
Las personas que deseen iniciar estudios de Máster Universitario deben reunir alguno de los siguientes requisitos:
Asà mismo, podrá solicitar la admisión condicionada, el estudiantado de las universidades españolas al que a la fecha de finalización del último plazo de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô fijado por la Comisión de Distrito Único Universitario de AndalucÃa (Fase 3), sólo le reste por superar: la acreditación de la competencia lingüÃstica en idioma extranjero requerida, el TFG y un máximo de 9 créditos ECTS para obtener el tÃtulo de grado. Sólo se permitirá la admisión en aquellos tÃtulos que, al final del proceso general de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô, cuenten con plazas vacantes, a fin de garantizar la prioridad de matrÃcula de quienes dispongan del tÃtulo oficial de grado. La matrÃcula se entenderá condicionada hasta la finalización de los estudios de grado, siendo definitiva cuando el estudiante acredite haber abonado los derechos de expedición del tÃtulo de grado. En ningún caso se podrá obtener el tÃtulo de máster con anterioridad al tÃtulo de grado que permite el acceso al máster.
Igualmente, podrá solicitar la admisión en un máster vinculado a un grado en los programas académicos con recorridos sucesivos (P.A.R.S.), el estudiantado al que a la fecha de finalización del último plazo de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô fijado por la Comisión de Distrito Único Universitario de AndalucÃa (Fase 3) sólo le reste para obtener el tÃtulo de grado que forma parte del PARS: la acreditación del nivel de competencia lingüÃstica previsto en la memoria de verificación del tÃtulo de grado y un máximo de 30 créditosÌýECTS incluido el TFG, conforme a las condiciones establecidas en cada Programa Académico. Sólo se permitirá la admisión en aquellos tÃtulos que, al final del proceso general de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô, cuenten con plazas vacantes, a fin de garantizar la prioridad de matrÃcula de quienes dispongan del tÃtulo oficial de grado. En ningún caso se podrá obtener el tÃtulo de máster con anterioridad al tÃtulo de grado que permite el acceso al Máster.
Además de lo anterior, en su caso, deberán cumplir los requisitos especÃficos que requiera cada máster en el que desee ser admitido. Dichos requisitos especÃficos se harán públicos desde el comienzo del plazo de presentación de solicitudes hasta la finalización del mismo, en el siguiente .
La aceptación en un Máster Oficial no implica en ningún caso la homologación del tÃtulo previo ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar una enseñanza de Máster.
En esta fase, sólo podrán solicitar la admisión los estudiantes que acrediten nacionalidad extranjera y que estén en posesión de un tÃtulo extranjero no homologado. Las titulaciones de Máster Universitario ofertados por la Universidad de Sevilla en esta Fase 1, puede consultarse a través del siguiente , cumplimentando los filtros Universidad (Universidad de Sevilla) y Fase (Fase extranjeros).
| FASE EXTRANJEROS | |||
|---|---|---|---|
| Entrega de solicitudes online | 13 a 29 de enero de 2026 | ||
| Fecha lÃmite para haber abonado los derechos de expedición del tÃtulo o equivalente | 29 de enero | ||
| Proceso de evaluación de las solicitudes | Hasta el 13 de febrero | ||
| 1ª adjudicación | |||
| Publicación de listas | 19 de febrero | ||
| Plazo de alegaciones y reclamaciones | 19 a 24 de febrero | ||
| Primer plazo de pago a cuenta, confirmación o reserva | 20 a 24 de febrero | ||
| 2ª adjudicación | |||
| Publicación de listas | 12 de marzo | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 12 a 17 de marzo | ||
| Segundo plazo de pago a cuenta, confirmación o reserva | 13 a 17 de marzo | ||
| 3ª adjudicación | |||
| Publicación de listas | 9 de abril | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 9 a 14 de abril | ||
| Tercer plazo de pago a cuenta | 10 a 14 de abril | ||
Ìý
Esta fase está dirigida a quienes estén en posesión de un tÃtulo universitario, español o extranjero, que les habilite para el acceso a los másteres que solicita.
