Acuerdo 10/CG 18-12-13, por el que se aprueba el  Convenio Tipo-Base de °ä´Ç´Ç±è±ð°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô Educativa para  la realiza³¦¾±Ã³²Ô de Trabajos Fin de Grado y Máster.
núm. 1, de 3 de marzo de 2014
89
—
—
—
—
—
Sica Campo de Gibraltar, S.L.
AGQ Labs & Technological Service S.L.
Centro de BiologÃa Molecular GENETAQ.
Almirall, S.A.
Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Sanea-
miento de Aguas de Sevilla S.A. (EMASESA).
Iberaudit Serplan S.L.P.
Mapfre Familiar, CompañÃa de Seguros y Reasegu-
ros, S.A.
Ayuntamiento D,Eivissa.
Fundus DBA (Hotel Meliá Atlanta).
PC Asesores y Auditores S.L.
Alcántara & Beneit Asociados S.L.
Auditores Inmobiliarios S.L.
Tasso Auditores S.L.P.
— LÃpidos Santita, S.A.
— Asocia³¦¾±Ã³²Ô Juvenil Happy Moments.
— Seopro&²Ô²ú²õ±è;±õ²Ô´Ú´Ç°ù³¾Ã¡³Ù¾±³¦²¹ S.L.U.
— Emagister Servicios de Forma³¦¾±Ã³²Ô S.L.
— Reciclados&²Ô²ú²õ±è;±Ê±ôá²õ³Ù¾±³¦´Ç²õ Serva S.A.
— Explotaciones las Misiones S.L.
— Auren Abogados SVQ, S.L.
— Consultmonte S.L.
—
—
— Jivisma S.L.
—
—
—
—
—
—
—
—
—
—
—
— Medios de Comunica³¦¾±Ã³²Ô de Marchena, S.L.M. (ME-
COMAR).
— Esther&²Ô²ú²õ±è;³¢Ã³±è±ð³ú MartÃn.
— José&²Ô²ú²õ±è;¸é²¹³¾Ã°ù±ð³ú Tirado.
— Bextron Power S.L.
— I+D EnergÃa Solar, S.L
Servicios Empresariales ArquÃmedes S.L.P.
MAF Auditores.
— IberSSIE 2013 S.L.
— El Corte Inglés S.A.
Ruiz Asociados Auditores S.L.
SGS Española de Control S.A.
Limpieza Pública y Protec³¦¾±Ã³²Ô Ambiental Sociedad
Anónima Municipal (LIPASAM).
Hardwork International Trading, S.L.
Cinfersa Asesores, S.L.L.
— Excmo. Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos.
— Colegio&²Ô²ú²õ±è;°¿ï¬�c¾±²¹l de Aparejadores y Arquitectos&²Ô²ú²õ±è;°Õ鳦²Ô¾±-
cos de Huelva.
— Universitá della Calabria (Italia).
— ClÃnica Doctores Piñero.
— SVQ de Vueltas S.C.
— Lola Galeote Cobos. Orienta³¦¾±Ã³²Ô y Aten³¦¾±Ã³²Ô Psico-
±ôó²µ¾±³¦²¹.
— Universidad de Sonora (México).
—
—
—
—
—
—
—
—
Pinto Comunica³¦¾±Ã³²Ô, S.L.
KPMG, S.A.
Hospital Infanta Elena.
Industria de Materiales New Life, S.L.
Meliá Hoteles International S.A. (Hotel Villaitana).
Meliá Hotels International S.A. (Hotel Tryp Ocea-
nic).
Acuerdo 10/CG 18-12-13, por el que se aprueba el
Convenio Tipo-Base de °ä´Ç´Ç±è±ð°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô Educativa para
la realiza³¦¾±Ã³²Ô de Trabajos Fin de Grado y Máster.
—
—
Agencia de Medioambiente y Agua de AndalucÃa.
Funda³¦¾±Ã³²Ô para la Investiga³¦¾±Ã³²Ô del Hospital Univer-
sitario y Politécnico La Fe.
Miguel Fernández Olivero.
Miguel Fernández Olivero.
ATD Auditores Sector Público, S.L.
Universidad de La Punta (Argentina).
SIMPLE CYS S.L.
