de gobierno una abundante normativa en materia antifraude, que pretende ahondar m谩s en los aspectos del control y en la persecuci贸n del fraude, as铆 como en la formaci贸n y la concienciaci贸n de la sociedad y, en particular, de sus servidores p煤blicos.

El 26 de noviembre de 2019 se public贸 en el Diario Oficial de la Uni贸n Europea la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protecci贸n de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Uni贸n, con triple objetivo:

  • Detectar y prevenir las infracciones en una fase temprana.
  • Promover el cumplimiento normativo mediante el establecimiento de canales de denuncia eficaces, confidenciales y seguros, que protejan eficazmente a los alertadores de las represalias.
  • Evitar que los alertadores puedan incurrir en responsabilidad alguna, ya sea civil, penal, administrativa o laboral.

En definitiva, se pretende con esa Directiva instar a los pa铆ses miembros de la Uni贸n Europea a crear mecanismos de detecci贸n temprana del fraude y facilitar y proteger a los denunciantes. Para la transposici贸n de esa normativa comunitaria se dio un plazo hasta el 17 de diciembre de 2021 a los pa铆ses miembros, sin que en Espa帽a se haya publicado a煤n una ley a tal efecto.

S铆 se ha avanzado en ese sentido a nivel auton贸mico. El pasado 1 de julio de 2021 se public贸 en el Bolet铆n Oficial de la Junta de Andaluc铆a la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupci贸n en Andaluc铆a y protecci贸n de la persona denunciante, mediante la cual, se procede a la creaci贸n de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupci贸n, como un instrumento espec铆fico de prevenci贸n, investigaci贸n y combate del fraude y la corrupci贸n, y tambi茅n para proteger a las personas denunciantes. Esta ley, que es aplicable, entre otros muchos organismos p煤blicos, a las universidades p煤blicas andaluzas, tiene como finalidad (art铆culo 7) la creaci贸n de la mencionada Oficina 鈥減ara prevenir y erradicar el fraude, la corrupci贸n, los conflictos de intereses o cualquier otra actividad ilegal que vaya en detrimento de intereses p煤blicos o financieros del sector p煤blico andaluz y dem谩s instituciones, 贸rganos y entidades p煤blicas (鈥), para el impulso de la integridad y la 茅tica p煤blica, as铆 como para la protecci贸n de los denunciantes. Asimismo, la Oficina promover谩 una cultura de buenas pr谩cticas y de rechazo del fraude y la corrupci贸n en el dise帽o, ejecuci贸n y evaluaci贸n de las pol铆ticas p煤blicas, as铆 como en la gesti贸n de los recursos p煤blicos, a trav茅s de la creaci贸n de un c贸digo 茅tico o de buenas conductas鈥.

En consonancia con todo lo anterior y habiendo sido organismo beneficiario de los Fondos Next Generation, MRR, seg煤n las actuaciones que han sido incluidas y seleccionadas en el Programa del Reino de Espa帽a, dentro el 谩mbito de aplicaci贸n del Mecanismo de Recuperaci贸n y Resiliencia, y tomando como referencia lo dispuesto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gesti贸n del Plan de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia (BOE 30-09-2021), as铆 como en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la informaci贸n a proporcionar por las Entidades del Sector P煤blico Estatal, Auton贸mico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecuci贸n presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia (BOE 30-09-2021).

LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA SUSCRIBE LA SIGUIENTE DECLARACI脫N INSTITUCIONAL EN MATERIA DE ANTIFRAUDE:

鈥淟a Universidad de Sevilla quiere manifestar su compromiso con los est谩ndares m谩s elevados respecto del cumplimiento de las normas jur铆dicas, 茅ticas y morales y su adhesi贸n a los m谩s estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como una Instituci贸n que se opone con firmeza a cualquier manifestaci贸n que pueda relacionarse con el fraude y la corrupci贸n, as铆 como a los conflictos de intereses en cualquiera de sus formas. Los miembros que ostenten un cargo acad茅mico, el personal docente e investigador y el personal de administraci贸n y servicios asumen y comparten este mismo compromiso en el desarrollo de sus funciones.