| ´¡»å³¾¾±²õ¾±Ã³²Ô (Fase 2) | |||
|---|---|---|---|
| Entrega de solicitudes | 17 a 26 de junio 2026 | ||
| Valoración por comisiones académicas | Hasta el 17 de julio | ||
| 1ª adjudicación | |||
| Publicación de listas | 22 de julio | ||
| Plazo de alegaciones y reclamaciones | 22 a 24 de julio | ||
| Primer plazo de matrÃcula, confirmación o reserva | 23 a 27 de julio | ||
| 2ª adjudicación | |||
| Publicación de listas | 14 de septiembre | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 14 a 16 de septiembre | ||
| Segundo plazo de matrÃcula o confirmación | 15 a 17 de septiembre | ||
| 1ª Resulta | |||
| Publicación de listas | 29 de septiembre | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 29 de septiembre a 1 de octubre | ||
| Plazo de matrÃcula, confirmación o reserva | 30 de septiembre a 2 de octubre | ||
| 2ª Resulta | |||
| Publicación de listas | 9 de octubre | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 9 a 13 de octubre | ||
| Plazo de matrÃcula o confirmación | 13 a 15 de octubre | ||
| 3ª Resulta | |||
| Publicación de listas | 20 de octubre | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 20 a 22 de octubre | ||
| Plazo de matrÃcula o confirmación | 21 a 23 de octubre | ||
| 4ª Resulta | |||
| Publicación de listas | 28 de octubre | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 28 a 30 de octubre | ||
| Plazo de matrÃcula o confirmación | 29 de octubre a 3 de noviembre | ||
| Fecha lÃmite de abono tÃtulo | 4 de septiembre | ||
Ìý
La fase 3 del procedimiento está dirigida a quienes estén en posesión de un tÃtulo universitario, español o extranjero, que les habilite para el acceso a los másteres que solicita.
Asà mismo, podrá solicitar la admisión condicionada, el estudiantado de las universidades españolas al que a la fecha de finalización del último plazo de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô fijado por la Comisión de Distrito Único Universitario de AndalucÃa (Fase 3), sólo le reste por superar: la acreditación de la competencia lingüÃstica en idioma extranjero requerida, el TFG y un máximo de 9 créditos ECTS para obtener el tÃtulo de grado.
Igualmente, podrá solicitar la admisión en un máster vinculado a un grado en los programas académicos con recorridos sucesivos (P.A.R.S.), el estudiantado al que a la fecha de finalización del último plazo de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô fijado por la Comisión de Distrito Único Universitario de AndalucÃa (Fase 3) sólo le reste para obtener el tÃtulo de grado que forma parte del PARS: la acreditación del nivel de competencia lingüÃstica previsto en la memoria de verificación del tÃtulo de grado y un máximo de 30 créditos ECTS incluido el TFG, conforme a las condiciones establecidas en cada Programa Académico.
| ´¡»å³¾¾±²õ¾±Ã³²Ô (Fase 3) | |||
|---|---|---|---|
| Entrega de solicitudes | 8 a 15 de septiembre 2026 | ||
| Valoración por comisiones académicas | Hasta el 26 de septiembre | ||
| 1ª adjudicación | |||
| Publicación de listas | 29 de septiembre | ||
| Plazo de alegaciones y reclamaciones | 29 de septiembre a 1 de octubre | ||
| Primer plazo de matrÃcula, confirmación o reserva | 30 de septiembre a 2 de octubre | ||
| 2ª adjudicación (última) | |||
| Publicación de listas | 9 de octubre | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 9 a 13 de octubre | ||
| Último plazo de matrÃcula | 13 a 15 de octubre | ||
| 1ª Resulta | |||
| Publicación de lista | 20 de octubre | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 20 a 22 de octubre | ||
| Plazo de matrÃcula o confirmación de lista | 21 a 23 de octubre | ||
| 2ª Resulta | |||
| Publicación de lista | 28 de octubre | ||
| Plazo de alegaciones o reclamaciones | 28 al 30 de octubre | ||
| Plazo de matrÃcula o confirmación de lista | 29 de octubre a 3 de noviembre | ||
| Fecha lÃmite de abono tÃtulo | 5 de octubre | ||
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Para poder participar en el proceso de admisión se deberá:
Una vez cumplimentada y grabada la solicitud, el sistema informático facilitará una copia de esta como justificación de la presentación (si esta copia no le llega, la solicitud no está correctamente grabada).
