De conformidad con las competencias que me confieren el artÃculo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. de 24 de diciembre), y el artÃculo 20.o) del Estatuto de la Universidad de Sevilla,
Este Rectorado, ha resuelto:
1º. Crear al cargo de Vicerrector/a de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y °ä´Ç´Ç±è±ð°ù²¹³¦¾±Ã³²Ô, desempeñando las siguientes funciones:
La gestión de los diversos servicios asistenciales a la comunidad universitaria, en particular, a quienes tengan necesidades especiales; fomento del voluntariado y asociacionismo y diseño y desarrollo de programas especÃficos en estas materias, asà como las competencias relativas a las actividades deportivas. Coordinará las polÃticas en materia de igualdad y de prevención de riesgos laborales. Asume las funciones relativas a la cooperación al desarrollo.
2º. La retribución de este cargo es la contemplada en el artÃculo 2, apartado 3, b) del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de Retribuciones de Catedráticos y Profesores de Universidad.
EL RECTOR,
Miguel �ngel Castro Arroyo.
