Resolució²Ô de la Universidad de Sevilla de fecha 26 de enero de 2017 por la que se establecen las  bases para la solicitud de becas para los cursos de extensió²Ô universitaria 2017.
Núm. 6/2017, de 27 de octubre  
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES  
I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Relaciones Institucionales  
Resolució²Ô de la Universidad de Sevilla de fecha 26 de enero de 2017 por la que se establecen las  
bases para la solicitud de becas para los cursos de extensió²Ô universitaria 2017.  
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*)  
Resolució²Ô de la Universidad de Sevilla de fecha 26 de enero de 2017 por la que se establecen las bases  
para la solicitud de becas para los cursos de extensió²Ô universitaria 2017.  
De acuerdo con la normativa que rige los Cursos de Extensió²Ô Universitaria de la Universidad de  
Sevilla, podrán beneï¬�ciarse de beca hasta el 10% de los alumnos matriculados en cada curso. A tal  
efecto, este Rectorado ha resuelto hacer pública la convocatoria de becas para los Cursos de Extensió²Ô  
Universitaria, a través del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales, programados por el Centro  
de Formació²Ô Permanente de la Universidad de Sevilla cuyo plazo de matrícula tenga lugar durante  
el año 2017.  
La presente convocatoria se&²Ô²ú²õ±è;°ù±ð²µ¾±°ùá por las siguientes bases:  
a) Cuantía de la convocatoria e importe de las becas.  
La dotació²Ô económica de la convocatoria asciende a un total de 1.300,00 € que se imputarán a la  
orgánica 18.40.17.14, aplicació²Ô presupuestaria 422D.480.99, del presupuesto de gastos vigente del  
Ã�rea de Relaciones Institucionales.  
El importe de las becas se corresponderá con el precio de matrícula del curso para el que se solicita la  
beca.  
b) Participantes.  
Podrán participar en la presente convocatoria y, por tanto, optar a beca en los Cursos de Extensió²Ô  
Universitaria, las personas que hayan abonado su matrícula en tiempo y forma cuya renta familiar no  
exceda, en funció²Ô del número de miembros computables de la familia, de la que a continuació²Ô se  
indica, y presenten su solicitud de beca en el plazo previsto para ello en cada curso.  
NIVELES DE RENTA MÃ�XIMA ADMITIDOS  
Nº DE MIEMBROS COMPUTABLES  
Familias de 1 miembro  
NIVEL DE RENTA  
14.112,00 €  
Familias de 2 miembros  
Familias de 3 miembros  
Familias de 4 miembros  
Familias de 5 miembros  
Familias de 6 miembros  
24.089,00 €  
32.697,00 €  
38.831,00 €  
43.402,00 €  
46.853,00 €  
(
*) Se hace constar que esta&²Ô²ú²õ±è;¸é±ð²õ´Ç±ô³Ü³¦¾±Ã³²Ô utiliza lenguaje no sexista, de tal forma que las referencias a personas, colectivos o  
cargos citados en el texto de esta Convocatoria en género masculino, por economía del lenguaje, debe entenderse como  
un género gramatical no marcado. Cuando proceda, será igualmente válida la menció²Ô en género femenino.  
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NIVELES DE RENTA MÃ�XIMA ADMITIDOS  
Nº DE MIEMBROS COMPUTABLES  
Familias de 7 miembros  
NIVEL DE RENTA  
50.267,00 €  
Familias de 8 miembros  
53.665,00 €  
A partir del octavo miembro se añadirán 3.391 € por miembro computable de la familia.  
En los casos en que el solicitante alegue su independencia familiar y económica, cualquiera que sea  
su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia, los medios económicos con que  
cuenta y la titularidad o el alquiler de su domicilio que, a todos los efectos, será el que el alumno habite  
durante el curso escolar. De no justiï¬�car suï¬�cientemente estos extremos, la solicitud será objeto de  
»å±ð²Ô±ð²µ²¹³¦¾±Ã³²Ô.  
c) Presentació²Ô de solicitudes.  
Las personas matriculadas en un Curso de Extensió²Ô Universitaria que reúnan los requisitos de renta  
establecidos en el apartado anterior, interesadas en optar a beca, podrán presentar su solicitud por  
cualquiera de los procedimientos que a continuació²Ô se detallan:  
-
Los solicitantes que posean un certiï¬�cado digital de la FNMT ó DNI electró²Ôico, a través de la  
Sede Electró²Ôica de la Universidad de Sevilla, https://sede.us.es, en el apartado “Procedimiento  
y Servicios Destacadosâ€� donde encontrarán el procedimiento “Solicitud Becas Cursos Extensió²Ô  
Universitariaâ€�.  