ARTEA PsicologÃa, PsicologÃa, SexologÃa y Trabajo
Social, S.L.
Acuerdo 10/CG 18-12-13, por el de conformidad con
el artÃculo 13.1.t) del EUS, se conviene, por 25 votos a
favor, 3 en contra y 5 abstenciones, aprobar el Convenio
Tipo-Base de °ä´Ç´Ç±è±ð°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô Educativa para la realiza³¦¾±Ã³²Ô
de Trabajos Fin de Grado y Máster, en los términos del
documento que se anexa, de modo que los Convenios
futuros que sean idénticos a este Convenio Tipo-Base se
entenderán aprobados por el Consejo de Gobierno, dán-
dose de ellos conocimiento al mismo.
—
—
—
—
—
—
ANEXO
CONVENIO TIPO BASE DE COOPERACIÓN EDUCATIVA PARA LA REALIꢀACIÓN DE TRABAJOS FIN DE
GRADO Y M�STER ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y (RAꢀÓN SOCIAL ENTIDAD COLABORADORA)
En Sevilla, a __ de ____________ de 2013
REUNIDOS
De una parte, Don RAMÓN GONZÃ�LEZ CARVAJAL, Vicerrector de Transferencia Tecno±ôó²µ¾±³¦²¹ de la UNIVERSIDAD
DE SEVILLA, en adelante UNIVERSIDAD, en nombre y representa³¦¾±Ã³²Ô de la misma para la ï¬�rma de Convenios Tipo Base
de °ä´Ç´Ç±è±ð°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô Educativa según Resolu³¦¾±Ã³²Ô de 30/10/2012, y con domicilio social en C/ San Fernando nº 4, 41004 Sevilla.
núm. 1, de 3 de marzo de 2014
90
Y de otra parte, Don/Dña. (NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su calidad de (CARGO) de
(
RAZÓN SOCIAL ENTIDAD COLABORADORA), con CIF/NIF nº (CIF/NIF), en adelante ENTIDAD COLABORA-
DORA, en nombre y representa³¦¾±Ã³²Ô de la misma, y con domicilio social en (DOMICILIO SOCIAL).
Intervienen como tales y en la representa³¦¾±Ã³²Ô que ostentan se reconocen entre sà la capacidad legal necesaria para sus-
cribir el presente convenio y
EXPONEN
1
2
. Que es voluntad de las partes colaborar en la forma³¦¾±Ã³²Ô&²Ô²ú²õ±è;ï¬�n²¹±ô de los estudiantes universitarios a&²Ô²ú²õ±è;³Ù°ù²¹±¹Ã©²õ de realiza³¦¾±Ã³²Ô
de sus trabajos �n de grado y �n de máster, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y demostrar los conoci-
mientos adquiridos en su forma³¦¾±Ã³²Ô académica. En el mismo se desarrollará y aplicará los conocimientos, capacida-
des y competencias adquiridos en la titula³¦¾±Ã³²Ô.
. Que el presente convenio tiene como objeto establecer un marco de coopera³¦¾±Ã³²Ô educativa en materia de trabajo ï¬�n
de grado/máster que es una asignatura de carácter obligatorio dentro del Sistema Europeo de Transferencia de Cré-
ditos (ECTS), cumpliendo el artÃculo 12.7 del R.D. 861/2010 por el que se modiï¬�ca el R.D. 1393/2007, en el cual se
establece la ordena³¦¾±Ã³²Ô de las enseñanzas universitarias oï¬�ciales. El trabajo de ï¬�n de grado/máster debe tener entre
6
y 30 créditos, realizarse en la fase ï¬�nal del plan de estudios y estar orientado a la evalua³¦¾±Ã³²Ô de competencias aso-
ciadas al tÃtulo. Además, se encuentra base jurÃdica en el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se
aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario y en la Normativa de Trabajos Fin de Curso de la Universidad de Se-
villa (aprobada en CG 21/12/2009), asà como el Acuerdo único/CU 05/02/2009, por el que se aprueba el Reglamento
General de Actividades Docentes de la Universidad de Sevilla (BOUS nº 2, de 10/02/2009), en el que se regulan las
Enseñanzas Propias de la US, y el Acuerdo 7.1/CG 25/07/07 por el que se aprueba el Reglamento de Enseñanzas Pro-
pias del Centro de Forma³¦¾±Ã³²Ô Permanente.
