Acuerdo 5.1/CG 23-5-17, por el que se aprueba la PolÃtica de ï¬�rma y sello electrónicos y de  ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs.
Núm. 3/2017, de 14 de junio
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 5.1/CG 23-5-17, por el que se aprueba la PolÃtica de ï¬�rma y sello electrónicos y de
³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs.
Acuerdo 5.1/CG 23-5-17, por el que se conviene, por asentimiento, aprobar la PolÃtica de ï¬�rma y sello
electrónicos y de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs, en los términos del documento que se anexa.
ANEXO
POL�TICA DE FIRMA Y SELLO ELECTRÓNICOS Y DE CERTIFICADOS
Ã�²Ô»å¾±ce
1
2
1
. Introducción.
. Propuesta de PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos y de Certiï¬�cados de la Universidad de Sevilla.
. Introducción.
1
. Según la de�nición del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, una PolÃtica de
Firma Electrónica y de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs es el «conjunto de normas de seguridad, de organización,
técnicasylegalesparadeterminarcómosegeneran, severi�canysegestionan�rmaselectrónicas,
incluyendo las caracterÃsticas exigibles a los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de ï¬�rma».
2
. Con carácter general, una polÃtica de ï¬�rma electrónica es un documento legal que contiene
una serie de normas relativas a la �rma electrónica, organizadas alrededor de los conceptos
de generación y validación de ï¬�rma, en un contexto particular (contractual, jurÃdico, legal),
de�niendo las reglas y obligaciones de todos los actores involucrados en el proceso. El objetivo
es determinar la validez de la �rma electrónica para una transacción en particular, especi�cando
la información que debe incluir la persona �rmante en el proceso de generación de la �rma y la
información que se debe comprobar en el proceso de validación de la misma.
3
. El artÃculo 18 del citado Real decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Interoperabilidad, establece que las administraciones públicas aprobarán y
publicarán una PolÃtica de Firma Electrónica y de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs partiendo de la norma técnica
establecida a tal efecto en la disposición adicional primera. En particular, la Norma Técnica
de Interoperabilidad de PolÃtica de Firma Electrónica y de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de la Administración se
aprobó mediante Resolución de 19 de julio de 2011 de la SecretarÃa de Estado para la Función
Pública.
4
5
. En desarrollo de dicha norma, con fecha 30 de mayo de 2012, la Comisión Permanente del
Consejo Superior de Administración Electrónica aprobó la versión 1.9 de la PolÃtica de Firma
Electrónica y de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs (OID 2.16.724.1.3.1.1.2.1.9).
. Posteriormente, el BoletÃn Oï¬�cial del Estado número 299, de 13 de diciembre, recogió la
Resolución de 29 de noviembre de 2012, de la SecretarÃa de Estado de Administraciones
±Êú²ú±ô¾±³¦²¹²õ, por la que se publica el Acuerdo de aprobación de la PolÃtica de Firma Electrónica y
de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de la Administración General del Estado y se anuncia su publicación en la sede
correspondiente.
5
37
Núm. 3/2017, de 14 de junio
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
6
7
. Por Resolución de 27 de octubre de 2016 de la SecretarÃa de Estado para la Función Pública ha
sido aprobada la Norma Técnica de Interoperabilidad de PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos
y de Certi�cados de la Administración General del Estado, que entiende que la de�nición de
polÃtica de ï¬�rma establecida en el Esquema Nacional de Interoperabilidad es también aplicable
a los sellos electrónicos.
Por otra parte, en su sección II.5 sobre interacción con otras polÃticas, establece que «cada
organización valorará la necesidad y conveniencia de desarrollar una polÃtica propia frente a la
posibilidad de utilizar una polÃtica marco existente». Esta Norma ya cumple con el Reglamento
(
UE) Nº 910/2014 sobre identi�cación electrónica y servicios de con�anza (eIDAS).
. Examinada la PolÃtica de Firma Electrónica y de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de la Administración General
del Estado, se considera que es coherente con el ordenamiento de la Universidad de Sevilla y
plenamente asumible en sus aspectos técnicos, por lo que, con su adopción, la Universidad de
Sevilla pretende dar un paso claro para favorecer la interoperabilidad entre Administraciones
±Êú²ú±ô¾±³¦²¹²õ.