Se presenta una sola solicitud, que será única para todas las universidades públicas de AndalucÃa, en donde se relacionarán por orden de preferencia hasta un máximo de seis másteres universitarios ( a estos efectos, los másteres que conduzcan a habilitación para la misma profesión regulada computarán como un único máster con independencia de las universidades o, en su caso, especialidades solicitadas; por ejemplo en el caso del Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas).
Igualmente, las peticiones que se incluyan correspondientes a titulaciones en trámite de verificación o aquellas previstas que se supriman cuando se verifiquen, no serán tenidas en cuenta en dicho cómputo.
No se puede acceder a un “doble másterâ€�, cuando el solicitante haya superado todos los créditos necesarios para la obtención de alguno de los tÃtulos de máster que conforman dicho “doble másterâ€�.
¶Ù´Ç³¦³Ü³¾±ð²Ô³Ù²¹³¦¾±Ã³²Ô
Los solicitantes deben aportar la documentación requerida escaneada (en formato pdf) con su solicitud de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô, a través del siguiente .
TÃtulos españoles
•ÌýÌý ÌýDNI/NIE o en su defecto Pasaporte.
•ÌýÌý ÌýTÃtulo universitario oficial de acceso al Máster o resguardo de haber abonado los derechos de expedición del mismo en la fecha que se indica en el calendario de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô.Ìý
•ÌýÌý ÌýCertificación del expediente académico oficial donde consten las calificaciones obtenidas en las asignaturas necesarias para obtención del tÃtulo alegado para el acceso, según corresponda, la tipologÃa de las asignaturas – básicas, troncales, obligatorias, optativas, libre elección, practicas externas-, la calificación y la duración expresada en créditos, incluido en su caso, el PFC o el TFG. Por último, la carga lectiva total de la titulación que se está cursando y que le permiten la acumulación de créditos que se alega, con indicación expresa de la nota media final de los estudios. En caso de que la certificación no se ajuste a lo requerido se considerará la calificación de 5.
•ÌýÌý ÌýEn su caso, si el tÃtulo que aporta es un tÃtulo de Segundo Ciclo habiendo cursado previamente un Primer Ciclo que no es continuación directa del Segundo Ciclo cursado, deberá aportar también una certificación del expediente académico oficial del citado Primer Ciclo.
TÃtulos extranjeros homologados
•ÌýÌý ÌýDNI/NIE o en su defecto Pasaporte.
•ÌýÌý ÌýCredencial de homologación o declaración de equivalencia de un tÃtulo extranjero expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
•ÌýÌý ÌýAsimismo, y con objeto de poder trasladar la nota media del expediente académico a la correspondiente al sistema español:
Certificación del expediente académico oficial donde consten expresamente las calificaciones y duración -expresada en créditos o en meses- obtenidas en las asignaturas, incluido en su caso, el proyecto o trabajo fin de carrera que le permite el acceso al máster o másteres que solicita, con indicación expresa de la nota media final de los estudios.
Certificado emitido por la universidad u organismo oficial del paÃs de origen donde figure la nota mÃnima para dar por superada una asignatura, asà como la calificación máxima que es posible obtener.
De no presentar el primer documento o el segundo, se considerará la calificación mÃnima aprobatoria. La documentación anterior deberá venir traducida oficialmente al idioma español, en su caso.
•ÌýÌý ÌýDNI/NIE, Certificado de Derecho de Residencia, Tarjeta de Ciudadano Unión Europea, o en su defecto, Pasaporte.
•ÌýÌý ÌýTÃtulo alegado para el acceso o, en su defecto, certificación acreditativa de encontrarse en proceso de expedición, emitida por el órgano competente para dicha expedición en el que conste la fecha de haber abonado los derechos de expedición del mismo en la fecha que se indica en el calendario de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô.