Por todo ello, deciden suscribir el presente Convenio de °ä´Ç´Ç±è±ð°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô Educativa de acuerdo con las siguientes
CL�USULAS
1
ª. Ã�mbito de aplica³¦¾±Ã³²Ô. El presente convenio será de aplica³¦¾±Ã³²Ô para la realiza³¦¾±Ã³²Ô de trabajos ï¬�n de grado y máster en
la ENTIDAD COLABORADORA por los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por la UNIVERSI-
DAD, en los términos recogidos en la Normativa de Trabajo �n de Curso de la UNIVERSIDAD.
2
ª. Requisitos de la ENTIDAD COLABORADORA. La ENTIDAD COLABORADORA para poder ser tutora de alum-
nos que realicen sus trabajos �n de grado/máster de la UNIVERSIDAD deberá cumplir, al menos, los siguientes requi-
sitos: estar debidamente constituida, no tener abierto un expediente de regula³¦¾±Ã³²Ô de empleo, disponer de los medios
e instalaciones adecuadas para el desarrollo de dichos trabajos y de personal cuali�cado para la supervisión y tutoriza-
³¦¾±Ã³²Ô de los mismos.
Si ï¬�rmado el presente convenio cambiara la situa³¦¾±Ã³²Ô legal de la ENTIDAD COLABORADORA, esta se compro-
mete a informar a la UNIVERSIDAD.
3
ª. Proyecto formativo. El proyecto formativo de los trabajos a realizar por los estudiantes deberá ï¬�jar el tema y tÃtulo
aproximado del trabajo, una breve descrip³¦¾±Ã³²Ô de los objetivos y las actividades a desarrollar y ï¬�gurará en el anexo de
este Convenio en cada una de las modalidades de trabajo. Asà mismo el desarrollo del trabajo se de�nirá de forma que
aseguren la rela³¦¾±Ã³²Ô directa con los contenidos adquiridos en los estudios cursados.
En todo caso, se procurará que el proyecto formativo se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de
oportunidades, no discrimina³¦¾±Ã³²Ô y accesibilidad universal.
4
ª. Modalidades de Trabajos �n de Grado y Fin de Máster. Los Trabajos de esta naturaleza podrán realizarse bajo di-
versas modalidades:
Modalidad 1: Autoriza³¦¾±Ã³²Ô de la empresa para que los alumnos utilicen los datos obtenidos y experiencias adquiridas
durante su periodo de prácticas previa autoriza³¦¾±Ã³²Ô de las entidades colaboradoras.
núm. 1, de 3 de marzo de 2014
91
Modalidad 2: Autoriza³¦¾±Ã³²Ô de la empresa para que los alumnos realicen visitas programadas pero puntuales previstas en
su plan formativo para la realiza³¦¾±Ã³²Ô de dichos trabajos.
Modalidad 3: Autoriza³¦¾±Ã³²Ô de la empresa para que los alumnos realicen dichos trabajos en la sede o instalaciones de la
entidad colaboradora. En este caso, los requisitos deben ser los siguientes:
—
—
—
—
La entidad colaboradora designará un tutor por parte de la empresa para realizar el seguimiento del programa
del trabajo a realizar por el alumno.
El tutor de la entidad colaboradora y el tutor académico de la Universidad deberán colaborar para que el trabajo
llegue a término.
El periodo de estancia del alumno en la entidad colaboradora no podrá ser superior a los dos tercios del resul-
tado de multiplicar por 25 horas el número de créditos asignados a dicho trabajo.
Con carácter general, los derechos de propiedad intelectual e industrial registrables que se puedan derivar de
estos trabajos llevados a cabo por el alumno pertenecerán a la empresa, sin perjuicio de que los alumnos pue-
dan utilizarlos siempre previa conformidad de la institu³¦¾±Ã³²Ô colaboradora. Sin perjuicio de lo anterior, el alumno
podrá negociar otras condiciones a priori con la media³¦¾±Ã³²Ô del Vicerrectorado de Transferencia Tecno±ôó²µ¾±³¦²¹, lo
que quedará recogido en el anexo correspondiente.