-
Cumplimentando con exactitud y veracidad el formulario dispuesto al efecto en la página web de  
la Universidad de Sevilla, http://www.us.es/estudios/becasyayudas/CulturalesDeportivas, en el  
Tabló²Ô Virtual, http://tablonvirtual.us.es o en la »å¾±°ù±ð³¦³¦¾±Ã³²Ô web del Vicerrectorado de Relaciones  
Institucionales,http://institucionales.us.es/vrelinstitu/solicitud-de-beca-para-cursos-de-  
extension-universitaria.  
Cualquiera que fuera la opció²Ô elegida para presentar su solicitud de beca de Cursos de Extensió²Ô  
Universitaria, el solicitante deberá presentar, además, la documentació²Ô que se indica a continuació²Ô  
en el Registro General de la Universidad de Sevilla (C/ San Fernando, 4) o en el Registro General  
Auxiliar en el Pabelló²Ô de Brasil (Avda. de la Palmera, s/n), dentro de los tres días naturales siguientes a  
la presentació²Ô de la solicitud, o bien, remitirla en el mismos plazo por correo certiï¬�cado a la siguiente  
»å¾±°ù±ð³¦³¦¾±Ã³²Ô:  
UNIVERSIDAD DE SEVILLA  
Ã�REA DE RELACIONES INSTITUCIONALES  
SERVICIO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA  
C/ San Fernando, 4  
41004 – Sevilla  
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:  
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. Fotocopia del D.N.I.  
. Impreso autorizando la consulta de los datos de Renta que ï¬�guran en la Agencia Estatal de la  
Administració²Ô Tributaria. (ANEXO I)  
Con carácter general, el plazo para presentar la solicitud de beca coincidirá con el plazo de inscripció²Ô  
en el Curso de Extensió²Ô Universitaria para el que se solicita.  
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La falsedad en los datos cumplimentados o la inexactitud de los mismos implica la desestimació²Ô de  
la solicitud de beca.  
d) Selecció²Ô de becarios.  
Para la concesió²Ô de las becas se tendrá en consideració²Ô la menor Renta Familiar, calculada de  
acuerdo con lo previsto al efecto en la Resolució²Ô de 11 de agosto de 2016, de los solicitantes que  
hayan formalizado completamente su matrícula en el curso para el que solicitan beca. En caso de  
igualdad de renta tendrán preferencia los estudiantes de la Universidad de Sevilla y dentro de éstos los  
de mejor expediente académico.  
En el marco de la presente convocatoria no se podrá conceder a un mismo candidato más de una  
beca por semestre natural, independientemente de los cursos en los que esté matriculado y su nivel  
de renta.  
La relació²Ô provisional de becarios de cada curso se hará pública en el apartado becas y ayudas del  
portal de la Universidad de Sevilla, http://www.us.es/estudios/becasyayudas/CulturalesDeportivas ,  
en el Tabló²Ô Virtual, http://tablonvirtual.us.es o en la »å¾±°ù±ð³¦³¦¾±Ã³²Ô web del Vicerrectorado de Relaciones  
Institucionales, http://institucionales.us.es/vrelinstitu, , en el tabló²Ô de anuncios del Servicio de  
Extensió²Ô Universitaria y en la&²Ô²ú²õ±è;±èá²µ¾±²Ô²¹ Web del Centro de Formació²Ô Permanente de la Universidad de  
Sevilla, dentro de los 15 días naturales siguientes a la ï¬�nalizació²Ô del plazo de presentació²Ô de solicitud  
de beca previsto. Contra la misma se podrá reclamar en el plazo máximo de cinco días naturales desde  
su publicació²Ô en el tabló²Ô de anuncios de Extensió²Ô Universitaria. Una vez transcurrido dicho plazo,  
se hará pública la relació²Ô deï¬�nitiva de becarios en cada curso a través de los mismos medios.  
Los candidatos a beca que por la limitació²Ô de plazas ï¬�guren en la lista de espera de un curso, sólo  
podrán beneï¬�ciarse de beca cuando obtengan plaza en el curso por renuncia de un titular becario y,  
por su menor renta, le asista el derecho a la beca vacante.  
e) Abono de becas.  
El Abono de becas se hará una vez transcurrido el plazo de reclamació²Ô previsto y practicadas las  
comunicaciones individuales oportunas, mediante transferencia del importe correspondiente a la  
cuenta bancaria que indique el beneï¬�ciario.  
En Sevilla, a 26 de enero de 2017.  
EL RECTOR,  
(
D.F.) LA VICERRECTORA DE RELACIONES INSTITUCIONALES,  
Elena Cano Bazaga.  
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