Resolució²Ô de la Universidad de Sevilla de fecha 26 de enero de 2017 por la que se establecen las  bases para la solicitud de becas para los cursos de extensió²Ô universitaria 2017.
Núm. 6/2017, de 27 de octubre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Relaciones Institucionales
Resolució²Ô de la Universidad de Sevilla de fecha 26 de enero de 2017 por la que se establecen las
bases para la solicitud de becas para los cursos de extensió²Ô universitaria 2017.
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*)
Resolució²Ô de la Universidad de Sevilla de fecha 26 de enero de 2017 por la que se establecen las bases
para la solicitud de becas para los cursos de extensió²Ô universitaria 2017.
De acuerdo con la normativa que rige los Cursos de Extensió²Ô Universitaria de la Universidad de
Sevilla, podrán bene�ciarse de beca hasta el 10% de los alumnos matriculados en cada curso. A tal
efecto, este Rectorado ha resuelto hacer pública la convocatoria de becas para los Cursos de Extensió²Ô
Universitaria, a través del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales, programados por el Centro
de Formació²Ô Permanente de la Universidad de Sevilla cuyo plazo de matrÃcula tenga lugar durante
el año 2017.
La presente convocatoria se&²Ô²ú²õ±è;°ù±ð²µ¾±°ùá por las siguientes bases:
a) CuantÃa de la convocatoria e importe de las becas.
La dotació²Ô económica de la convocatoria asciende a un total de 1.300,00 € que se imputarán a la
orgánica 18.40.17.14, aplicació²Ô presupuestaria 422D.480.99, del presupuesto de gastos vigente del
�rea de Relaciones Institucionales.
El importe de las becas se corresponderá con el precio de matrÃcula del curso para el que se solicita la
beca.
b) Participantes.
Podrán participar en la presente convocatoria y, por tanto, optar a beca en los Cursos de Extensió²Ô
Universitaria, las personas que hayan abonado su matrÃcula en tiempo y forma cuya renta familiar no
exceda, en funció²Ô del número de miembros computables de la familia, de la que a continuació²Ô se
indica, y presenten su solicitud de beca en el plazo previsto para ello en cada curso.
NIVELES DE RENTA M�XIMA ADMITIDOS
Nº DE MIEMBROS COMPUTABLES
Familias de 1 miembro
NIVEL DE RENTA
14.112,00 €
Familias de 2 miembros
Familias de 3 miembros
Familias de 4 miembros
Familias de 5 miembros
Familias de 6 miembros
24.089,00 €
32.697,00 €
38.831,00 €
43.402,00 €
46.853,00 €
(
*) Se hace constar que esta&²Ô²ú²õ±è;¸é±ð²õ´Ç±ô³Ü³¦¾±Ã³²Ô utiliza lenguaje no sexista, de tal forma que las referencias a personas, colectivos o
cargos citados en el texto de esta Convocatoria en género masculino, por economÃa del lenguaje, debe entenderse como
un género gramatical no marcado. Cuando proceda, será igualmente válida la menció²Ô en género femenino.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Relaciones Institucionales
NIVELES DE RENTA M�XIMA ADMITIDOS
Nº DE MIEMBROS COMPUTABLES
Familias de 7 miembros
NIVEL DE RENTA
50.267,00 €
Familias de 8 miembros
53.665,00 €
A partir del octavo miembro se añadirán 3.391 € por miembro computable de la familia.
En los casos en que el solicitante alegue su independencia familiar y económica, cualquiera que sea
su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia, los medios económicos con que
cuenta y la titularidad o el alquiler de su domicilio que, a todos los efectos, será el que el alumno habite
durante el curso escolar. De no justi�car su�cientemente estos extremos, la solicitud será objeto de
»å±ð²Ô±ð²µ²¹³¦¾±Ã³²Ô.
c) Presentació²Ô de solicitudes.
Las personas matriculadas en un Curso de Extensió²Ô Universitaria que reúnan los requisitos de renta
establecidos en el apartado anterior, interesadas en optar a beca, podrán presentar su solicitud por
cualquiera de los procedimientos que a continuació²Ô se detallan:
-
Los solicitantes que posean un certiï¬�cado digital de la FNMT ó DNI electró²Ôico, a través de la
Sede Electró²Ôica de la Universidad de Sevilla, https://sede.us.es, en el apartado “Procedimiento
y Servicios Destacadosâ€� donde encontrarán el procedimiento “Solicitud Becas Cursos Extensió²Ô
Universitaria�.