En dicho anexo, además, quedará detallada la modalidad a la que se acoge la institu³¦¾±Ã³²Ô colaboradora, el proyecto
docente que seguirá el alumno y las condiciones de su estancia en la entidad colaboradora junto con la fecha de inicio y
ï¬�naliza³¦¾±Ã³²Ô de la estancia del alumno en la empresa.
5
ª. Oferta y demanda. La oferta de este tipo de trabajos estará controlada por los distintos Centros de la Universidad
de Sevilla.
El procedimiento de solicitud, selec³¦¾±Ã³²Ô y adjudica³¦¾±Ã³²Ô de los Trabajos Fin de Grado y Fin de Máster será determinado
por el Centro al que esté adscrita la titula³¦¾±Ã³²Ô en la que esté matriculado el alumno.
6
ª. Adjudica³¦¾±Ã³²Ô. Por cada estudiante seleccionado se suscribirá un anexo al presente convenio, según modelo (Anexo I),
donde se recogerán los datos referentes al estudiante, de la entidad colaboradora, la modalidad de trabajo, los datos identi�-
cadores de sus tutores, la modalidad a la que se acoge el alumno, el proyecto formativo, los datos de permanencia en la insti-
tu³¦¾±Ã³²Ô colaboradora del alumno (lugar, horario, perÃodo de realiza³¦¾±Ã³²Ô, régimen de permisos) y cualquier otro extremo que
se juzgue conveniente.
7
ª. Régimen de asistencias. El régimen de asistencias necesariamente tendrá que incluir la regula³¦¾±Ã³²Ô que permita a los
estudiantes cumplir con su actividad académica, formativa y de representa³¦¾±Ã³²Ô y participa³¦¾±Ã³²Ô, y a conciliar, en el caso
de los estudiantes con discapacidad, la realiza³¦¾±Ã³²Ô de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales de-
rivadas o conectadas con la situa³¦¾±Ã³²Ô de discapacidad, previa comunica³¦¾±Ã³²Ô con antela³¦¾±Ã³²Ô suï¬�ciente a la entidad cola-
boradora.
8
ª. Dura³¦¾±Ã³²Ô y horario. El horario de permanencia del alumno en la entidad colaboradora se establecerá de acuerdo con
las caracterÃsticas de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora, y quedarán reflejados en el Anexo I.
Los horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representa³¦¾±Ã³²Ô y participa³¦¾±Ã³²Ô
desarrollada por el estudiante en la Universidad.
9
ª. Cobertura de seguro. Los estudiantes estarán cubiertos, en caso de accidente, enfermedad o infortunio familiar por
el Seguro Escolar, en los términos y condiciones que establece la legisla³¦¾±Ã³²Ô vigente. En el caso de estudiantes mayores
de 28 años deberán formalizar un seguro de accidente, cuya cuantÃa correrá a su cargo, debiendo aportar una copia del
mismo al Responsable de del Centro previo al inicio de su estancia en la institu³¦¾±Ã³²Ô colaboradora. Además, queda ga-
rantizada la responsabilidad civil de daños a terceros que pueda ocasionar el estudiante en prácticas por la póliza que la
UNIVERSIDAD tiene suscrita a tales efectos.
En el caso de los trabajos realizados en el extranjero, y con independencia de la modalidad, los estudiantes deberán
suscribir por su cuenta un seguro de accidente que incluya la repatria³¦¾±Ã³²Ô y un seguro de responsabilidad civil, debiendo
aportar una copia del mismo al Responsable de prácticas del centro previo al inicio de la práctica.
1
0ª. Naturaleza y jurisdic³¦¾±Ã³²Ô. El presente convenio posee naturaleza administrativa y se regirá en su interpreta³¦¾±Ã³²Ô y
desarrollo por el Ordenamiento JurÃdico Administrativo, con especial sumisión de las partes a la Jurisdic³¦¾±Ã³²Ô Conten-
núm. 1, de 3 de marzo de 2014
92
cioso Administrativa de Sevilla. La suscrip³¦¾±Ã³²Ô del presente convenio no supondrá la adquisi³¦¾±Ã³²Ô de más compromisos
que los estipulados en el mismo.
1
1ª. Vigencia. El presente Convenio tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de su �rma, y se renovará tácita-
mente por perÃodos similares, a no ser que una de las partes notiï¬�que a la otra el deseo de darlo por concluido.