La Universidad de Sevilla tiene en cuenta también las especi�caciones de la Norma Técnica de
Interoperabilidad de PolÃtica de Firma y Sello Electrónico y de Certiï¬�cados de la Administración,
aprobada por Resolución de 27 de octubre de 2016, de la SecretarÃa de Estado de la Función Pública,
que sustituye la anterior Norma técnica de 2011.
1
La adopción de la PolÃtica de Firma Electrónica y Certiï¬�cados de la Administración del Estado
simpliï¬�ca la relación de la Universidad de Sevilla con otras administraciones y da seguridad jurÃdica
a los interesados.
2
. Propuesta de PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos y de Certiï¬�cados de la Universidad de Sevilla
Teniendo en cuenta lo anterior, se propone el siguiente articulado para la PolÃtica de Firma y Sello
Electrónicos y de Certi�cados de la Universidad de Sevilla, acompañada de un anexo para Reglas
particulares de la PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos y de Certiï¬�cados de la Universidad de Sevilla:
Primero. — Aprobación de la PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos y de Certiï¬�cados de la Universidad
de Sevilla.
1
. Aprobar la PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos y de Certiï¬�cados de la Universidad de Sevilla,
adoptando la PolÃtica de ï¬�rma electrónica y de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de la Administración General del
Estado (OID 2.16.724.1.3.1.1.2.1.9).
2
. Aprobar las Reglas particulares de la PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos y de Certiï¬�cados
de la Universidad de Sevilla que podrán ser modi�cadas mediante Resolución Rectoral a
propuesta de la Comisión de Administración Electrónica, salvo aquellos aspectos que puedan
ser actualizables automáticamente. Estos aspectos serán incluidos en anexos incorporados
al presente documento y actualizados, previa aprobación de la Comisión de Administración
Electrónica de la Universidad de Sevilla, por el gestor de la PolÃtica sin necesidad de que sea
sustituido por una nueva versión.
Segundo. — �mbito de aplicación.
La PolÃtica de Firma y Sello electrónicos y de Certiï¬�cados aprobada será de aplicación, en el ámbito
competencial de la Universidad de Sevilla, a los siguientes casos:
1
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/dms/sedePAG/documentos/politica_de_�rma_anexo_1.pdf
5
38
Núm. 3/2017, de 14 de junio
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
a. Las relaciones electrónicas entre la Universidad de Sevilla y los ciudadanos (miembros o no de
la Comunidad Universitaria) y proveedores, en todos los servicios y procedimientos puestos a
su disposición en la sede electrónica, siempre que sea obligada o se permita la �rma electrónica
con ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç digital.
b. Las relaciones&²Ô²ú²õ±è;±ð±ô±ð³¦³Ù°ùó²Ô¾±³¦²¹²õ entre las distintas unidades y empleados de la Universidad de Sevilla,
siempre que sea obligada o se permita la ï¬�rma electrónica con ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç digital.
c. Las relaciones electrónicas de la Universidad de Sevilla con el resto de Administraciones y
entidades públicas y privadas.
Tercero. — Identiï¬�cador del gestor de la PolÃtica.
Nombre del gestor
Dirección de contacto
Identi�cador del gestor
VicerrectoradodeDesarrolloDigitalyEvaluación
Rectorado, C/San Fernando s/n
U01700190
1
1
Código extraÃdo del Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oï¬�cinas (DIR3).
Cuarto. — Atribuciones del gestor de la PolÃtica.
1
2
. Adoptará las medidas y dictará las instrucciones necesarias para el desarrollo, ejecución y
aplicación de la PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos y de Certiï¬�cados de la Universidad de
Sevilla.
. Será responsable del mantenimiento, actualización y publicación electrónica de la PolÃtica de
Firma y Sello Electrónicos y de Certi�cados de la Universidad de Sevilla.
Quinto. — Adaptación de los sistemas existentes.
Los sistemas de información existentes que requieran adaptaciones especÃï¬�cas dispondrán de un plazo
de 18 meses para efectuarlas y dar cumplimiento a lo dispuesto en esta resolución.
Sexto. — Efectos
La presente PolÃtica de Firma y Sello electrónicos y de Certiï¬�cados surtirá efectos a partir del dÃa
siguiente de su publicación en el BoletÃn Oï¬�cial de la Universidad de Sevilla y será válida mientras no
sea sustituida o derogada por otra polÃtica.