Por otro lado, los empleados p煤blicos de esta Instituci贸n desempe帽ar谩n con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar谩n por los intereses generales con sujeci贸n y observancia de la Constituci贸n y del resto del ordenamiento jur铆dico, y actuar谩n con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicaci贸n al servicio p煤blico, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoci贸n del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.

El objetivo de esta pol铆tica es promover dentro de la organizaci贸n una cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevenci贸n y detecci贸n, promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para su control.

La Universidad de Sevilla cuenta con una estructura jer谩rquica en su composici贸n de gobierno y funcionamiento, a trav茅s de la cual se llevar谩 a cabo un proceso de colaboraci贸n por parte de sus responsables y gestores de procesos y procedimientos para asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de sus respectivas 谩reas de responsabilidad y garantizar, en su caso, la debida diligencia en la implementaci贸n de medidas correctoras.

Dispone tambi茅n de sistemas que registran y almacenan la informaci贸n precisa de cada operaci贸n para garantizar su fiabilidad y regularidad en relaci贸n con el gasto y la inversi贸n, y de un Sistema de Control Interno de la Informaci贸n Financiera alineado con los procesos estrat茅gicos, operacionales y de gesti贸n de la Instituci贸n.

En definitiva, la Universidad de Sevilla tiene una pol铆tica de tolerancia cero frente al fraude, la corrupci贸n y los conflictos de intereses, y dispone de sistemas de control interno para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, los actos de fraude y corregir su impacto, en caso de producirse, contando adicionalmente con procedimientos internos para denunciar aquellas irregularidades o sospechas de fraude que pudieran detectarse, a trav茅s de un canal de denuncias accesible p煤blicamente desde la p谩gina web de la Universidad de Sevilla, a trav茅s de la direcci贸n/antifraude/formulario-antifraude, garantizando con ello la m谩s estricta confidencialidad, todo ello de acuerdo con las normas generales que regulan esta materia.

En desarrollo de dicha pol铆tica antifraude y en cumplimiento de lo previsto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gesti贸n del Plan de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia, que establece en su art铆culo 6 que 鈥渃on la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el art铆culo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, impone a Espa帽a en relaci贸n con la protecci贸n de los intereses financieros de la Uni贸n como beneficiario de los fondos del MRR, toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecuci贸n de las medidas del PRTR deber谩 disponer de un 芦Plan de medidas antifraude禄 que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo 谩mbito de actuaci贸n, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevenci贸n, detecci贸n y correcci贸n del fraude, la corrupci贸n y los conflictos de intereses鈥, la Universidad de Sevilla se compromete a la elaboraci贸n del 芦Plan de medidas antifraude禄 previsto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, que cumplir谩 con los siguientes aspectos:

  • Se estructurar谩 en torno a los cuatro elementos clave del denominado 芦ciclo antifraude禄: prevenci贸n, detecci贸n, correcci贸n y persecuci贸n.
  • Incluir谩 una evaluaci贸n del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo de fraude en los procesos clave de la ejecuci贸n del Plan de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia (PRTR), y se revisar谩 de forma peri贸dica (bienal o anual seg煤n el riesgo de fraude) y, en todo caso, cuando se haya detectado alg煤n caso de fraude o haya cambios significativos en los procedimientos o en el personal.
  • Definir谩 medidas preventivas adecuadas y proporcionadas, ajustadas a las situaciones concretas, para reducir el riesgo residual de fraude a un nivel aceptable.
  • Incluir谩 medidas de detecci贸n ajustadas a las se帽ales de alerta y definir谩 un procedimiento para su aplicaci贸n efectiva.
  • Definir谩 las medidas correctivas pertinentes cuando se detecte un caso sospechoso de fraude, con mecanismos claros de comunicaci贸n de las sospechas de fraude.
  • Establecer谩 procesos adecuados para el seguimiento de los casos sospechosos de fraude y la correspondiente recuperaci贸n de los Fondos de la UE gastados fraudulentamente.
  • Definir谩 procedimientos de seguimiento para revisar los procesos, procedimientos y controles relacionados con el fraude efectivo o potencial, que se transmiten a la correspondiente revisi贸n de la evaluaci贸n del riesgo de fraude.
  • Establecer谩 procedimientos relativos a la prevenci贸n y correcci贸n de situaciones de conflictos de inter茅s conforme a lo establecido en los apartados 1 y 2 del art铆culo 61 del Reglamento Financiero de la UE. En particular, establecer谩 como obligatoria la suscripci贸n de una 麓Declaraci贸n de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) por quienes participen en los procedimientos de ejecuci贸n del PRTR, la comunicaci贸n al superior jer谩rquico de la existencia de cualquier potencial conflicto de intereses y la adopci贸n por 茅ste de la decisi贸n que, en cada caso, corresponda鈥.
  • Incluir谩 un plan de formaci贸n, informaci贸n y concienciaci贸n dirigido a sus empleados p煤blicos y orientado a presentar este conjunto de medidas como una garant铆a de integridad, ejemplaridad y honradez del servicio que prestan a la sociedad en el 谩mbito de sus responsabilidades.