1
2ª. Deroga³¦¾±Ã³²Ô. La ï¬�rma del presente convenio deroga los suscritos con anterioridad, siempre que los mismos se
amparen en el desarrollo del Real Decreto 1497/81, de 19 de junio, modi�cado por el Real Decreto 1845/94, de 9 de
septiembre, de °ä´Ç´Ç±è±ð°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô Educativa.
1
3ª. Protec³¦¾±Ã³²Ô de datos de carácter personal. Todos los afectados por el presente convenio y anexos, devendrán obli-
gados por las disposiciones y exigencias de lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protec³¦¾±Ã³²Ô de Datos
de Carácter Personal y resto de normativa de desarrollo, y a comunicar a la otra lo que sea relevante de su propia polÃtica
de privacidad y el correspondiente documento de seguridad.
De conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los
�rmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado ejem-
plar en el lugar y fecha señalados al principio.
Por la Universidad de Sevillla
Por la entidad colaboradora
Fdo.: (Representante legal)
Fdo.: Ramón González Carvajal
Vicerrector de Transferencia Tecno±ôó²µ¾±³¦²¹
Acuerdo 11/CG 18-12-13, por el que de conformidad
con el artÃculo 13.1.t) del EUS se conviene, por asen-
timiento, aprobar los convenios de colabora³¦¾±Ã³²Ô con
otras Universidades e Instituciones y Personas, públi-
cas y privadas, españolas y extranjeras.
— Club&²Ô²ú²õ±è;±Ê²¹³ÙÃ²Ô Espartinas.
— Colegio&²Ô²ú²õ±è;°¿ï¬�c¾±²¹l de Ingenieros Técnicos AgrÃcolas de
AndalucÃa Occidental.
— Federa³¦¾±Ã³²Ô de Trabajadores de la Enseñanza de la
Unión General de Trabajadores de Sevilla.
—
Radio ECCA Funda³¦¾±Ã³²Ô Canaria.
Acuerdo 11/CG 18-12-13, por el que de conformidad
con el artÃculo 13.1.t) del EUS se conviene, por asenti-
miento, aprobar los convenios de colabora³¦¾±Ã³²Ô con otras
Universidades e Instituciones y Personas, públicas y pri-
vadas, españolas y extranjeras, que a continua³¦¾±Ã³²Ô se re-
lacionan:
— Sociedad Española de OdontologÃa Infantil Inte-
grada (SEOII).
— Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
— Universidad Abdelmalek Essaâdi (Tetuán, Marrue-
cos).
— Colegio&²Ô²ú²õ±è;°¿ï¬�c¾±²¹l de Secretarios, Interventores y Teso-
reros de la Administra³¦¾±Ã³²Ô Local de Sevilla.
— Asocia³¦¾±Ã³²Ô Club Ciclista BTT Los Alcores.
CONVENIOS GENERALES
—
Excma. Diputa³¦¾±Ã³²Ô Provincial de Sevilla.
CONVENIOS DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNI-
VERSIDAD DE SEVILLA Y CADA UNA DE LAS ENTI-
DADES QUE A CONTINUACIÓN SE RELACIONAN:
— Università degli Studi di Brescia (Italia).
— Universidad de Málaga.
— Universidade Federal de Santa MarÃa (Brasil).
—
—
Productora de Eventos Nikita Events (España).
CONVENIOS FIRMADOS POR
RAꢀONES DE URGENCIA
Universidad Católica Cardenal Raúl Silva HenrÃ-
quez.
—
Asocia³¦¾±Ã³²Ô Cultural Colectivo de Inmigrantes Inde-
pendientes.
CONVENIOS DE COLABORACIÓN CELEBRADOS
ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y CADA
UNA DE LAS ENTIDADES QUE A CONTINUACIÓN
SE RELACIONAN:
—
—
—
—
—
ACINEA.
Asocia³¦¾±Ã³²Ô Española de ToxicologÃa.
Excmo. Ayuntamiento de Coripe.
CIEE.
— Universidades de AlmerÃa, Cádiz, Huelva, Jaén, La
Laguna, Málaga y Pablo de Olavide.
Club PatÃn Espartinas.