Séptimo. — Cita en género femenino de los preceptos de esta PolÃtica
La referencia a personas, colectivos o cargos académicos, ï¬�guran en la presente PolÃtica en género
masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos
correspondientes en género femenino.
Anexo: Reglas particulares de la PolÃtica de Firma y Sello Electrónicos y de Certiï¬�cados de la
Universidad de Sevilla.
Ã�²Ô»å¾±ce
1
2
3
4
5
. Formatos admitidos.
. Algoritmo de �rma.
. Certi�cados admitidos.
. Tipos de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs.
. Certi�cados de empleado público.
5
39
Núm. 3/2017, de 14 de junio
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
6
7
8
9
1
1
. Certiï¬�cado de persona fÃsica representante de persona jurÃdica.
. Certi�cados de sede.
. Certi�cados de sello electrónico.
. Sellos de tiempo.
0. Condiciones para salvaguardar la validez de las �rmas.
. Formatos admitidos.
La Universidad de Sevilla empleará los formatos admitidos en la PolÃtica de ï¬�rma y sello electrónicos
y de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de la Administración general del Estado según los siguientes criterios:
a. El uso preferente de la �rma electr ónica con formato XAdES-T para todos los documentos
generadosporactuacionesadministrativasautomatizadasyparatodoslosdocumentosgenerados
por el personal de la administración, salvo restricciones de formato o por la utilización de otros
estándares de interoperabilidad ya establecidos.
b. El uso obligatorio del formato PDF con&²Ô²ú²õ±è;ï¬�r³¾a&²Ô²ú²õ±è;±ð±ô±ð³¦³Ù°ùó²Ô¾±³¦²¹ PAdES para todos los documentos que
tengan como destinatarios a ciudadanos u otras administraciones públicas.
c. El uso del formato CAdES solo en aquellos supuestos en los que aspectos relacionados con el
volumen de los �cheros o el rendimiento de los sistemas que los gestionan desaconsejen el uso
de los formatos PAdES y XAdES.
2
. Algoritmo de �rma.
Respecto a la recomendación establecida en el apartado 3.6 «Reglas de uso algoritmos» de la polÃtica
de la Administración General del Estado, la Universidad de Sevilla determina que para la creación
de la ï¬�rma electrónica se utilizará el algoritmo de ï¬�rma RSA/SHA2, con un hash mÃnimo de 256 bits
(
RSA/SHA2-256 o RSA/SHA2-512). En el caso de documentos de archivo y custodia se deberá utilizar
el algoritmo de ï¬�rma RSA/SHA2, con un hash mÃnimo de 512 bits (RSA/SHA2â€�512).
3
. Sistemas admitidos para la identi�cación y �rma.
En general se admitirán los sistemas basados en ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs electrónicos reconocidos o cualiï¬�cados
de �rma electrónica y de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en "la lista de con�anza
de prestadores de servicios de certi�cación".
La Universidad de Sevilla, en aplicación del principio de proporcionalidad, podrá habilitar sistemas
de identiï¬�cación y ï¬�rma no basados en el uso de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs electrónicos reconocidos o cualiï¬�cados
para aquellos trámites administrativos en los que en función de los datos e intereses afectados asà se
establezcan. En el caso de habilitarse como sistema de �rma éste deberá permitir la acreditación de la
autenticidad de la expresión de la voluntad y consentimiento de los interesados.
Con el �n de garantizar la interoperabilidad asà como para asegurar la integridad, inalterabilidad y el
no repudio de los documentos �rmados, la US podrá superponer un sello electrónico basado en un
³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç electrónico reconocido o cualiï¬�cado.
La Universidad de Sevilla podrá determinar si admite sólo alguno de estos sistemas para realizar
determinados trámites.
4
. Tipos de certi�cados.
Se deï¬�nen las instrucciones de uso general de las distintas tipologÃas de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs, en uso de la
facultad otorgada a la Universidad de Sevilla dentro de su ámbito de competencias.
5
40
Núm. 3/2017, de 14 de junio
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Partiendo del documento "Plataforma @Firma. Cambios asociados al reglamento eIDAS" disponible
en el Portal de Administración Electrónica (PAE), serán admitidos todos los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs relacionados
en el documento a excepción de los clasi�cados en el punto 2 (No reconocidos) y que pueden incluir
³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de persona fÃsica, de componente y SSL. Igualmente, los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs clasiï¬�cados a extinguir
se seguirán manteniendo hasta su caducidad o revocación.