En paralelo al Plan de medidas antifraude, la Universidad de Sevilla trabajar谩 en la redacci贸n, para su aprobaci贸n en los 贸rganos de gobierno, de un C贸digo 脡tico de Conducta en el que se integrar谩 esta declaraci贸n institucional, el plan de medidas antifraude y cada uno de los procedimientos que en torno a 茅l se articulen para el desempe帽o de las funciones propias de esta Instituci贸n por parte de sus empleados en todo lo relacionado con todos los recursos p煤blicos que gestione la Universidad y no s贸lo los provenientes del Plan de Recuperaci贸n, Transformaci贸n y Resiliencia.

En todo caso, en el supuesto de que se detecte un posible fraude, o su sospecha fundada, la Universidad de Sevilla llevar谩 a cabo las actuaciones previstas en el art铆culo 6.6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre espec铆ficamente:

a) Suspender谩 inmediatamente el procedimiento, notificando tal circunstancia en el m谩s breve plazo posible a las autoridades interesadas y a los organismos implicados en la realizaci贸n de las actuaciones y revisando todos aquellos proyectos, subproyectos o l铆neas de acci贸n que hayan podido estar expuestos al mismo;

b) Comunicar谩 los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad decisora, o a la entidad ejecutora que le haya encomendado la ejecuci贸n de las actuaciones, en cuyo caso ser谩 茅sta la que se los comunicar谩 a la entidad decisora, quien comunicar谩 el asunto a la Autoridad Responsable, la cual podr谩 solicitar la informaci贸n adicional que considere oportuna de cara a su seguimiento y comunicaci贸n a la Autoridad de Control;

c) Denunciar谩, si fuese el caso, los hechos a las Autoridades P煤blicas competentes, al Servicio Nacional de Coordinaci贸n Antifraude 鈥揝NCA-, para su valoraci贸n y eventual comunicaci贸n a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude;

d) Iniciar谩 una informaci贸n reservada para depurar responsabilidades o incoar un expediente disciplinario;

e) Denunciar谩 los hechos, en su caso, ante el Ministerio Fiscal, cuando fuera procedente.

Al mismo tiempo la Universidad de Sevilla evaluar谩 la incidencia del posible fraude y su calificaci贸n como sist茅mico o puntual y, en todo caso, retirar谩 los proyectos o la parte de los proyectos afectados por el fraude y financiados o a financiar por el MRR.

En Sevilla, a 20 de diciembre de 2021.

ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO SOCIAL DE 21 DE DICIEMBRE DE 2021 POR LA QUE SE APRUEBA LA DECLARACI脫N INSTITUCIONAL SOBRE MEDIDAS ANTIFRAUDE (ACUERDO 3.4/CSUS 21-12-21)

Acuerdo por el que el Pleno del Consejo Social, aprueba por asentimiento la Declaraci贸n Institucional en Materia de Compromiso Antifraude de la Universidad de Sevilla, en los t茅rminos de la documentaci贸n presentada, e informada favorablemente por la Comisi贸n Econ贸mica y Financiera del CSUS, y seg煤n Acuerdo 9.4/CG 20-12-21.

Sevilla, 21 de diciembre de 2021.