•ÌýÌý ÌýAsimismo, y con objeto de poder trasladar la nota media del expediente académico del interesado a la correspondiente al sistema español:
Certificación del expediente académico oficial donde consten expresamente las calificaciones y duración -expresada en créditos o en meses- obtenidas en las asignaturas, incluido en su caso, el proyecto o trabajo fin de carrera que le permite el acceso al máster o másteres que solicita, con indicación expresa de la nota media final de los estudios.
Certificado emitido por la universidad u organismo oficial del paÃs de origen donde figure la nota mÃnima para dar por superada una asignatura, asà como la calificación máxima que es posible obtener.
De no presentar el primer documento o el segundo, se considerará la calificación mÃnima aprobatoria.
•ÌýÌý ÌýDocumento donde se acredite que el solicitante posee un tÃtulo equivalente al nivel de Grado, emitido por organismo oficial del paÃs de origen, que le faculta en dicho paÃs para cursar estudios de posgrado. Este documento se ajustará, al menos, al contenido de documento que se indica en el . El SET es un documento que contiene esta información.
La documentación anterior deberá venir traducida oficialmente al idioma español, en su caso.
•ÌýÌý ÌýDNI/NIE, Certificado de Derecho de Residencia, Tarjeta de Ciudadano Unión Europea, o en su defecto, Pasaporte.
•ÌýÌý ÌýTÃtulo alegado para el acceso , o la certificación supletoria de éste en el que conste la fecha de haber abonado los derechos de expedición del mismo en la fecha que se indica en el Ìýcalendario de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô.
•ÌýÌý ÌýAsimismo, y con objeto de poder trasladar la nota media del expediente académico del interesado a la correspondiente al sistema español:
Certificación del expediente académico oficial donde consten expresamente las calificaciones y duración -expresada en créditos o en meses- obtenidas en las asignaturas, incluido en su caso, el proyecto o trabajo fin de carrera que le permite el acceso al máster o másteres que solicita, con indicación expresa de la nota media final de los estudios.
Certificado emitido por la universidad u organismo oficial del paÃs de origen donde figure la nota mÃnima para dar por superada una asignatura, asà como la calificación máxima que es posible obtener.
De no presentar el primer documento o el segundo, se considerará la calificación mÃnima aprobatoria.
•ÌýÌý ÌýDocumento donde se acredite que el solicitante posee un tÃtulo equivalente al nivel de Grado, emitido por organismo oficial del paÃs de origen, que le faculta en dicho paÃs para cursar estudios de posgrado. Este documento se ajustará, al menos, al contenido de documento que se indica en el .
La documentación anterior deberá venir traducida oficialmente al idioma español, en su caso.
NOTA COMÚN: En aquellos casos en que se aporte el resguardo del tÃtulo correspondiente, los interesados estarán obligados a aportar el referido tÃtulo con la mayor brevedad posible y en todo caso antes de la finalización del curso en el que hayan sido admitidos.
En todo caso, las reservas y/o confirmaciones deberán ratificarse en cada nueva adjudicación.
El sistema indicará expresamente a la persona interesada cuándo se está en la obligación de hacer matrÃcula, siempre que la documentación presentada y verificada asà lo permita, u optar por la reserva de la plaza asignada. En caso de no hacer efectiva la correspondiente matrÃcula o la reserva en el plazo establecido, la persona solicitante decaerá en su derecho en el proceso de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô en la fase de que se trate, pasando su plaza a la siguiente en la lista de espera.
El alumnado que, figurando en los listados de las últimas adjudicaciones de cada fase, no haya obtenido la plaza de mejor preferencia de la relacionadas en su solicitud, con independencia de realizar la matrÃcula en la plaza asignado, deberá confirmar que desea quedar en lista de espera para cada llamamiento que proceda.