Los sistemas de información y servicios electrónicos de la Universidad de Sevilla deberán aceptar y
adaptarse a los nuevos tipos de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs, ya que es posible que reciban ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs con las nuevas
clasi�caciones. Dicha adaptación deberá ser valorada por la Comisión de Administración Electrónica
y su aplicación se ajustará a la normativa de aplicación a este anexo.
5
. Certi�cados de empleado público.
Mediante Resolución Rectoral se procedimentará en qué casos se usará este tipo de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs.
Las solicitudes de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de empleado público para la Universidad de Sevilla se gestionarán través
del Vicerrectorado competente en materia de tecnologÃas de la información y las comunicaciones (en
adelante Vicerrectorado TIC), que será el encargado de recibir la solicitud y coordinar la tramitación
con el proveedor del ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç. La solicitud deberá incluir el nombre del titular al que se asigna el
³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç, su cargo, el tipo de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç, los motivos de la petición y el uso previsto.
Las solicitudes se canalizarán a través de los miembros del Consejo de Dirección o Decanatos
correspondientes, siendo los encargados de la solicitud de nuevos ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs, y de la petición de su
renovación o revocación. Estas solicitudes se dirigirán al Vicerrectorado TIC. Esta obligación deberá
tenerse en cuenta especialmente durante los procesos de ceses y nombramientos de cargos vinculados
a las modiï¬�caciones de las estructuras orgánicas, puesto que en los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de este personal ï¬�gura
su cargo.
El Vicerrectorado TIC será responsable del Registro de los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs que adquiera, gestione y
custodie, con el objetivo de controlar de forma exhaustiva su uso.
6
. Certiï¬�cado de persona fÃsica representante de persona jurÃdica.
Mediante Resolución Rectoral se procedimentará en qué casos se usará este tipo de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç. Las
solicitudes de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de persona fÃsica representante de persona jurÃdica se gestionarán a través
del Vicerrectorado competente en materia de tecnologÃas de la información y las comunicaciones, que
será el encargado de recibir la solicitud y coordinar la tramitación con el proveedor del ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç.
La solicitud deberá incluir el nombre de la persona fÃsica a la que se le asigna la representación y los
motivos de la petición. Se llevará un Registro de este tipo de ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs.
7
. Certi�cados de sede.
En la Universidad de Sevilla los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de sede electrónica sólo podrán utilizarse para la
identi�cación de la sede electrónica. De esta forma, queda prohibido su uso para la �rma de contenido
de documentos electrónicos.
Para la correcta identiï¬�cación de la sede electrónica, el ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç deberá hacer referencia al nombre
“s±ð»å±ð.³Ü²õ.±ð²õâ€�
8
. Certi�cados de sello electrónico.
Los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de sello electrónico se utilizarán exclusivamente para la actuación administrativa
automatizada de�nida en la normativa vigente.
5
41
Núm. 3/2017, de 14 de junio
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
La creación de sellos electrónicos se realizará mediante resolución de Secretaria General y se publicará
en la sede electrónica.
El Vicerrectorado TIC será el encargado de gestionar y coordinar la tramitación con el proveedor
del ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç. Los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs se anotarán en un Registro que deberá incluir el Órgano titular del
³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Ç de sello, el nombre de la persona titular del mismo, los motivos de la petición, el uso
previsto y la resolución de creación.
Para nuevas actuaciones de los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs de sello electrónico aprobados, la SecretarÃa General deberá
enviar al Vicerrectorado TIC la aprobación, indicando la actuación especÃï¬�ca que se realizará, sus
principales caracterÃsticas asà como la propuesta de modiï¬�cación de la resolución que afecta al sello.
SecretarÃa General comunicará la necesidad de renovación o revocación de los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs existentes
a Vicerrectorado TIC. A partir de esa comunicación el Vicerrectorado TIC procederá a gestionar con
la entidad ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çra su renovación o revocación.
9
. Sellos de tiempo.
