
La Universidad de Sevilla es referente nacional e internacional en la generación patentes como resultados de la investigación. Estos resultados deben ser protegidos por su posible transferencia a los sectores socio-económicos interesados en su explotación. Dichos resultados de investigación, también pueden generar la creación de nuevas empresas basadas en el uso de tecnologÃas o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora.
Tal y como recoge el último anuario estadÃstico, en 2019 seÌýregistraron 17Ìýpatentes españolas,Ìý25Ìýpatentes internacionales y 8 programas de ordenador.
Una patente es un tÃtulo de propiedad que otorga el Estado sobre las invenciones. Dicho tÃtulo permite impedir a terceros la fabricación, venta o utilización comercial de la invención protegida en el tiempo y el espacio.Ìý
Requisitos para patentar
La concesión de una patente está vinculada al cumplimiento de una serie de requisitos exigidos por Ley según la cual es patentable toda invención nueva, que tenga actividad inventiva y sea susceptible de aplicación industrial (art. 4.1).
Los investigadores deberán dirigirse al y comunicar, antes de cualquier divulgación oral o escrita del resultado, la existencia de una posible invención como consecuencia de su función investigadora, cumplimentando los formularios correspondientes.
Los técnicos del Secretariado estudiarán la patentabilidad del mismo apoyándose en un Informe Tecnológico de Patentabilidad:
El Informe Tecnológico de Patentabilidad servirá como fuente de información para la redacción de la memoria, que estará guiada por el técnico correspondiente.
Una adecuada memoria descriptiva de invención cuya patente se solicitaÌýdebe de caracterizarse por una correcta descripción, entendiendo como tal aquella que contiene toda la información necesaria para comprender correctamente la invención.
El esquema útil para redactar la descripción puede ser:
°Õóٳܱô´Ç de la invención, que será el que aparezca en la instancia de solicitud.
Indicación del sector de aplicación de la Técnica al que se refiere la invención: industria de automóvil, fabricación de textiles...
Indicación del Estado de la Técnica anterior, es decir, qué se conoce y qué aporta de nuevo la invención frente a lo conocido. Es de gran utilidad citar documentos de patente u otras publicaciones que sirvan para reflejar el Estado de la Técnica
Una ±ð³æ±è±ô¾±³¦²¹³¦¾±Ã³²Ô de la invención que permita la comprensión del problema técnico planteado y la solución al mismo, indicándose las ventajas que aporta la invención.
·¡³æ±è±ô¾±³¦²¹³¦¾±Ã³²Ô detallada de los dibujos, si los hubiera y que irán colocados al final del documento en hojas independientes. Este punto en las patentes mecánicas es de gran importancia.Ìý
Una exposición detallada de al menos un modo de realizar la invención, que podrá ilustrarse con ejemplos y referencias a dibujos. Si la invención es un objeto se explicaran sus distintas partes, el uso de cada una, los materiales de que pueden estar fabricadas, sus dimensiones y sobre todo el funcionamiento. Si es un procedimiento se explicarán detalladamente las distintas etapas y se pondrá un ejemplo práctico de su realización.
Presentación de la solicitud, que contendrá una instancia dirigida al director de la , una descripción de la invención, una o varias reivindicaciones, dibujos y un resumen.
La fecha en que estos documentos se presentan se considera la FECHA DE PRESENTACIÓN de la solicitud. Esta es importante ya que marca el inicio del perÃodo de prioridad y marca el perÃodo hasta el que se exige la novedad.
Examen de la solicitud de patente, en dos ámbitos:
ÌýLos pasos necesarios para la obtención de una patente son:Ìý
La búsqueda de los documentos se efectúa tanto en el fondo nacional como en el internacional y se lleva a cabo tanto de forma manual en fondos sistemáticos como de forma mecanizada en bases de datos en distintos soportes. Los documentos más relevantes se citan en el IET, asignándoles una categorÃa según el grado en que afectan a la novedad y a la actividad inventiva.
Este documento será de gran importancia a la hora de negociar con una empresa potencial licenciataria ya que ésta no estará interesada o al menos tendrá mayor poder de negociación si el IET que acompaña a nuestra patente manifiesta una escasa novedad.
La petición del IET debe hacerse por escrito antes de los 15 meses siguientes a la fecha de presentación.
La patente concedida tendrá una duración de 20 años desde la FECHA DE PRESENTACIÓN.
El derecho que otorga una patente es un derecho temporal y territorial.
Los resultados innovadores deben protegerse por la posible transferencia a los sectores productivos interesados en su explotación.
El secreto industrialÌýes la mejor vÃa de explotación en exclusiva, lo cual puede suponer una actitud ventajosa a la hora de negociar condiciones. Sin embargo, es una fórmula que ofrece muchos problemas dado que no impide que cualquiera llegase al mismo resultado y lo explotase libremente, o incluso lo patentara.
En la universidad, como centro público de investigación, no es fácil mantener este tipo de protección, por lo que se acude habitualmente a la protección de la tecnologÃa vÃa patente transfiriéndola posteriormente por un contrato de licencia.
El no sólo se dedica a asesorar, gestionar y tramitar el registro de patentes, sino que consciente de las necesidades de transferir dichas patentes al sector productivo, colabora en la búsqueda de empresas nacionales e internacionales interesadas en la explotación de los resultados protegidos.
Una vez detectada la empresa interesada se actúa de la siguiente manera:
El cedente de la tecnologÃa ha de revelar al adquirente una parte de la misma para que se pueda evaluar si le interesa entrar en negociaciones. Para tal negociación se hace necesario el Compromiso de Confidencialidad, documento por el que se establece la obligación de guardar secreto durante el intercambio de información
Una vez interesadas las partes en la transferencia de la tecnologÃa se procede a la redacción del contrato de licencia y a su firma.
Puesta en explotación la tecnologÃa, se procederá al cobro de regalÃas o el canon que contractualmente se haya determinado.
El reparto de los beneficios generados a partir de la explotación de una tecnologÃa patentada en una universidad, según el artÃculo 20 de la Ley de Patentes, será establecido atendiendo a las caracterÃsticas concretas de cada Entidad.
La Universidad de Sevilla ha regulado dicha distribución en .
A continuación te mostramos todas las patentes que han surgido en el seno de la Universidad de Sevilla.
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