Las solicitudes de acceso recibidas serán atendidas, teniendo en cuenta los requisitos de acceso y los criterios de admisión en el orden de preferencia que para cada máster se haya establecido en la correspondiente memoria de implantación, o en su defecto, por la Comisión Académica correspondiente. En aquellos másteres en los que se haya realizado una oferta de «doble máster» en los que uno de ellos tenga atribuciones profesionales reguladas, los requisitos y criterios especÃficos de admisión serán los establecidos para el máster con dichas atribuciones. Estos requisitos y criterios serán públicos durante cada plazo de presentación de solicitudes de cada fase, al menos, en el siguiente .
En el supuesto de que entre los criterios de prelación se utilice la nota media del expediente académico este se calculará según se establece en el Acuerdo de 3 de febrero de 2016, de la Comisión de Distrito Único Universitario de AndalucÃa, por el que se hace público el procedimiento del cálculo de notas medias de los expedientes universitarios, asà como el de la puntuación a considerar en los créditos obtenidos mediante reconocimiento.
Cuando el tÃtulo que aporta es un tÃtulo de segundo ciclo habiendo cursado previamente un primer ciclo que no es continuación directa del segundo ciclo cursado deberá adjuntarse también el certificado del expediente del citado primer ciclo. En este caso la nota media será la media ponderada de las dos titulaciones.
Las universidades podrán reservar plazas, en los másteres que determinen, para la fase de extranjeros. Las plazas sobrantes de dicha fase se acumularán a las de la fase ordinaria. Asimismo, en la fase extraordinaria se ofertarán las plazas vacantes de la fase ordinaria.
Puede consultar la oferta deÌý²Ñá²õ³Ù±ð°ù±ð²õ Universitarios impartidos en la Universidad de Sevilla en el siguiente enlace.
Puede consultar la oferta de plazas aprobadas en Consejo de Gobierno para el curso 2026-2027 en el siguiente enlace.
En cada máster se reservaÌýun 5% de las plazas ofertadas para quienes justifiquen alguna condición de discapacidad en un grado igual o superior al 33%, que deberán acreditar con la documentación requerida en la aplicación de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô.
Se reservaÌýun 3% de las plazas de cada máster para quienes acrediten la condición de Deportistas de Alto Nivel o de Alto Rendimiento.
En el caso de que sobren plazas reservadas para personas, con discapacidad o Deportistas de Alto Nivel o Alto Rendimiento, se acumularán a la vÃa general en la fase de ±è°ù±ð¾±²Ô²õ³¦°ù¾±±è³¦¾±Ã³²Ô en la que proceda.
Las solicitudes de acceso en régimen de simultaneidad con otros másteres u otros estudios universitarios oficiales serán consideradas al final del proceso general de admisión (tras la fase 3), en el supuesto de que exista plaza vacante en la titulación y centro de que se trate, una vez atendidas la totalidad de las respectivas solicitudes de quienes no desean simultanear los estudios que ahora demandan con otros estudios universitarios.
Lo establecido anteriormente no será de aplicación a quienes accedan a titulaciones ofertadas bajo un mismo código. No podrán acceder a estas últimas quienes estén en posesión, o hayan superado todos los créditos necesarios para la obtención de uno de los tÃtulos que conforman dicha oferta.
Durante los plazos establecidos, se podrá presentar solicitud de revisión o reclamación contra las listas de adjudicación de plazas desde el siguiente .
En ningún caso se atenderán reclamaciones que hayan debido ser presentadas en el plazo correspondiente al de la primera lista de adjudicación de la fase en la que la persona solicitante presentó su solicitud.
Para cualquier consulta relacionada con el procedimiento de admisión en ²Ñá²õ³Ù±ð°ù±ð²õ puede consultarse al , desde donde responderán en un plazo máximo de 48 horas.
Para cuestiones relacionadas con el expediente de admisión, también es posible dirigirse al Ã�rea de Acceso de ´¡»å³¾¾±²õ¾±Ã³²Ô, ubicado en el Pabellón de Brasil, (Paseo de las Delicias, s/n, 41013 Sevilla)
°Õ±ð±ôé´Ú´Ç²Ô´Ç: 954485794Ìý
Correo electrónico: accesomaster@us.es
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