La Universidad de Sevilla deberá según la normativa de aplicación asociar a los documentos
administrativos ï¬�rmados con ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs electrónicos una de las siguientes modalidades de referencia
temporal:
a. "Marca de tiempo" entendiendo como tal la asignación de medios electrónicos de la fecha y, en
su caso, la hora a un documento electrónico. La marca de tiempo será utilizada en todos aquellos
casos en los que las normas reguladoras no establezcan la utilización de un sello de tiempo.
b. "Sello de tiempo", entendiendo por tal la&²Ô²ú²õ±è;²¹²õ¾±²µ²Ô²¹³¦¾±Ã³²Ô por medios&²Ô²ú²õ±è;±ð±ô±ð³¦³Ù°ùó²Ô¾±³¦´Çs de una fecha y hora
a un documento electrónico con la intervención de un prestador de servicios de certi�cación
que asegure la exactitud e integridad de la marca de tiempo del documento.
Para ello en la Universidad de Sevilla se tomará como autoridad de sellado de tiempo (TSA) corporativa,
la plataforma de Sellado de Tiempo TS@ de @�rma (en su versión basada en servicios web) ofrecida
por el actual Ministerio de Hacienda y Administraciones ±Êú²ú±ô¾±³¦²¹²õ y accesible a través de la red SARA.
La utilización de sellos de tiempo prevendrá de la posibilidad de repudio posterior. Los casos en los
que se debe aplicar un sello de tiempo a la actuación administrativa son:
1
2
3
. Cuando lo establezca una norma de rango legal o reglamentaria.
. Cuando asà esté de�nido para el procedimiento administrativo de que se trate.
. Cuando el sistema afectado esté clasi�cado como de nivel alto según el Esquema Nacional de
Seguridad.
1
0. Condiciones para salvaguardar la validez de las �rmas.
Para proteger la �rma electrónica frente a la posible obsolescencia de los algoritmos y poder seguir
asegurando sus caracterÃsticas a lo largo del tiempo, se deberán seguir los siguientes procesos, de
acuerdo con las especi�caciones técnicas para �rmas electrónicas de tipo CAdES, XAdES o PAdES:
•
Las plataformas de �rma electrónica adoptadas en el ámbito de la Universidad de Sevilla deberán
disponer de mecanismos de resellado, para añadir, de forma periódica, un sello de fecha y hora
de archivo utilizando un algoritmo robusto en el momento de ser �rmado.
•
Los sistemas de información deberán contemplar las funcionalidades necesarias para garantizar
la validez en el tiempo de los documentos �rmados por el sistema hasta su archivo. Para ello
se tendrá en cuenta lo establecido en la PolÃtica de Gestión de Documentos Electrónicos y el
5
42
Núm. 3/2017, de 14 de junio
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Esquema Nacional de Interoperabilidad para la transferencia de documentos y expedientes al
Sistema de Información y Gestión de Archivos de la Universidad de Sevilla.
•
•
Se almacenarán los documentos �rmados con los formatos de �rma mencionados en el presente
anexo.
La PolÃtica de Gestión de Documentos Electrónicos de la Universidad de Sevilla establecerá los
criterios de archivo y custodia aplicable a los documentos, con independencia de su formato
electrónico o fÃsico.
•
•
·¡±ô³Ù°ù²¹³Ù²¹³¾¾±±ð²Ô³Ù´Ç»å±ð±ô´Ç²õ»å´Ç³¦³Ü³¾±ð²Ô³Ù´Ç²õ²â²õ³Ü²õï¬�r³¾²¹²õ±è´Ç»å°ùá²Ô²õ±ð°ù²¹³Ü»å¾±³Ù²¹dosenelmarcodelcumplimiento
del Esquema Nacional de Seguridad.
El almacenamiento de los ³¦±ð°ù³Ù¾±ï¬�c²¹»å´Çs y las informaciones de estado se realizará en un depósito
especÃï¬�co en el entorno de gestión de documentos, debidamente relacionados. Se incluirán
metadatos especÃï¬�cos adecuados a la fase de conservación en que se encuentren. Asimismo,
podrán producirse procesos de conversión o migración de formatos de documentos para
preservar su longevidad.
•
Todo documento que salga del entorno seguro de administración de documentos, para que
mantenga su validez jurÃdica en el tiempo, deberá incluir una ï¬�rma electrónica con sellado de
tiempo con carácter de copia auténtica del original.
*
**
5
43