-
Cumplimentando con exactitud y veracidad el formulario dispuesto al efecto en la página web de
la Universidad de Sevilla, http://www.us.es/estudios/becasyayudas/CulturalesDeportivas, en el
Tabló²Ô Virtual, http://tablonvirtual.us.es o en la »å¾±°ù±ð³¦³¦¾±Ã³²Ô web del Vicerrectorado de Relaciones
Institucionales,http://institucionales.us.es/vrelinstitu/solicitud-de-beca-para-cursos-de-
extension-universitaria.
Cualquiera que fuera la opció²Ô elegida para presentar su solicitud de beca de Cursos de Extensió²Ô
Universitaria, el solicitante deberá presentar, además, la documentació²Ô que se indica a continuació²Ô
en el Registro General de la Universidad de Sevilla (C/ San Fernando, 4) o en el Registro General
Auxiliar en el Pabelló²Ô de Brasil (Avda. de la Palmera, s/n), dentro de los tres dÃas naturales siguientes a
la presentació²Ô de la solicitud, o bien, remitirla en el mismos plazo por correo certiï¬�cado a la siguiente
»å¾±°ù±ð³¦³¦¾±Ã³²Ô:
UNIVERSIDAD DE SEVILLA
�REA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
SERVICIO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
C/ San Fernando, 4
41004 – Sevilla
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
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. Fotocopia del D.N.I.
. Impreso autorizando la consulta de los datos de Renta que �guran en la Agencia Estatal de la
Administració²Ô Tributaria. (ANEXO I)
Con carácter general, el plazo para presentar la solicitud de beca coincidirá con el plazo de inscripció²Ô
en el Curso de Extensió²Ô Universitaria para el que se solicita.
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La falsedad en los datos cumplimentados o la inexactitud de los mismos implica la desestimació²Ô de
la solicitud de beca.
d) Selecció²Ô de becarios.
Para la concesió²Ô de las becas se tendrá en consideració²Ô la menor Renta Familiar, calculada de
acuerdo con lo previsto al efecto en la Resolució²Ô de 11 de agosto de 2016, de los solicitantes que
hayan formalizado completamente su matrÃcula en el curso para el que solicitan beca. En caso de
igualdad de renta tendrán preferencia los estudiantes de la Universidad de Sevilla y dentro de éstos los
de mejor expediente académico.
En el marco de la presente convocatoria no se podrá conceder a un mismo candidato más de una
beca por semestre natural, independientemente de los cursos en los que esté matriculado y su nivel
de renta.
La relació²Ô provisional de becarios de cada curso se hará pública en el apartado becas y ayudas del
portal de la Universidad de Sevilla, http://www.us.es/estudios/becasyayudas/CulturalesDeportivas ,
en el Tabló²Ô Virtual, http://tablonvirtual.us.es o en la »å¾±°ù±ð³¦³¦¾±Ã³²Ô web del Vicerrectorado de Relaciones
Institucionales, http://institucionales.us.es/vrelinstitu, , en el tabló²Ô de anuncios del Servicio de
Extensió²Ô Universitaria y en la&²Ô²ú²õ±è;±èá²µ¾±²Ô²¹ Web del Centro de Formació²Ô Permanente de la Universidad de
Sevilla, dentro de los 15 dÃas naturales siguientes a la ï¬�nalizació²Ô del plazo de presentació²Ô de solicitud
de beca previsto. Contra la misma se podrá reclamar en el plazo máximo de cinco dÃas naturales desde
su publicació²Ô en el tabló²Ô de anuncios de Extensió²Ô Universitaria. Una vez transcurrido dicho plazo,
se hará pública la relació²Ô deï¬�nitiva de becarios en cada curso a través de los mismos medios.
Los candidatos a beca que por la limitació²Ô de plazas ï¬�guren en la lista de espera de un curso, sólo
podrán bene�ciarse de beca cuando obtengan plaza en el curso por renuncia de un titular becario y,
por su menor renta, le asista el derecho a la beca vacante.
e) Abono de becas.
El Abono de becas se hará una vez transcurrido el plazo de reclamació²Ô previsto y practicadas las
comunicaciones individuales oportunas, mediante transferencia del importe correspondiente a la
cuenta bancaria que indique el bene�ciario.
En Sevilla, a 26 de enero de 2017.
EL RECTOR,
(
D.F.) LA VICERRECTORA DE RELACIONES INSTITUCIONALES,
Elena Cano Bazaga.
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